Diputados
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Vanesa Raquel Siley

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1627-D-2019

Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 142 Y 146, SOBRE VALIDEZ PROBATORIA DEL RECIBO DE PAGO Y OTROS COMPROBANTES DE PAGO ESPECIALES, RESPECTIVAMENTE.

Fecha: 09/04/2019

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35

Proyecto
CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 142 Y 146, SOBRE VALIDEZ PROBATORIA DEL RECIBO DE PAGO Y OTROS COMPROBANTES DE PAGO ESPECIALES, RESPECTIVAMENTE.
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º- Modificase el artículo 142 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 142.- Validez probatoria - El recibo de pago, por cualquiera de los conceptos referidos en los artículos 140 y 141 de esta ley, que no reúna alguno de los requisitos consignados, o cuyas menciones no guarden debida correlación con la documentación laboral, previsional, comercial y tributaria, carecerá de eficacia probatoria para acreditar el pago total o parcial, con excepción de lo previsto en el artículo 125."
Artículo 2º- Modificase el artículo 146 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 146.- Recibos y otros comprobantes de pago especiales- A petición de la asociación profesional que corresponda, la autoridad de aplicación, mediante resolución fundada, podrá establecer, en actividades determinadas, requisitos o modalidades que aseguren la validez probatoria de los recibos, la veracidad de sus enunciaciones, la intangibilidad de la remuneración y el más eficaz contralor de su pago.
Los recibos que se establezcan por vía de tales disposiciones, serán de inexcusable utilización para la demostración y acreditación de los pagos."
Artículo 3°.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que aquí presentamos es una reproducción del proyecto 6440-D-17 del Diputado (MC) Héctor Recalde, quien nos dio su autorización para reproducirlo.
El presente proyecto de ley es de necesaria aprobación toda vez que procura evitar el fraude en el pago de las remuneraciones, es decir, en la contraprestación principal del empleador frente a la disposición de la fuerza de trabajo del dependiente en su beneficio.
Como es dable observar mediante la modificación del artículo 142 de la Ley de contrato de Trabajo se establece una consecuencia lógica frente a la indebida instrumentación del pago de los haberes.
En la actualidad, los jueces, frente al incumplimiento por parte del empleador de lo dispuesto por los arts. 140 y 141 de la Ley de Contrato de Trabajo, los cuales establecen los requisitos necesarios del recibo de haberes y el doble ejemplar del mismo, tienen la facultad de evaluar la eficacia probatoria de dichos instrumentos de pago.
A través de la reforma que se propugna, la inobservancia patronal referida acarrea inexorablemente la ineficacia probatoria de los instrumentos de pagos.
Igualmente, se propone la reforma del art. 146 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La modificación puesta a consideración consiste en brindarle una participación activa a la asociación profesional de la actividad que por sus especiales características, requiera de recibos de pagos especiales.
En la actualidad, la facultad de realizar novaciones generales y funcionales en los recibos de haberes de los trabajadores lo detenta exclusivamente la autoridad de aplicación.
Mediante el cambio que procura el presente proyecto de ley, se incorpora en este proceso a la asociación profesional que corresponda a la actividad, quien tendrá la facultad de peticionar la variación necesaria en los recibos de haberes, y sólo en aquél caso la autoridad de aplicación podrá disponer mediante resolución fundada los cambios pertinentes.
En este orden de ideas, es necesario señalar que se agrega como último párrafo la obligación de los empleadores de acatar las resoluciones de la autoridad de aplicación al respecto para que los instrumentos de pago sean eficaces como comprobante válido del mismo.
Por lo expuesto solicito a los señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FURLAN, FRANCISCO ABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SILEY, VANESA RAQUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YASKY, HUGO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CORREA, WALTER BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)