PROYECTO DE TP
Expediente 5000-D-2016
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA ELEVACION EN NO MENOS DEL 100 % DE LOS MONTOS MAXIMOS DE FACTURACION Y LOS MONTOS DE LOS ALQUILERES DEVENGADOS PARA MONOTRIBUTISTAS.
Fecha: 11/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a los efectos que por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se disponga de una vez la elevación en no menos del 100% de los montos máximos de facturación y los montos de los alquileres devengados establecidos en el régimen tributario simplificado para pequeños contribuyentes (monotributo), de conformidad con las facultades conferidas en el art. 52 de la ley 26.565.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El régimen de Monotributo ha sido la herramienta que permitió al pequeño contribuyente comerciante o profesional cumplir adecuadamente con sus obligaciones impositivas y a su vez contar con cobertura de seguridad social, todo ello mediante un tratamiento simplificado propio de aquellos con ingresos muy inferiores a los emprendimientos empresariales de envergadura. Así el Monotributo ha tenido siempre una doble función: fiscal y social.
Desafortunadamente la constante depreciación monetaria que hemos padecido durante los últimos 12 años, ha afectado severamente al régimen, perjudicando a cientos de miles de contribuyentes que se ven excluidos del mismo y son tratados como grandes empresarios pese a tener pequeños ingresos, ello debido a la desactualización que sufren con la inflación las escalas de facturación establecidas para ser considerado pequeño contribuyente. En efecto, se han llegado a situaciones absurdas impositivamente como considerar que un comercio que paga de alquiler más de $6.000 en promedio por mes, o que vende bienes con precios unitarios superiores a $2.500 no es un pequeño contribuyente y debe ser tratado igual que una empresa con decenas de empleados.
Esta situación ha sido puesta de manifiesto por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que en abril del 2016 informó de una serie de presentaciones y reclamos recibidos de sus matriculados señalando la problemática y expresando la necesidad de actualizar las escalas de facturación para que miles de contribuyentes no sean excluidos injustamente del régimen.
Como es sabido, en la última década solo se han aumentado las escalas una sola vez, en el año 2013, pero esa actualización resultó inferior a la variación que se produjo en el índice previsional, indicador que puso la ley 26.565 para actualizar los parámetros.
Siendo que para materializar los cambios necesarios no hace falta modificar ley alguna ni emitir un decreto, sino que, de conformidad con el art. 52 de la ley 26.565 se pueden realizar mediante una resolución general de la AFIP que actualice las escalas, no hay justificación alguna para demorar la misma, máxime cuando estos cambios fueron parte de las propuestas de campaña que hemos defendido.
En los últimos meses mucho esfuerzo se la ha pedido a la clase media en el entendimiento de corregir los desajustes económicos heredados, por eso resulta imprescindible y de estricta justicia también, llevar adelante medidas que ayuden a desarrollar su actividad a cientos de miles de pequeños comerciantes, profesionales y emprendedores que integran esa gran clase media, que apuestan por un futuro mejor y que merecen el acompañamiento fiscal que les fue largamente demorado, y que esta administración prometió antes de asumir. Dicho acompañamiento, dada la situación económica que debe afrontar la clase media debido a las medidas tomadas, no admite más demora.
Por todo lo expuesto, solicito el apoyo de mis pares a fin de aprobar esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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