PROYECTO DE TP
Expediente 6607-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO, SOBRE EL NIVEL DE RENTABILIDAD DE LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS.
Fecha: 26/09/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional que, a través de los organismos que correspondan, informe respecto del nivel de rentabilidad de las empresas distribuidoras de gas, a fin de permitir que los usuarios accedan a la misma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El fallo de la Corte Suprema de Justicia que anuló el ajuste tarifario del gas a usuarios residenciales y pidió que se convoque a audiencia pública, remarcó que para el normal cumplimiento de sus objetivos debe ser precedida de información adecuada, veraz e imparcial de parte del Estado.
La capacidad de acceder a una información con estas características es un elemento fundamental de los derechos de los usuarios, pues ese conocimiento es un presupuesto insoslayable para poder expresarse fundadamente, oír a todos los sectores interesados, deliberar y formar opinión sobre la razonabilidad de las medidas que se adoptaren por parte de las autoridades públicas, intentando superar las asimetrías naturales que existen entre un individuo y el Estado que habrá de fijar la tarifa de los servicios públicos.
Por su parte, el director del Oetec, Federico Bernal, indicó a Télam que “no hay información relativa a los costos del gas en boca de pozo por cuenca, yacimiento y empresa”, y añadió que “lo mismo sucede con los tramos de transporte y distribución”.
“Como se sabe, el precio en boca de pozo constituye un elemento fundamental de la tarifa final, explicando cerca del 80% de ella”, afirmó Bernal.
Además, es la ciudadanía la que paga de su bolsillo no sólo por el servicio prestado sino también, y a través del Estado, por el precio del gas con el que las empresas lo venden a las transportistas y distribuidoras.
Conocer la rentabilidad empresarial es condición sine qua non para, como acertadamente señala la Corte en su fallo, se cumpla con la premisa de que 'el hombre no debe ser objeto de mercado alguno, sino señor de todos éstos, los cuales sólo encuentran sentido y validez si tributan a la realización de los derechos de aquél y del bien común, los servicios públicos energéticos son derechos humanos.
En virtud de lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARRIZO, NILDA MABEL | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
IGON, SANTIAGO NICOLAS | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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