Ley 27.009
Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, por su valor histórico y cultural el inmueble de la Confitería del Molino.
Sancionada: Noviembre 12 de 2014
Promulgada de Hecho: Diciembre 1 de 2014
ARTICULO 4° Créase en el ámbito del Poder Legislativo de la Nación la Comisión Administradora del Edificio del Molino, que oficiará como su órgano de representación, dirección y administración. Dicha comisión estará integrada por:
a) Los Presidentes del Honorable Senado de la Nación y de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación;
b) Los Presidentes y Vicepresidentes de las Comisiones de Educación y Cultura de ambas Cámaras.