Silvana Micaela Ginocchio
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 7677-D-2018
Sumario: "PROGRAMA NACIONAL DE FOMENTO A LA MUJER EMPRESARIA EN EL SECTOR TURISMO - MEST -". CREACION.
Fecha: 20/12/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
PROGRAMA NACIONAL DE FOMENTO A LA MUJER EMPRESARIA EN EL SECTOR TURISMO
ARTICULO 1.- Créase el Programa Nacional “Mujeres Empresarias en el Sector de Turismo” (MEST) y el Registro Nacional del MEST de mujeres empresarias en el sector turismo.
ARTICULO 2.-El programa está destinado a mujeres emprendedoras y empresarias de la micro, pequeña y mediana empresa, debiendo entenderse por tales quienes tengan o inicien un proyecto de emprendimiento de manera autónoma o asociada, ya sea que se encuentre desarrollado o a desarrollar en centros urbanos o rurales.
ARTICULO 3.- Por “Sector Turismo” se debe entender comprendidos los servicios y actividades vinculadas directa o indirectamente con el turismo, incluidas en el Anexo I de la presente Ley, de las actividades comprendidas conforme a la clasificación internacional uniforme de las actividades turísticas de la Organización Mundial del Turismo de la Ley 25.997, o de la normativa que la reemplace.
ARTCULO 4.- La presente ley tiene como ejes y objetivos generales a cumplir:
a.- Fomentar la cultura emprendedora con perspectiva de género en el sector del turismo y promover la igualdad de oportunidades.
b.-Apoyar y contribuir al desarrollo y crecimiento económico de emprendimientos dirigidos por mujeres en forma autónoma o asociada en centros urbanos y rurales, relacionadas al sector del turismo con políticas públicas concretas.
c.- Propiciar bases para el emprendimiento, desarrollo sostenible y creación de puestos de trabajo de calidad en el sector del Turismo en todo el territorio nacional con perspectiva de género.
d.- Promover y potenciar a las economías regionales a través del fomento de emprendimientos de mujeres.
e.- Potenciar las regiones postergadas del país para un desarrollo equilibrado.
f- Promover e impulsar la iniciativa emprendedora de mujeres con políticas activas.
g.-Facilitar la formación, capacitación e información, la creación de redes, las buenas prácticas y el impulso del comercio electrónico de productos para avanzar hacia la igualdad y la independencia de las mujeres.
h.- Asegurar vías de financiación y micro financiación específicas para la puesta en marcha, consolidación y mantenimiento de actividades e iniciativas empresariales de mujeres.
i.-Fomentar la conciencia sobre el potencial de las nuevas tecnologías e innovaciones, identificando desafíos para que avancen en el sector de la tecnología.
j.- Favorecer el empoderamiento económico y promover la participación de las mujeres para que ejerza un rol protagónico en la vida económica, social, cultural y política de nuestro país.
k- Potenciar la igualdad efectiva y superadora en situaciones que pueden desencadenar discriminación por las dificultades para emprender, como en el caso de mujeres caso de mujeres con discapacidad, de determinada franja etaria, de medios rurales, desocupadas por largos periodos, sin estudios, víctimas de violencia de género, pertenecientes a determinadas étnicas, con problemas de adicciones, mujeres que tienen a su cargo menores o personas dependientes, o en definitiva que sufran discriminación por cualquier otra circunstancia personal o social.
ARTICULO 5.- Será Autoridad de aplicación de la presente Ley aquella que determine el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTICULO 6.- El Programa Nacional “Mujeres Empresarias en el Sector de Turismo” a los fines del cumplimiento de los objetivos establecidos en art.4, tendrá como principales acciones específicas entre otras:
a.- Diseñar y desarrollar talleres y acciones formativas tendientes a la capacitación y orientación necesaria para establecer, dirigir y gestionar micro, pequeños y medianos emprendimientos.
b.- Brindar asesoramiento, apoyo integral, generación y facilitación de información, prestando especial atención a necesidades locales, regionales, sectores emergentes y a la utilización de nuevas tecnologías.
c.- Identificar retos, proyectos empresariales y negocios susceptibles de internacionalizarse, apoyando a las mujeres titulares de emprendimientos.
d.- Establecer herramientas y estrategias necesarias para el cumplimiento de los objetivos del artículo 4.
e.- Poner en marcha una plataforma on‐line del Programa Nacional “Mujeres Empresarias en el Sector de Turismo MEST”.
f.- Organizar espacios de encuentro de emprendedoras que permita establecer contactos, la trasmisión de conocimientos y experiencias.
g.- Llevar un registro de acciones implementadas que permita medir resultados.
ARTICULO 7. - La presente ley se inscribe en el marco constitucional convencional, la Ley Nacional de Turismo 25.997, de la Ley 26.485, y Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU.
ARTICULO 8.- La Autoridad de Aplicación queda facultada para suscribir acuerdos con las provincias y con instituciones públicas o privadas a los fines del cumplimiento del objeto de la presente y fomentar la responsabilidad social empresaria en este propósito.
ARTICULO 9.- Inscripción: para participar en el Programa establecido por la presente ley, las mujeres emprendedoras, deberán inscribirse en el Registro Nacional de MEST debiendo cumplir con las condiciones establecidas en la reglamentación.
ARTICULO 10. - La Autoridad de Aplicación deberá determinar la implementación, y evaluación del programa a través de un observatorio de seguimiento.
ARTICULO 11.- Asignación Presupuestaria: El programa creado en los artículos precedentes tendrá una partida específica, incluida entre las previstas anualmente de la Autoridad de Aplicación en el Presupuesto General de la Administración Nacional.
ARTICULO 12.- El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley en un plazo de noventa (90) días a partir de la fecha de su promulgación, todo lo concerniente al funcionamiento de este programa, bajo los principios de inclusión y igualdad de oportunidades.
ARTICULO 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es necesario promover el emprendimiento de mujeres mediante acciones específicas que favorezcan la iniciativa, capacitándolas para la gestión de la micro, pequeña y mediana empresa y facilitar su inserción, autonomía e igualdad económica, superando estereotipos que la invisibilizan.
Las mujeres siguen siendo objeto de importantes discriminaciones, que violan los principios de igualdad de derechos y el respeto de la dignidad humana, dificultando su efectiva participación en la vida civil, política, económica, social, y cultural.
Para alcanzar la igualdad es preciso reconocer la desigualdad de oportunidades y, a través de medidas de acción positiva, articular políticas públicas que contribuyan a la realización plena e integral de la mujer en armonía con el espíritu y letra de los instrumentos nacionales e internacionales en pro de la defensa de los derechos humanos de las mujeres, abonando la perspectiva de género, y así dar impulso a sus emprendimientos, posibilitando condiciones de igualdad, potenciando su valioso papel y participación en la sociedad.
Es decir, políticas activas que promuevan la participación y emprendimiento de mujeres, que refuercen la igualdad en la formación y capacitación para cerrar brechas y erradicar la discriminación, desigualdad y la violencia.
La Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 25 de septiembre de 2015, impulsa el compromiso de la comunidad internacional para el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas a través de un objetivo específico, -el quinto-, y de forma transversal, en los demás objetivos. Ella destaca que una de las palancas centrales del desarrollo sustentable es incorporar a las mujeres al mismo nivel que los hombres en la economía.
La cuarta conferencia mundial sobre la mujer de Beijín 1995 marco un importante punto de inflexión para la agenda mundial de igualdad de género constituyendo un programa en favor del empoderamiento de la mujer con objetivos específicos estratégicos y medidas para el progreso de mujeres y el logro de la igualdad.
Transitando la segunda década del s. XXI, los datos estadísticos evidencian que existe aún un largo camino para que hombres y mujeres emprendan en la misma medida y que una de las mayores dificultades es acceder a la información, a la tecnología y al crédito formal.
El emprendedurismo se vincula conceptualmente a la acción de emprender, de tomar una iniciativa, de abordar un proyecto o de aportar una innovación. Según la definición de la palabra, hay una decisión y acción explicita de crear oportunidades económicas.
Toda política tendiente a capacitar, y orientar, sin duda alguna, mejora y aumenta las posibilidades de desarrollo, crecimiento y éxito de los emprendimientos y empresas, puesto que para que los proyectos sean efectivos y provechosos deben encontrarse orientados desde su iniciativa y base, resultando relevante la diferencia entre quienes hayan tenido la posibilidad de haberse capacitado e informado o tenido acceso al crédito y quienes no.
Asimismo, cabe desatacar que el emprendedurismo es una importante herramienta de inclusión para las mujeres en las que concurren otros factores adicionales que potencian la ausencia de igualdad real y efectiva y pueden dar situaciones discriminatorias con mayor riesgo de pobreza y exclusión social, como es el caso de mujeres con discapacidad, de determinada franja etaria, desocupadas por largos periodos, sin estudios, víctimas de violencia de género, pertenecientes a determinadas étnicas, con problemas de adicciones, mujeres que tienen a su cargo menores o personas dependientes, o en definitiva que sufran discriminación por cualquier otra circunstancia personal o social.
En el caso de las mujeres que viven en el medio rural merecen un tratamiento diferenciado, debe dárseles prioridad, y apoyo para cerrar brechas y evitar el despoblamiento, promoviendo el desarrollo de sus condiciones socioeconómicas. Un programa destinado a las mujeres emprendedoras del sector turismo es clave para el desarrollo sostenible de los pueblos, de la sociedad en su conjunto y realización de derechos fundamentales.
El futuro de las zonas rurales se relaciona con la creación de más oportunidades para sus integrantes y en especial para las mujeres, puesto que el desarrollo pleno y sostenible de las mujeres rurales como motor de economía rural a través del emprendedurismo, es esenciales para asentar la población, y evitar el envejecimiento poblacional.
Para que existan condiciones de igualdad, la mujer que reside en cualquier lugar del país, que ya es emprendedora o desea emprender necesita contar con asesoramiento, capacitación y acompañamiento en la creación y gestión de empresas sean centros urbanos o rurales, como así también información y acceso a líneas de financiación y micro-financiación para la puesta en marcha y consolidación de actividades, visibilizándola como emprendedora, -puesto que hasta ahora esta actividad es considerada secundaria- en la que se preste especial atención a sectores innovadores emergentes y a la utilización de nuevas tecnologías.
No debe perderse de vista que el emprendedurismo crece a nivel mundial, que es factor de crecimiento y desarrollo económico, creador de oportunidades y de efecto motivador para la comunidad. La mujer que decide emprender es una potencial agente de cambio para el lugar.
¿Por qué el sector turismo?
La industria turística constituye un sector de servicios clave en la economía, es estimulo de desarrollo, generador de empleo, consumo e ingresos que redundan en el bienestar y una mejor calidad de vida para toda población que trabaja en el turismo.
El sector turístico, tiene entonces un papel fundamental en el camino hacia el desarrollo y la sustentabilidad por cuanto implica consumo y producciones sostenibles. Dentro de los Objetivos de Desarrollo sustentable de la Agenda 2030, el objetivo n*12 referencia a la necesidad de dar apoyo a las iniciativas de este ámbito que creen puestos de trabajo, emprendimientos privados, promuevan el trabajo, la cultura y los productos locales, para el desarrollo local, regional, económico y social.
En esta línea es imperioso tomar como objetivo facilitar asistencia técnica y capacitación, identificar proyectos empresariales y negocios susceptibles de internacionalizarse, dar apoyo a las mujeres titulares de estos proyectos, establecer puentes con organizaciones afines, brindar herramientas y estrategias necesarias para que ejerzan un rol protagónico en la vida económica, social y cultural de nuestro país.
El turismo promueve el crecimiento económico inclusivo sostenible y el trabajo decente para todos. De los Objetivos de Desarrollo Sostenible el turismo se relaciona con los objetivos n* 8, 12 y 14, en cuanto garantiza modalidades de consumo y producción sostenibles y el fomento del turismo costero y marítimo.
Además, no puede perderse de vista que los emprendimientos de mujeres en mayor porcentaje se relacionan con la franja de servicios y manufacturas, compatibles con naturales requerimientos para el desarrollo del turismo, y crecimiento sustentable de comunidades y regiones.
La tecnología: nuestra sociedad está atravesada cada vez más por el avance de la tecnología que ha producido y producirá grandes cambios en el modo de vivir, relacionarnos y trabajar. Nadie puede quedar al margen de los beneficios del progreso, de este modo, las oportunidades que brinda la tecnología y la innovación deben estar al alcance de todos y nadie quedar atrás. Es necesario sacar a las mujeres del aislamiento, apoyar la creación de los espacios donde sus ideas, productos y servicios puedan desarrollarse haciendo uso de las herramientas que brinda la tecnología para alcanzar la igualdad de género y empoderamiento.
Para finalizar: El estado tiene un rol estratégico en el impulso, promoción y generación de emprendimientos con perspectivas de género.
Es necesario desarrollar políticas públicas y medidas de acción positiva destinadas a incrementar el número de mujeres emprendedoras, prestando especial atención a mujeres en situaciones desfavorables, al asesoramiento y acompañamiento en el diseño e implementación de proyectos, facilitando el acceso a la financiación y al fomento del emprendimiento en sectores innovadores y de gran potencial.
Como sociedad tenemos que hacer frente al reto de alcanzar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, visibilizar a la mujer emprendedora y empresaria como parte fundamental en el desarrollo sustentable teniendo en cuenta los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada por la Asamblea General de la ONU; y, en particular, las metas vinculadas con el objetivo n* 5, “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas” y eliminar la discriminación por razón de sexo.
El sector del turismo es un importante eje a considerar por representar una las actividades económicas y culturales más importantes con las que puede contar una región para su reactivación en función de las oportunidades, variantes y posibilidades de desarrollo que brinda.
Es fundamental desarrollar acciones acordes a las necesidades, e incorporar criterios y orientaciones en las diferentes políticas sectoriales para impulsar la igualdad de oportunidades. Se requiere políticas públicas concretas, específicas y eficientes para impulsar la iniciativa emprendedora de mujeres para la igualdad social, y equidad por género.
Incorporar la participación de la mujer es esencial para el desarrollo económico, y la cohesión social de los territorios.
Por los fundamentos expuestos, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
ANEXO I
(Anexo de la Ley Nacional de Turismo 25.997)
ACTIVIDADES COMPRENDIDAS CONFORME LA CLASIFICACION INTERNACIONAL UNIFORME DE LAS ACTIVIDADES TURISTICAS DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE TURISMO
1. Actividades directamente vinculadas con el turismo.
1.1. Servicios de alojamiento.
1.1.1. Servicios de alojamiento en camping y/o refugios de montaña.
1.1.2. Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías, cabañas bungalow, aparts y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen restaurante.
1.1.3. Servicios de hospedaje en estancias y albergues juveniles.
1.1.4. Servicios en apartamentos de tiempo compartido.
1.2. Agencias de viajes.
1.2.1. Servicios de empresas de viajes y turismo.
1.2.2. Servicios de agencias de turismo y agencias de pasajes.
1.3 Transporte
1.3.1 Servicios de transporte aerocomercial.
1.3.2 Servicio de alquiler de aeronaves con fines turísticos.
1.3.3 Servicios de excursiones en trenes especiales con fines turísticos.
1.3.4 Servicios de excursiones fluviales con fines turísticos.
1.3.5 Servicios de excursiones marítimas con fines turísticos.
1.3.6 Servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo.
1.3.7 Servicios de alquiler de equipos de transporte terrestre sin operación ni tripulación.
1.4. Servicios profesionales de licenciados en turismo, técnicos en turismo y guías de turismo.
1.5. Otros servicios.
1.5.1. Servicios de centros de esquí.
1.5.2. Servicios de centros de pesca deportiva.
1.5.3. Servicios de centros de turismo salud, turismo termal y/o similares.
1.5.4. Servicios de centros de turismo aventura, ecoturismo o similares.
1.5.5. Servicios de otros centros de actividades vinculadas con el turismo.
1.5.6. Alquiler de bicicletas, motocicletas, equipos de esquí u otros artículos relacionados con el turismo.
1.5.7. Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de parques nacionales.
1.5.8. Servicios de parques de diversiones, parques temáticos, entretenimientos, esparcimiento y ocio.
1.5.9. Servicio de explotación de playas y parques recreativos.
1.5.10. Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos.
1.6. Servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones y/o exposiciones.
1.6.1. Servicio de alquiler y explotación de inmuebles para ferias, congresos y/o convenciones.
1.6.2. Servicios empresariales vinculados con la organización de ferias, congresos y/o convenciones.
1.6.3. Servicios de alquiler de equipamiento para la realización de ferias, congresos y/o convenciones.
2. Actividades indirectamente vinculadas con el turismo.
2.1. Gastronomía.
2.1.1. Servicios de cafés, bares y confiterías.
2.1.2. Servicios de restaurantes y cantinas.
2.1.3. Servicios de salones de baile y discotecas.
2.1.4. Servicios de restaurante y cantina con espectáculo.
2.2. Otros servicios.
2.2.1. Venta al por menor de artículos regionales de talabartería de cuero, plata, alpaca y similares.
2.2.2. Venta al por menor de artículos y artesanías regionales.
2.2.3. Venta de antigüedades.
El presente anexo podrá ser modificado por la autoridad de aplicación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GINOCCHIO, SILVANA MICAELA | CATAMARCA | ELIJO CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |