Sofía Brambilla
Diputada de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1777-D-2019
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL 75° ANIVERSARIO DEL "CONSEJO CENTRAL DE JUVENTUDES AGRARIAS COOPERATIVAS DE LA ASOCIACION DE COOPERATIVAS ARGENTINAS - ACA -", A CELEBRARSE EL 20 DE MAYO DE 2019.
Fecha: 11/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Declarar de Interés por esta Honorable Cámara, el 75° Aniversario del Consejo Central de Juventudes Agrarias Cooperativistas de la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA), a celebrarse el 20 de mayo de 2019.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El próximo 20 de mayo, el Consejo Central de Juventudes Agrarias Cooperativistas de la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA) celebra su 75° aniversario de trayectoria como órgano superior del movimiento juvenil agrario cooperativista que se funda en las cooperativas agropecuarias de base.
En 1941, en la mayoría de las entidades adheridas a la Asociación de Cooperativas Argentinas (ACA) existía una mirada interesada en los jóvenes para formarlos como cooperadores plenos y dignificarlos en su vida agraria. Celestino Sienrra, ex presidente de la Asociación de Cooperativas Argentinas, se erigió como uno de los principales impulsores. De esta manera, comenzaron a crearse organizaciones juveniles en el seno de muchas cooperativas.
Tales sedimentos, fueron acompañados por sugerencias emanadas del Congreso Agrario Argentino de 1941 y las asambleas de cooperativas agrarias de Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires de 1943, en ACA se designó una comisión para convocar y constituir una central juvenil que aglutine a los organismos primarios juveniles.
El 20 de mayo de 1944, se reúne en Congreso juvenil en la ciudad de Olavarría, Provincia de Buenos Aires, y promulga la Declaración de Principios, a la vez que funda el Consejo Central de las Juventudes Agrarias Cooperativistas de la Asociación de Cooperativas Argentinas y cuyo primer presidente fue el doctor Alejandro S. Aramburu, integrante de la JAC de Olavarría.
La Declaración de Principios de Olavarría fue redactada pensando en los objetivos del movimiento agrario cooperativista argentino, además de ser base de partida y continuidad de las juventudes agrarias cooperativistas. Dicha Declaración planteó que Plantea que “las JAC nacen como una necesidad del movimiento cooperativo agrario que, ya afianzado y en constante progreso, aspira a trascender sus fines inmediatos preparando a las nuevas generaciones para llevar la acción cooperativa hasta sus máximas posibilidades económicas y morales, consolidando en el campo argentino nuevas formas de posesión de la tierra, explotación, comercialización, transporte, educación, cultura y vida familiar y social”.
Asimismo, denota que, al fijarse esta tarea principal, propia del medio en que han de constituirse y cumplir su misión, la organización juvenil no se estructura como entidad desvinculada de los problemas y las aspiraciones comunes de la Nación, sino que, unida a sus pares rurales y urbanos, proponen ser un instrumento de bienestar social y de trabajo para el engrandecimiento del país.
En la Declaración también se anhela que las JAC se constituyan “en escuelas libres de disciplina societaria, de estímulo del perfeccionamiento individual de sus participantes, de formación de los futuros cuadros de dirigentes de las cooperativas agrícolas llamadas a cumplir una misión trascendental en el futuro inmediato y suscitadores del despertar de una conciencia solidaria y colectiva” en la sociedad.
Tal documento angular, se traduce hoy en la misión de “promover los valores y principios cooperativos, nucleando y brindando herramientas de capacitación y formación técnica, empresarial y dirigencial a los jóvenes del agro argentino”. Mientras que la visión es “ser líderes en creación de nuevos espacios de contención y desarrollo cooperativo para la inclusión y formación de los jóvenes involucrados en el sistema agropecuario argentino”.
El objetivo fundamental de las Juventudes Agrarias Cooperativistas fue definido desde sus inicios y se resume en el lema “Educar al hombre y cultivar la tierra” y articula lo expresado anteriormente, ponderando el cumplimiento de los Principios Cooperativos por parte del Consejo Central de Juventudes Agrarias Cooperativistas de ACA, resumido en:
● Brindar herramientas de capacitación.
● Acercar la oferta educativa a las necesidades de los jóvenes teniendo en cuenta la modalidad más adecuada.
● Dar a conocer las diferentes producciones agropecuarias que se realizan en el país.
● Fortalecer las relaciones institucionales.
● Ser un nexo de búsqueda laboral para jóvenes.
● Brindar espacios de recreación e integración para vigorizar las relaciones interpersonales.
● Potenciar a Juventudes Agrarias Cooperativistas y expandir el movimiento juvenil.
● Promover la generación de proyectos comunitarios y de valor agregado.
● Divulgar el movimiento cooperativo y juvenil.
Como órgano superior y de coordinación del movimiento juvenil agrario cooperativista, sus bases tienen presencia en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, La Pampa, Misiones, Río Negro y Santa Fe.
Actualmente funcionan en Argentina 25 Juventudes Agrarias Cooperativistas institucionalizadas y asociadas al Consejo Central, y se realizan actividades con otros 25 grupos de jóvenes no institucionalizados. En total, el Consejo Central representa a 740 jóvenes con una participación del 38% de mujeres en sus bases y del 53% en cargos de representación.
Los jóvenes dirigentes del Consejo Central de Juventudes Agrarias tienen intercambios con otros jóvenes del exterior y son un ejemplo para la comunidad cooperativa internacional, tal es así que suelen ser convocados por la corporación Mondragón para exponer su modelo juvenil agrario cooperativo.
De estas Juventudes surgen posteriormente los dirigentes que integran los Consejos Directivos tanto de las cooperativas de base, como del Grupo ACA que se conforma por ACA, ACA SALUD, LA SEGUNDA y COOVAECO.
Desde hace 12 años, y habiendo sido pionera en el tema, el Consejo Central de ACA Jóvenes realiza cada año su Balance Social Cooperativo. Este reporte le permite medir la composición de sus asociados, su evolución, la participación por género y edad y evaluar su gestión ante los principios cooperativos.
Las principales herramientas con que cuenta el Consejo Central para la formación de los jóvenes rurales son las siguientes:
- Viajes de capacitación dentro y fuera del país.
- Congreso anual técnico agropecuario.
- Cursos de capacitación presenciales y a distancia.
- Seminario Nacional.
- Jornadas de capacitación agropecuaria.
- Escuela Cooperativa Móvil.
- Encuentros de integración regional.
- Programa de formación para dirigentes.
Otro eje fundamental de la gestión de esta organización son las relaciones institucionales que mantiene dentro y fuera del grupo Cooperativo y con entidades y federaciones de jóvenes similares en países vecinos.
También, por intermedio de Confederación Intercooperativa Agropecuaria Limitada, ACA Jóvenes forma parte de una entidad de tercer grado junto a federaciones de juventudes agrarias representantes de las economías regionales.
Resulta trascendental destacar el compromiso, convicción y responsabilidad de todos los jóvenes que pasaron por esta entidad durante 75 años engrandeciendo con su trabajo y sus valores a nuestra provincia y a la nación.
Por todo lo expuesto anteriormente es que solicito a mis pares el acompañamiento en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MENDOZA, JOSEFINA | BUENOS AIRES | UCR |
RICCI, NADIA LORENA | SANTA CRUZ | UCR |
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE | LA RIOJA | UCR |
MATZEN, LORENA | RIO NEGRO | UCR |
BRAMBILLA, SOFIA | CORRIENTES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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19/11/2019 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1766/2019 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 28/11/2019 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 09/12/2019 | APROBADO |