PROYECTO DE TP
Expediente 4998-D-2016
Sumario: RESTRICCION DEL USO DE TELEFONIA CELULAR EN AMBITO LABORAL PUBLICO O PRIVADO. REGIMEN.
Fecha: 11/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
El Senado y Cámara de Diputados...
Restricción del uso de Telefonía Celular en ÁmbitoLaboral Público o Privado
Art.1 Mediante la presente ley el Ministerio de Trabajo de la Nación, reglamentara y adecuara las leyes vigentes de normativas laborales para que en los organismos públicos y las empresas privadas se restrinja el uso de telefonía celular de uso personal.-
Art. 2 Mediante normativa emergente del Ministerio de Trabajo de la Nación atribúyase a todos los altos niveles Jerárquicos de organismos públicos y empresas privadas a disponer la restricción (prohibición) del uso de dispositivos celulares para fines particulares o personales, en horarios laborales, a excepción de intervalos de descanso.
Art. 3 Quedan exceptuados de esta reglamentación quienes sean seleccionados por sus superiores como responsables del uso de dispositivos celulares, debido a que los mismos forman parte de sus obligaciones laborales
Art. 4 Esta potestad asignada a los mandos superiores con personal a cargo estará por sobre todos los convenios colectivos de trabajo y afines, firmados en todos los rubros que hacen a la actividad laboral en el ámbito de la República Argentina.
Art. 5 Las áreas, sectores, empresas, u organismos que reglamenten la prohibición del uso de dispositivos celulares, deberán proveer a sus empleados de la suficiente cantidad de líneas de teléfono para recibir o hacer llamados de urgencia.
Art. 6 El incumplimiento de estas disposiciones quedará bajo la órbita y sistema de sanciones de cada organismo y dependencia.
Art. 7 Sobre los celulares de las empresas y/u organismos asignados a sus empleados, estos deben ser usados con la más estricta responsabilidad, tomando en consideración que son herramientas de trabajo, y el incumplimiento de las normas hasta fuera de la empresa (como ser el uso del teléfono celular de la empresa mientras se maneja) amerita las sanciones y castigos conforme en cada caso la reglamentación institucional, sin con ello desmerecer otros fueros que tengan injerencia en los casos particulares.
Art. 8 Las áreas, sectores, empresas u organismos donde se haga uso de la prohibición del uso de celulares, deberán comunicarlo mediante señalización visible, y todo el personal afectado debe darse por enterado mediante firma de reglamentación y sus alcances.
Art. 9 Seguros y responsabilidad sanitaria. En el caso de ser prohibido el uso de telefonía celular, exímase a las empresas ART de afrontar gastos generados por el uso indebido de dispositivos celulares, cuando los empleados fueron notificados fehacientemente.
Art. 10 de Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Tanto en el ámbito público como privado, la mayor productividad, eficacia o competitividad se logra mediante un compromiso muy alto por parte de las personas que en la institución trabajan. Este compromiso implica dedicación, concentración, y bajo nivel de estrés.
Hoy en día la necesidad de híper conexión, según escribió Matthew Wall para la BBC , lleva a un tipo de estrés muy particular. La dependencia del uso de los celulares no es más ni menos que una dependencia más, con todos los limitantes que ello implica.
Según un estudio realizado en el año 2014 en la Ciudad de México DF, los adictos a los celulares llegan a dedicar 649 minutos al día para revisar su teléfono celular . Traducido en horas, esto alcanza a 10.7 hs al día. Esto no solo afecta al rendimiento laboral, sino a toda la sociabilidad que la actividad laboral conlleva, sumergiendo a los grandes usuarios de celulares, en un pozo individualista dañino en todos los sentidos, y afectando la excelencia y eficacia en los resultados laborales finales.
En el ámbito netamente empresarial, los empleados que usan dispositivos celulares en lugar de ejercer sus responsabilidades laborales, generan daños directos e indirectos a las empresas, en particular a las Pymes, por ser más vulnerables en el mercado competitivo. El uso de dispositivos celulares genera pérdidas económicas o financieras, desaprovechamiento de tiempos y recursos, y abren la puerta a la necesidad de instaurar horarios extendidos de trabajo para terminas con las responsabilidades cotidianas. Por su parte el ruido emitido por los aparatos, y las charlas personales también pueden incomodar a otros colegas y afectar su autoestima.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que acompañen este proyecto con su voto afirmativo
Firmante | Distrito | Bloque |
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OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | SALTA SOMOS TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |