PROYECTO DE TP
Expediente 6989-D-2016
Sumario: INCORPORACION EN LOS EJES TEMATICOS VINCULADOS A LA HISTORIA ARGENTINA DE ESCUELAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE LA NACION DE "LA GESTA GÜEMESIANA".
Fecha: 06/10/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Incorpórase en los ejes temáticos vinculados a la historia Argentina de escuelas públicas y privadas de la Nación “La gesta Güemesiana”.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Don Martín Miguel de Güemes fue el supremo defensor de la libertad y la independencia de las provincias argentinas desde mediados de 1816 y hasta su muerte, el 17 de junio de 1821.
Esta afirmación se fundamenta en dos verdades indiscutibles. La primera verdad es la decisión adoptada por el Director Supremo de las Provincias Unidas don Juan Martín de Pueyrredón, tras entrevistarse con Güemes en los Fuertes de Cobos (Salta)) el 15 de junio de 1816, por la que le encomienda a éste la defensa de las provincias Argentinas, poniéndolo a cargo de parte del ejercito del Norte.
La otra verdad es la que sigue: El Gobernador de Salta don Martín Miguel de Güemes defendió las provincias que forman la Nación Argentina, recurriendo a las milicias gauchas salto-jujeñas. Contuvo y rechazó las invasiones españolas desde mediados de 1816 hasta mediados de 1821, muriendo en la contienda. Evitó que los invasores consiguieran su propósito de llegar hasta Buenos Aires, para lo cual puso en pie de guerra a Salta y Jujuy.
Estos argumentos, importantes actos heroicos llevados a cabo y liderados por don Martín Miguel de Güemes con la participación de los Salteños y Jujeños, quienes integraron las milicias gauchas que comandó el mismo. Consta que en 1818 el ejército de Güemes sumaba 6.610 hombres. El 85 % eran milicias gauchas y sólo el 15% tropa de línea.
A mediados de 1820 Martín Miguel de Güemes y los salto-jujeños habían triunfado totalmente en la defensa de las provincias argentinas.
Asimismo, recientemente el Congreso de la Nación ha sancionado la ley 27.258, por la que se incorpora como feriado nacional y día no laborable el día 17 de junio de cada año en conmemoración al paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
Por los motivos expuestos, y las acciones llevadas a cabo por el General Güemes, libertadoras y fundacionales de nuestra nación se solicita la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KOSINER, PABLO FRANCISCO JUAN | SALTA | JUSTICIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |