PROYECTO DE TP
Expediente 4899-D-2016
Sumario: SISTEMA DE IDENTIFICACION DE HUELLAS DIGITALES EN DEPENDENCIAS, COMISARIAS Y VEHICULOS DESTINADOS A LA SEGURIDAD PREVENTIVA DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES. IMPLEMENTACION.
Fecha: 10/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º : El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, implementará en la totalidad de las dependencias, comisarías y vehículos destinados a la seguridad preventiva de las Fuerzas de Seguridad Federales, el sistemas de identificación de huellas digitales.-
Artículo 2º La aplicación de la presente normativa deberá ser complementaria al sistema actual de detección y almacenamiento información delictiva.
Artículo 3º Autorizase al Poder Ejecutivo para adecuar las Partidas Presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la Presente Ley.
Artículo 4º : Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los sistemas biométricos permiten la identificación de personas a través de características físicas individuales, intransferibles e imposibles de adulterar. La característica personal más utilizada para detección de antecedentes es la huella dactilar, ya que tiene la propiedad de ser una de las menos invasivas de las formas actuales disponibles y de que sus periféricos de identificación son los de menor costo.
Estos sistemas están conformados por dos componentes principales: por un lado, un periférico, sobre el cual la persona intervenida deberá apoyar alguno de sus dígitos a los fines de ser reconocido, y por otro lado, una base de datos preexistente que comprueba la información adquirida y reproduce los datos existentes sobre esta persona.
Estas herramientas tecnológicas permiten a las fuerzas de seguridad acelerar procesos que anteriormente precisaban de una gran cantidad de recursos humanos, obligándolos a desatender otras labores. Asimismo esta requisa insume importantes cantidades de tiempo no sólo para los agentes comprometidos con la búsqueda de datos sino también para la persona que se encuentra demorada.
En cuanto a las personas que son identificadas, este mecanismo permite evitar detenciones a los fines de llevar adelante averiguaciones de antecedentes, acción sumamente engorrosa en caso de no existir causas en los presuntos implicados. Estas demoras podrían ser arbitrarias por parte del personal policial, con lo cual la correcta implementación de los sistemas biométricos se vuelve una herramienta fundamental en tanto permite evitar este tipo de situaciones resguardando plenamente la integridad de las personas indagadas.
La utilización e implementación de los sistemas es sumamente sencilla para usuarios no expertos en informática y/o comunicación y no necesita extensas jornadas de capacitación para el personal afectado. Similar facilidad presenta la instalación en dependencias policiales y móviles. Por ende su puesta en marcha resulta rápida y expeditiva.
Sobre esto ya tenemos un antecedente en la Policía de la provincia de Buenos Aires que cuenta con este sistema en un número reducido de unidades móviles.
La medida, además de acelerar la averiguación de antecedentes delictivos de personas detenidas o demoradas, permite identificar a sujetos heridos o fallecidos que ingresan a hospitales o dependencias de salud en carácter de NN, lo cual facilita a las unidades de emergencia el contacto con los familiares de las víctimas.
Así también, esta medida es de sumo auxilio en eventos deportivos o espectáculos de concurrencia masiva ya que su rápida acción facilita los controles sin generar demoras al público concurrente.
Es por estas cuestiones que consideramos que el presente proyecto es de suma importancia para las agencias de seguridad de la provincia.
Por ello consideramos conveniente que el cuerpo de legisladores de la Cámara acompañe con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MIRANDA, PEDRO RUBEN | MENDOZA | JUSTICIALISTA |
SNOPEK, GUILLERMO EUGENIO MARIO | JUJUY | JUSTICIALISTA |
TENTOR, HECTOR OLINDO | JUJUY | JUSTICIALISTA |
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