PROYECTO DE TP
Expediente 4745-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL ESTADO DE IMPLEMENTACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SEXUAL INTEGRAL, LEY 26150.
Fecha: 04/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que a través del Ministerio de Educación de la Nación informe sobre el estado de implementación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, creado por la ley nº 26.150, y en particular sobre:
1. Si el Ministerio de Educación de la Nación ha desarrollado acciones en los diferentes nive-les educativos destinadas a cumplir con los objetivos planteados en el artículo 3 de dicha ley;
2. Si el Ministerio de Educación de la Nación ha firmado convenios y acordado acciones con-juntas con otros ministerios provinciales, asociaciones de la sociedad civil, credos, sindicatos, u otros entes;
3. Si el Ministerio de Educación de la Nación ha impulsado capacitaciones docentes para ga-rantizar el cumplimiento efectivo de dicha ley, y en qué jurisdicción se hicieron, con quienes, y qué resultados obtuvo de las mismas;
4. Si el Ministerio de Educación de la Nación ha realizado seguimientos de la adecuación que cada jurisdicción lleva a cabo de los lineamientos curriculares para la Educación Sexual Integral (según la resolución 49/08 CFE).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 26150 creó el Programa Nacional de Educación Sexual Integral, sancionada el 4 de Octubre de 2006 y promulgada 23 de Octubre de 2006.
El presente pedido de informes tiene como objetivo conocer las estrategias que viene emprendiendo el Ministerio de Educación de la Nación para garantizar el derecho a la educación sexual integral, en los términos considerados en el artículo 1º de dicha ley, a diez años de su sanción.
Realmente fue un hecho político y cultural significativo porque surgió con la incorporación de la Educa-ción Sexual Integral en los lineamientos de la política educativa. Este importante hecho social debería haber llevado a la adopción, por parte del Estado, de una política tendiente a la promoción de una edu-cación para una sexualidad responsable desde una perspectiva de género, incluyendo además aspectos de la diversidad sexual. También dicha ley apunta a la prevención de los problemas de salud, -en parti-cular de la salud sexual y reproductiva-, reconociendo a los estudiantes como sujetos de derecho.
La Ley 26.150, y el Programa Nacional de Educación Sexual Integral que crea, busca garantizar el dere-cho de los/las estudiantes de todo el sistema educativo a recibir "educación sexual integral en los esta-blecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada" de todas las jurisdicciones. El enfoque que encierra esta ley supera las visiones parciales que miraban por separado los aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos, incorporándolos en una perspectiva superadora. Esta norma prevé la incorporación de la complejidad de la temática en los lineamientos curriculares, llevando este enfoque a los distintos niveles del sistema educativo, mediante pautas y propuestas didácticas de acuerdo a la diversidad sociocultural local.
En cumplimiento con el artículo 6° de la Ley 26.150, el Consejo Federal de Educación dictó la Resolu-ción 43 de 2008, donde se establece los Lineamientos Curriculares para la Educación Sexual Integral. Recién a partir esta norma se definieron abordajes específicos -en particular para el nivel secundario- y transversales, es decir, que atraviesan todas las asignaturas de los niveles inicial, primario y primer ciclo del secundario. La formación de los y las educadores/as no está desligada de los propósitos de esta normativa, por lo que está también incorporada en las estrategias de formación docente continua.
Los cuadernos de Educación Sexual Integral específicos para cada nivel fueron elaborados desde el Programa Nacional de ESI, del Ministerio de Educación de la Nación, e incorporan contenidos y pro-puestas para trabajar en el aula. Éstos facilitan la implementación de la Educación Sexual Integral y promuevan procesos de intercambio entre docentes en las escuelas, acompañando así a niños, niñas, adolescentes y jóvenes en su proceso de crecimiento, desarrollo y aprendizaje.
Ahora la realidad nos muestra que la aplicación de esta ley no es homogénea en todo el país. Es preo-cupante que algunas provincias aun no apliquen el Programa Nacional de Educación Sexual Integral o lo hagan de manera heterogénea en relación a los objetivos planteados en la ley y en los lineamientos curriculares. Además entre los contenidos del programa es imprescindible que se garanticen la preven-ción de la violencia hacia las mujeres y de todo tipo de abusos. A su vez, esta ley abarca todos los nive-les educativos, con lo cual no hay que circunscribirlo a los/as jóvenes. Por eso creemos que es necesa-rio contar con información actualizada y pormenorizada para revertir situaciones a donde el Programa no está llegando de manera adecuada y genera desigualdades significativas entre jóvenes de distintas provincias.
Por todo lo expuesto, solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
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Comisión |
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