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Wed Jun 09 15:00:00 ART 2021

SE REUNIERON LAS COMISIONES DE ENERGÍA Y COMBUSTIBLES; DE PRESUPUESTO Y HACIENDA; Y DE LEGISLACIÓN GENERAL

SE REUNIERON LAS COMISIONES DE ENERGÍA Y COMBUSTIBLES; DE PRESUPUESTO Y HACIENDA; Y DE LEGISLACIÓN GENERAL
SE REUNIERON LAS COMISIONES DE ENERGÍA Y COMBUSTIBLES; DE PRESUPUESTO Y HACIENDA; Y DE LEGISLACIÓN GENERAL

En el día de la fecha se reunieron de manera conjunta las Comisiones de Energía y Combustibles, y de Presupuesto y Hacienda. En la reunión se debatió el siguiente proyecto de ley: Zona Fría; Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal del año 2021 -Ley 27.591-, modificación del artículo 67, sobre prorrogar por 10 años el Fondo Fiduciario para subsidios de consumos residenciales de Gas previsto en el artículo 75 de la Ley 25.565. El mismo amplía el Fondo Fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas. Con la implementación de la norma, se aplicará un descuento del 50% en el cuadro tarifario a los beneficiarios más vulnerables económicamente, de las zonas incluidas en la tarifa diferencial. De igual manera, el resto de los hogares con tarifa diferencial, percibirán un descuento del 30%. La tarifa diferencial establecida no excluye los beneficios otorgados por otras normas. Luego de un extenso debate en el que los diputados y diputadas pudieron exponer sus posiciones, el proyecto fue dictaminado.

También se llevó a cabo, por videoconferencia, la reunión de la Comisión de Legislación General, para tratar y dictaminar el proyecto de ley venido en revisión por el cual se establece que todas las Sociedades por Acciones Simplificadas -SAS- deberán ser constituidas por emprendedores previamente inscriptos en un Registro Especial a cargo de la SEPYME dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación. Los principales puntos del mismo son los siguientes: se suspende por 180 días corridos la constitución e inscripción de las SAS; la autoridad de control pasará a ser la Inspección General de Justicia de la Nación o los Registros Públicos del interior del país; las SAS inscriptas a la vigencia de esta ley deberán presentar al Registro Público de su domicilio, sus estados contables, situación patrimonial, memoria y estado de resultados, correspondientes a los ejercicios económicos cerrados desde su constitución; se incorpora este modelo societario a la ley de sociedades establecidas en la Ley General de Sociedades -Ley 19.550-; se establecen limitaciones para constituirlas, deberán mantenerse en cualquiera de las categorías de MIPYME en los términos de la -Ley 24.467, Marco Regulatorio de la Pequeña y Mediana Empresa-, y no estar comprendidas dentro de los supuestos del artículo 299 de la Ley 19.550, entre otros. El proyecto fue dictaminado.

Video de la reunión conjunta de las Comisiones de Energía, y Combustibles y de Presupuesto y Hacienda completa Video de la reunión de la Comisión de Legislación General completa