Vanesa Raquel Siley
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3551-D-2018
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL DESPIDO DE TRABAJADORAS DE LA SUBSECRETARIA DE GENERO DE LA SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 07/06/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 64
Declarar su más enérgico repudio ante el despido de 5 trabajadoras de la línea 144 en la Subsecretaría de Género de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, quienes fueron despedidas por ejercer y defender sus derechos laborales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 22 de mayo 5 trabajadoras de la línea 144 de la Subsecretaría de Género de la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, fueron despedidas por ejercer sus derechos laborales.
Como usted sabe Sr. Presidente, este Congreso Nacional ha sancionado en 2009 la Ley 26.485, de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales. Esta Ley garantiza el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia, e implementa en su artículo 9 una línea telefónica gratuita para todo el país, las 24 horas, los 365 días del año y accesible en forma articulada con las provincias, destinada a dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen.
Además, los derechos de las ciudadanas argentinas también están receptados en nuestro ordenamiento jurídico por la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer.
No es casual, Señor Presidente, que este Congreso Nacional haya sancionado un sistema normativo tan robusto en la materia, el cual es ejemplo de avanzada para la región. La violencia contra las mujeres es un tema de gran preocupación en la Argentina. Por ello, la importancia de generar políticas públicas que permitan prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres no constituye un insumo de mercado que pueda ser ponderado como un ítem en alguna planilla de gastos públicos.
A mediados del año 2016, se pone en funcionamiento en la Provincia de Buenos Aires la Línea 144, a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos, a fin de descentralizar y recibir las llamadas del territorio de la provincia, ya que representan el cincuenta por ciento (50%) de llamadas que ingresan a la Línea 144 Nacional.
La línea 144 de Provincia de Buenos Aires cuenta con la mitad de trabajadoras en comparación con la Línea 144 de Nación. Se trata de 10 operadoras por turno y un máximo de 5 la guardia nocturna. Mientras que en Nación se duplica la cantidad (22 y 10 operadoras respectivamente).
Tal como lo establece el artículo 10, inciso 2 a) de la Ley 26.485, el equipo de atención de la línea 144 está integrado por profesionales de las carreras de Psicología, Abogacía, Sociología, Trabajo Social, Comunicación y Filosofía, y está conformado por operadoras, coordinadoras y equipo de seguimiento capacitadas en perspectiva de género y violencia contra las mujeres.
Sin embargo Señor Presidente, y pese a que la convocatoria al puesto de trabajo fue de profesionales de diferentes carreras, las trabajadoras que constituyen la línea 144 se encuentran precarizadas en materia laboral. No existe reconocimiento remunerado del título, por ejemplo.
Las trabajadoras de la Línea 144 denunciaron la precariedad laboral que están atravesando a través de un comunicado. Salarios por debajo de la línea de pobreza, test de embarazos para ingresar, firmas de declaraciones juradas sobre pertenencias políticas y persecución sindical son algunas de las violencias que sufren quienes trabajan en esta Línea.
Resulta inadmisible Señor Presidente, que el ejercicio de los legítimos derechos pueda sostenerse como argumento para un despido. Los derechos laborales son parte de las garantías constitucionales que el Estado debe proporcionar. El gobierno tiene la obligación de respetar la organización sindical, reconocer y jerarquizar a las trabajadoras del Estado con todos los derechos que atañen a una relación de empleo público como la estabilidad laboral. Lejos de ello, el 80% de las trabajadoras de la línea, son “contratadas” por la empresa Provincia Net, figurando de modo irregular, como “empleadas de comercio”, cuando dicha figura es claramente utilizada en fraude a las leyes que amparan los derechos laborales de las trabajadoras en relación de dependencia y de empleo público con el estado provincial.
Es decir al no ser consideradas empleadas públicas, pese a serlo, no gozan de los derechos que este status confiere (estabilidad laboral, obra social, aportes jubilatorios, etc). Otro grupo de coordinadoras y parte del equipo de seguimiento son trabajadoras de planta transitoria, y otras se encuentran bajo modalidades de contratos autónomos, que tienen una duración de tres meses, con demoras de dos meses para poder cobrar. Es decir, ante igual tarea, el estado se vincula con las trabajadoras, al menos bajo 4 modalidades distintas, encontrándose el 92% en condiciones de precariedad laboral.
La gran mayoría de las demandas que fueron elevadas por las trabajadoras han sido desoídas por la gobernadora Vidal, lo que las llevó a tomar medidas de fuerza mayor, como paros y asambleas. En lugar de resolver el conflicto, o al menos demostrar voluntad de hacerlo, la Gobernadora eligió transferir las llamadas de provincia a nación, generando un claro colapso de las líneas.
Sr. Presidente, un verdadero compromiso para erradicar todas las formas de violencia contra las mujeres, requiere necesariamente reconocer condiciones laborales adecuadas y dignas, jerarquizando la tarea de asesoramiento, asistencia, acompañamiento y seguimiento que realizan las trabajadoras de la línea 144 en nuestra provincia. Lo contrario es incumplir con los deberes del estado en la materia y vulnerar no solo derechos básicos de las propias trabajadoras sino también poner en riesgo a las miles de mujeres que acuden a esta instancia, incluso exponiéndolas al riesgo de ser víctimas de feminicidio por falta de respuesta adecuada del estado.
Como legisladoras y legisladores de la Nación, no podemos quedar sin pronunciarnos ante semejante acción violenta y contraria a los preceptos democráticos y las voluntades populares que representamos.
Por todo lo expuesto, solicito a los y las legisladoras, acompañen con su voto la presente resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORAIRE, MIRTA ALICIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SILEY, VANESA RAQUEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SILEY (A SUS ANTECEDENTES) |