PROYECTO DE TP
Expediente 3083-D-2018
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA SITUACION DE EMPLEADOS Y JUBILADOS DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DEBIDO A LA SANCION DE LA LEY PROVINCIAL 15008, QUE AFECTA LAS CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES.
Fecha: 18/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su profunda preocupación por la situación de empleados y jubilados del Banco de la Provincia de Buenos Aires debido a la sanción de la Ley 15.008, en detrimento de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y sus efectos sobre el patrimonio del banco bonaerense.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley provincial 15.008, modificatoria del régimen de la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, fue tratada por ambas Cámaras de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires el día 19 de Diciembre de 2017.
En un tratamiento “express”, el proyecto de Ley ingresó en la Legislatura junto con un paquete de leyes enviadas por la Gobernadora María Eugenia Vidal para tratarlas con “urgencia” en sesiones extraordinarias, ingresando con una antelación de 48 hs. antes de su tratamiento, sin discusión o diálogo previo, sin convocar a los afectados ni partes involucradas, alegando que dichas jubilaciones son “de privilegio”, cuando en realidad son legítimos derechos adquiridos de trabajadores y jubilados del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Lejos de constituir un régimen de privilegio, su sistema jubilatorio expresa un modelo previsional que recepta los parámetros más humanitarios y progresistas en la materia. A través del trabajo activo, cada empleado del Banco de la Provincia de Buenos Aires a lo largo de su vida laboral ha efectuado aportes extraordinarios por encima del régimen general, entre el 14% y 21% de sus haberes en concepto jubilatorio, además de ceder el primer sueldo, el primer aumento después de una paritaria y el primer aumento escalafonario, con destino a la caja de jubilaciones. Incluso estando jubilados continúan aportando un 10,82% de lo que cobran para sostener la caja, convirtiendo el mismo en un Régimen Especial, y no de privilegio.
La reforma no sólo extiende la edad para alcanzar el beneficio previsional sin hacer distinción entre trabajadores, sino que avanza sobre derechos adquiridos, como la base de cálculo para la determinación del haber inicial y la actualización de los mismos en detrimento de los beneficiarios. Esto va claramente en contra de los principios de progresividad que rige en la materia previsional.
Además, se eliminan las partidas presupuestarias para paliar el déficit de la Caja, que debe ser garantizado por la Provincia de Buenos Aires, por lo que el déficit de la caja se financiaría con el capital del propio Banco. Es decir: las obligaciones de la presente ley llevarían al Banco de la Provincia de Buenos Aires, la banca pública de todos los vecinos de la provincia, a enfrentar serios problemas financieros.
La cuestión ha llevado a los representantes de los trabajadores bancarios a realizar acciones judiciales tendientes a la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 15.008 ante la Suprema Corte de Justicia la Provincia de Buenos Aires, reclamo que se encuentra pendiente de resolución.
Atento a la importancia política, económica y social del Banco de la Provincia de Buenos Aires, su relación con los municipios y los sectores productivos de la provincia, es necesario visibilizar una situación preocupante que advierten los propios empleados del Banco, sus jubilados y pensionados, como también muchos Concejos Deliberantes de la Provincia, que han manifestado al gobierno provincial su rechazo a la Ley.
Por los motivos expuestos es que solicitamos a nuestros pares nos acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BUCCA, EDUARDO | BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA |
TUNDIS, MIRTA | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA TUNDIS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SELVA (A SUS ANTECEDENTES) |