Diputados
Foto Diputada de la Nación Silvana Micaela Ginocchio

Silvana Micaela Ginocchio

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6689-D-2018

Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 61 Y 101, SOBRE CREACION DE LA COMISION PERMANENTE DE ASESORAMIENTO "CRECIMIENTO ARMONICO DE LA NACION" Y SU COMPETENCIA, RESPECTIVAMENTE.

Fecha: 25/10/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 149

Proyecto
1º. Agregar al artículo 61º del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación la Comisión permanente de asesoramiento “Crecimiento armónico de la Nación".
2º. Agregar el artículo 101º (septies) al Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 101º (septies): Corresponde a la Comisión "Crecimiento armónico de la Nación" entender o dictaminar sobre todo proyecto o asunto vinculado al desarrollo equilibrado de la provincias y regiones -derechos reconocidos en el artículo 75º, inciso18, y 19 de la Constitución Nacional-, todo proyecto o asunto que pueda afectar al desarrollo equilibrado de la provincias y regiones y sus derechos, todo lo concerniente a la promoción y fomento, difusión, planificación, innovación e infraestructura, tecnologías, industrias, medidas de protección, acuerdos y convenios de cooperación, complementación y/o integración, aprovechamiento de recursos, proyectos, estudios e investigaciones, planes, asistencia técnica, así como en cualquier otro de legislación relacionado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Crecimiento armónico significa no sólo participación equitativa en los beneficios, sino además que todas las políticas se dirijan a fortalecer y equilibrar a cada una de las provincias en su individualidad y en su conjunto. Para ello es necesario un trabajo tendiente a atender las desigualdades económicas, sociales, culturales y desequilibrios entre sectores.
Esto implica opciones equivalentes con leyes eficientes y duraderas que signifiquen corrección de desigualdades, creando condiciones para satisfacer necesidades legítimas de las provincias y sirvan a sus diferentes sectores, sean económicos, culturales, educativos, agropecuarios, industriales, de servicios, superando el subdesarrollo, creando prosperidad y generando de empleo.
Transitando el siglo XXI, numerosos instrumentos internacionales configuran un sistema global progresivo de derechos humanos que constituyen un catálogo de derechos, deberes y libertades, respecto de los cuales los Estados Partes de organismos internacionales se comprometieron a adoptar las medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias. En este contexto, se abre paso la conciencia de un desarrollo sostenible y respeto de derechos, con la aspiración de bienestar, igualdad de oportunidades, cerrar brechas, calidad de vida para todos, desarrollo urbano y rural, y compromisos para que nadie quede atrás.
Asimismo, los estados miembros de Naciones Unidas, -Argentina lo es-, adoptaron en 2015 los “Objetivos de Desarrollo Sostenible Agenda 2030”, que buscan avanzar en áreas prioritarias y asegurar un mundo más pacífico, ambientalmente más saludable y con sociedades mejor gobernadas.
Desigualdades: La ausencia de políticas que atendieran al desarrollo armónico del país provocó que el atraso económico condicionara el progreso de muchas regiones, y que la población se distribuyera de forma desigual. Las circunstancias históricas y geográficas fueron determinantes, de una diversidad, subdesarrollo y asimetrías, que deben ser consideradas como parte de la realidad. En esta situación, mucho tuvo que ver el proyecto agrícola-ganadero del país, y la fuerza de la economía e industria con políticas centralistas, que dejaron afuera a varias provincias, para entrar en un camino de postergación, en la que sus habitantes emigraran buscando trabajo y futuro, a la zona aglutinante del puerto, convirtiéndose en una tendencia que se instala a principios del s. XX y persiste a la fecha.
Argentina con una superficie de 2.780.400 Kilómetros cuadrados, con una población de 40.117.096 habitantes según el censo nacional de 2010, tiene una muy baja densidad de población, hoy aproximadamente es de 16 habitantes por Kilómetro cuadrado. Mal distribuida: una aglomeración y concentración en la zona de Ciudad Autónoma –CABA- y Conurbano bonaerense, donde habita aproximadamente el 33% del total de la población.
“La importancia de una nación o provincia puede medirse por la variable demográfica, la más importante, porque indica la capacidad de un territorio para retener la población nativa e incluso para atraer migración externa. Así pues, los censos de población proporcionan una radiografía de las vicisitudes socio-económicas” dice la historiadora catamarqueña Mirta Azurmendi de Blanco, en un trabajo publicado por la junta de estudios históricos de la provincia, sobre la demografía catamarqueña.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en la Argentina presentó la Edición 2017 del Informe Nacional sobre Desarrollo Humano, dedicado esta vez a analizar el panorama del Desarrollo Sostenible en nuestro país, con vistas a los compromisos asumidos al suscribir la Agenda 2030 y los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): surge de este informe de manera ostensible las desigualdades y heterogeneidad puesto que las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe, concentran a más de la mitad de la población argentina, y respecto de la situación en las distintas provincias que componen al país: 19 de las 24 se encuentran por debajo del promedio nacional de sostenibilidad. Lo cual reafirma la importancia de políticas públicas basadas en la evidencia y para ello se requiere de estadísticas, como de más y mejor información.
Nuestra concepción federalista, implica la existencia de diferentes niveles de gobierno con propias potestades. Sin embargo, existe una dependencia, y debilitamiento de muchas de las 24 provincias en su desarrollo y progreso económico, discusión de gastos y recursos, determinando recurrir al Estado Nacional, a pesar de las descentralizaciones perseguidas en distintos terrenos.
La reforma de la Constitución de 1994 introdujo cambios profundos al texto constitucional, que significaron un avance cualitativo colocando a nuestro país en una posición de vanguardia dentro de los sistemas constitucionales comparados, redefiniendo el rol del estado y generando un ámbito adecuado para el desarrollo de los derechos humanos. Es justo agregar que esta corriente reformista y actualizada de nuevos derechos y garantías se inicia por las precursoras provincias de Catamarca, Neuquén, San Juan y Córdoba que hacen punta adhiriendo al constitucionalismo social.
Respecto de aquella se dijo: “uno de esos hechos que ocurren de vez en cuando y marcan el rumbo de la historia de un país, (…) no solo fue un punto de inflexión para la vida institucional de la Argentina. También resultó una bisagra en la dinámica política…” Diario La Nación, 22.08.2014
Incorpora con fuerza normativa y jerarquía constitucional los tratados internacionales de derechos humanos al art 75, que se enumeran en el inc. 22, con efectos en nuestro derecho interno, significando un gran aporte y enriquecimiento al fin más amplio del Estado enunciado en el preámbulo, que el bienestar general, y garantías constitucionales, obligándolo a adecuar su actuación al nuevo marco constitucional.
Del propio art. 75, que fija las atribuciones del congreso, surgen acciones concretas establecidas como estrategias para la construcción del país.
Art 75 inc 18. “Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias…”
Inc. 19. “...Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones…”
La cláusula es amplia, y establece fines, refiriendo especialmente al crecimiento armónico con la promoción de políticas diferenciadas para un desarrollo equivalente. Un desarrollo que busca no solo crecimiento económico, sino también justicia social, es decir colocando a las personas como centro, y que además sea armónico y equilibrado para las provincias, y puedan éstas tener la posibilidad de asumir protagonismo y desarrollo cultural, económico, productivo.
El desarrollo Sostenible: Hoy, en este mundo del s.XXI mucho se habla de Derechos Humanos y Desarrollo Sostenible. El derecho al desarrollo sostenible exige una mirada global e integral de los derechos humanos e involucra un crecimiento o proceso progresivo, de bienestar y calidad de vida como lo reconoce el art. 25 de la Declaración Universal: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado…”
En el año 2000, la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrado en Nuevo York, fija "Los Objetivos de Desarrollo del Milenio" como metas a lograr en un plazo establecidos para su realización. Luego con el Pacto, en el año 2015, se formulan los 17 “Objetivos de Desarrollo Sostenible” Agenda 2030, aprobados por 193 estados miembros de Naciones Unidas, que se encaminan a la lucha contra la pobreza, el hambre, el deterioro del medio ambiente, las enfermedades, el analfabetismo y la discriminación de la mujer.
Estos objetivos son globales, e interrelacionados, ofrecen una visión del mundo más justa, sostenible, tomando como premisa que “nadie quede atrás”. Buscan erradicar la pobreza y asegurar la prosperidad para todos como parte de una agenda de desarrollo con la participación y compromiso de gobiernos y sociedad con espíritu de colaboración y pragmatismo para elegir las mejores políticas que tengan como propósito mejorar la vida de las personas y las generaciones futuras, aumentando la prosperidad, bienestar y desarrollo sostenible.
La Declaración sobre el derecho al desarrollo de la ONU 1986, expresa ese nexo necesario entre el desarrollo y la concreción de las condiciones favorables a cargo de los Estados. Así, el art. 1ro. dice: “Reconociendo que la creación de condiciones favorables al desarrollo de los pueblos y las personas es el deber primordial de los respectivos Estados”… “Confirmando que el derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable y que la igualdad de oportunidades para el desarrollo es una prerrogativa tanto de las naciones como de los individuos que componen las naciones,” y el art.10 cuando pone en cabeza de los Estados adoptarse las medidas para asegurar el pleno ejercicio y la consolidación progresiva del derecho al desarrollo, inclusive la formulación, adopción y aplicación de medidas políticas, legislativas y de otra índole.
El desarrollo de la argentina urbana, rural y profunda, solo será posible con políticas de equilibrio, con inversión, infraestructura, vínculos urbano rurales para un crecimiento equitativo e inclusivo, que permita mejorar la vida urbana, rural, mejores posibilidades para productores, la industria y los servicios, para frenar la migración a los centros urbanos y aumento de la pobreza.
No debe perderse de vista que el gobierno nacional asumió el compromiso de lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
La Globalización significa un reto a afrontar y resulta imprescindible un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo en las provincias tanto urbano como rural, con enfoque estratégico para reducir disparidades. Nadie puede quedar atrás en el contexto de la globalización, de otro modo las brechas serán cada vez mayores
La Argentina diversa requiere compensar, coordinar, planificar, apostar todas sus políticas al crecimiento equilibrado. Su ausencia perjudica a la economía nacional.
En el capítulo IV, artículo 75º, de la Constitución de la Nación Argentina se establecen las atribuciones del Congreso de la Nación. Desde la vigencia del artículo 75º, inciso 19, es enorme la tarea que queda por hacer.
Hasta el presente, no existe una Comisión específica con competencia en esta materia.
Por otra parte, existen antecedentes de que la HCDN ha establecido nuevas Comisiones modificando el art. 61 para atender importantes temáticas.
Para finalizar, en el contexto actual de un mundo globalizado y mundializado es fundamental el derecho de desarrollo de todos, haciendo foco en las diferencias y quienes se encuentran en situaciones menos favorables, la lucha es contra la pobreza.
Es entonces imprescindible identificar las problemáticas y dar las soluciones apropiadas para el desarrollo sostenible y armónico de las provincias. y en esto no solo es imprescindible integrar y armonizar proyectos y leyes, sino también sistemas de unificación de datos para facilitar la toma de decisiones basadas en la evidencia.
Es necesario promover, en vista a los fundamentos expuestos, la importancia de transformar la realidad suficientemente descripta con la creación de la Comisión “Crecimiento armónico de la Nación” en el seno de esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
Por todo lo aquí expuesto, solicitamos a los Señores Diputados nos acompañen en la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GINOCCHIO, SILVANA MICAELA CATAMARCA ELIJO CATAMARCA
SAADI, GUSTAVO ARTURO CATAMARCA ELIJO CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 138 (2020), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 139 (2021), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996