PROYECTO DE TP
Expediente 5219-D-2016
Sumario: SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS - LEY 22431 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 2°, SOBRE DEFINICIONES.
Fecha: 18/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Modifíquese el artículo 2 de la ley 22.431 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°.- A los efectos de la presente ley se entiende por personas con discapacidad aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Firmante | Distrito | Bloque |
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COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO | SAN LUIS | COMPROMISO FEDERAL |
MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
BALBO, ELVA SUSANA | MENDOZA | UNION PRO |
PETRI, LUIS ALFONSO | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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16/11/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |