PROYECTO DE TP
Expediente 4962-D-2016
Sumario: LACTANCIA MATERNA. PROMOCION Y CONCIENTIZACION PUBLICA - LEY 26873 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 4°, SOBRE LA PRACTICA DE LA LACTANCIA MATERNA EN LUGARES PUBLICOS O PRIVADOS DE ACCESO PUBLICO.
Fecha: 11/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 104
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- Incorporase como inciso v) al artículo 4 de la ley 26873 el siguiente:
“v) Prevenir y sancionar como discriminatorio todo acto que impida, limite, obstaculice o restrinja la práctica de la lactancia materna en lugares públicos o privados de acceso público.”
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Gran indignación ha provocado la noticia difundida por distintos matutinos sobre la difícil situación que le toco vivir a una joven madre que amamantaba a su bebe de 9 meses en una plaza de la localidad de San Isidro, provincia de Buenos Aires.
“Me senté en el mástil, en los bancos que hay ahí y le empecé a dar la teta ahí. Entonces veo que se me quedaron mirando los policías que estaban a unos metros, pero no le di importancia”, relata la joven. Y sigue: “Cuando levanto la vista, tenía a dos policías, chicas de aproximadamente 20-25 años, y una me pide mi documento y el del bebé. La otra me dice que no podía amamantar en la vía pública, que había una ley que lo prohibía”.
“Les pedí que me dijeran cuál era la ley que avalaba eso y por qué me tenía que retirar, o que llamaran a un superior”, contó la madre. “Ellas me decían que no tenían que llamar a nadie, y que me retirara. Me tuve que parar, porque una me agarró del brazo y la otra me decía que me iban a llevar por resistirme a la autoridad. Me tuve que ir con el bebé a upa llorando, el cochecito y la mochila”, añadió.
Lamentablemente este no es un hecho aislado sino que otros tantos se repiten en todo el país. Sin llegar a esos extremos, miradas indiscretas y comentarios inapropiados son algunos ejemplos de actitudes que cohíben y desalientan la lactancia materna en lugares púbicos
Tal como lo recomienda la OMS, la lactancia debe ser “a demanda del bebe”, ante el primer signo de hambre de la criatura, la madre debe alimentarlo antes de que comience a llorar. Por ello la ubicación de la madre y el hijo en ese momento, sea en lugar público o semipúblico, no debería ser impedimento para que se lleve a cabo el acto de amamantar, por el contrario, la tranquilidad de la madre y el lactante es vital para llevarlo a cabo satisfactoriamente.
En el Reino Unido la lactancia en público está protegida por ley desde 2010, y en Estados Unidos, estados como Nueva York y California, poseen una fuerte protección en forma de estatutos y leyes civiles que protegen el derecho de la mujer de amamantar en público. Según estas, las madres pueden accionar legalmente contra todo aquel que atente contra su derecho de amamantar en público.
A nivel nacional la Ley N° 26.873, de Promoción y Concientización Pública sobre la Lactancia Materna, tiene como objetivo su promoción, asistencia y apoyo
Cuando alguien le exige a una madre que se tape los senos, o deje de darle el pecho a su bebe, o se retire fuera de la vista del público, el acto de amamantar está siendo “sexualizado” en vez de ver el acto como algo natural asimilando la situación a una exhibición obscena, o una escena de desnudez explicita. Por supuesto que ello no es así, pero en la mente del que impide o discrimina estos prejuicios están presentes.
Por ello para que en todo aquel que intente o tenga intención de interrumpir o impedir el acto de lactancia en público, no se debe dejar lugar a malos entendidos o interpretaciones dudosas: el acto de amantar es un derecho de la madre y del niño, que no puede ser impedido o violado de ninguna forma.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
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ISA, EVITA NELIDA | SALTA | JUSTICIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |