Nancy Sand
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 0387-D-2020
Sumario: TURISMO - LEY 25997 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 39 BIS, SOBRE PLAN DE TURISMO SOCIAL.
Fecha: 06/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
Modificación de la LEY NACIONAL DE TURISMO 25.997
ARTÍCULO 1°.- Incorpórese el artículo 39 bis, al capítulo V, de Turismo Social, de la Ley Nacional de Turismo 25.997, que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 39 bis.--- Sujetos beneficiarios. El Plan de Turismo Social debe establecer Programas destinados a:
a. Alumnos que se encuentren cursando el último año de cada ciclo de Escuelas Nacionales, Provinciales y Municipales Primarias y Secundarias de todo el país. Instituciones de Bien Público cuyo pedido este destinado a beneficiar a niños y jóvenes menores de 18 años.
b. Jubilados, Pensionados y personas de edad avanzada Mayores de 65 años.
c. Grupos familiares de escasos recursos.
d. Personas con discapacidad.
La autoridad de aplicación debe establecer en todos los casos los requisitos necesarios para el acceso a dichos programas.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El turismo, hoy en día, es uno de los sectores económicos más dinámicos a nivel mundial y no caben dudas de la importancia económica del mismo en la Argentina. Es la sexta actividad de importancia en la economía nacional después de la industria manufacturera, las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler, el comercio mayorista y minorista, el transporte, almacenamiento y comunicaciones y la enseñanza.
A comienzos del año 2004 el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Turismo de la Nación, estableció como prioridad la sanción de una nueva Ley Nacional de Turismo, demanda histórica del sector privado y del Consejo Federal de Turismo. La Ley 25.997, se sancionó a fines de 2004 y se promulgó en enero de 2005, habiendo sido elaborada con la participación de todos los sectores involucrados, con el objetivo de convertir al turismo en una política de Estado, entendiendo como tal a la determinación del Poder Ejecutivo Nacional, de alinear convenientemente a todos los organismos y sectores gravitantes, en función de la más afinada respuesta competitiva con el objeto de liberar todo el potencial del país en tal sentido.
Con este mismo criterio es que el Ministerio de Turismo de la República Argentina fue creado en junio de 2010 por decreto de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, considerando la importancia de una cartera de este nivel en el país. La misión del Ministerio es la de promover las condiciones óptimas de competitividad que conduzcan al desarrollo equilibrado y sustentable del sector turístico argentino y a la mejora en la calidad de vida de residentes y visitantes. Y su visión es la de convertir a la República Argentina en el país mejor posicionado turísticamente de Sudamérica por la calidad y diversidad de su oferta, basada en desarrollos territoriales equilibrados y respetuosos del hábitat e identidad de sus habitantes.
La Ley de Turismo tiene como uno de sus principios el desarrollo social, económico y cultural, considerando al turismo un derecho social y económico de las personas dada su contribución al desarrollo integral en el aprovechamiento del tiempo libre y en la revalorización de la identidad cultural de las comunidades. Bajo estos preceptos es que posee un capítulo de Turismo Social, que expresa en su articulado lo siguiente:
“ARTICULO 38. — Concepto. El turismo social comprende todos aquellos instrumentos y medios que otorguen facilidades para que todos los sectores de la sociedad puedan acceder al ocio turístico en todas sus formas, en condiciones adecuadas de economía, seguridad y comodidad.
ARTICULO 39. — Plan de Turismo Social. La autoridad de aplicación tiene a su cargo elaborar el Plan de Turismo Social y promover la prestación de servicios accesibles a la población privilegiando a los sectores vulnerables, mediante la operación de las unidades turísticas de su dependencia y ejerciendo el control de gestión y calidad de los servicios.”
Es el Ministerio el que se encarga de hacer efectivos estos artículos a través de programas que tienen como destinatario principal a la población de escasos recursos de todo el país, siendo su objetivo brindarle la posibilidad de poder contar con un período de vacaciones. Estos programas se llevan a cabo en las Unidades Turísticas del Ministerio ubicadas en Chapadmalal Provincia de Buenos Aires y Embalse Provincia de Córdoba, como así también el Programa Federal de Turismo Social que incorpora otros destinos del país.
El objetivo del presente Proyecto Ley es jerarquizar el Programa de Turismo Social, estableciendo por Ley los sujetos beneficiarios del mismo:
e. Alumnos que se encuentren cursando el último año de cada ciclo de Escuelas Nacionales, Provinciales y Municipales Primarias y Secundarias de todo el país. Instituciones de Bien Público cuyo pedido este destinado a beneficiar a niños y jóvenes menores de 18 años.
f. Jubilados, Pensionados y personas de edad avanzada Mayores de 65 años.
g. Grupos familiares de escasos recursos.
h. Personas con discapacidad.
Por todo lo expuesto solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE DE TODOS |
SAND, NANCY | CORRIENTES | FRENTE DE TODOS |
BRAWER, MARA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE DE TODOS |
SELVA, CARLOS AMERICO | BUENOS AIRES | FRENTE DE TODOS |
SIERRA, MAGDALENA | BUENOS AIRES | FRENTE DE TODOS |
GONZALEZ, PABLO GERARDO | SANTA CRUZ | FRENTE DE TODOS |
FELIX, OMAR CHAFI | MENDOZA | FRENTE DE TODOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TURISMO (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS SAND, BRAWER Y SELVA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS SIERRA, PABLO GONZALEZ Y FELIX (A SUS ANTECEDENTES) |