Diputados
Foto Diputada de la Nación Soledad Carrizo

Soledad Carrizo

Diputada de la Nación

UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6580-D-2018

Sumario: ASOCIACIONES MUTUALES - LEY 20321 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 8°, SOBRE EDAD MINIMA PARA LA ASOCIACION.

Fecha: 19/10/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145

Proyecto
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 8 de la Ley 20.321, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 8°- Las categorías de socios serán establecidas por las asociaciones mutuales, dentro de las siguientes:
a) Activos: Serán las personas de existencia visible, mayores de 18 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría, las que tendrán derecho a elegir e integrar los Órganos Directivos.
b) Adherentes: Serán las personas de existencia visible, mayores de 18 años que cumplan los requisitos exigidos por los estatutos sociales para esta categoría y las personas jurídicas, no pudiendo elegir o integrar los Órganos Directivos.
c) Participantes: serán las personas integrantes del grupo familiar del socio activo, quienes gozarán de los servicios sociales en la forma que determine el estatuto, sin derecho a participar de las asambleas ni a elegir ni ser elegidos.”
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley que se busca modificar fue sancionada en el año 1973, donde los jóvenes alcanzaban la mayoría de edad a los 21 años adquiriendo de manera plena la capacidad de hecho o ejercicio, que les permitía actuar por sí los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico vigente. El 2 de diciembre del 2009 el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.579 que modificó el artículo 126 del Código Civil generando la mayoría de edad a los 18 años.
El artículo 8 de la actual ley 20.321 dejó de tener sentido con la baja de edad de minoridad, ya que permite solo a las personas mayores de 21 años ser socios activos o adherentes. En la actualidad no hay ningún motivo para mantener este requisito etario que excluye a los mayores entre 18 y 20 años que incluso tienen la capacidad para celebrar cualquier acto o negocio jurídico.
Quiero citar aquí a la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes del año 2005 que en relación a la participación de los jóvenes afirma en su Artículo 21 segundo párrafo: “Los Estados Parte se comprometen a impulsar y fortalecer procesos sociales que generen formas y garantías que hagan efectiva la participación de jóvenes de todos los sectores de la sociedad, en organizaciones que alienten su inclusión”.
Por otra parte, esta ley en el inciso C del artículo 8 establece que serán socios participantes de las mutuales las “hijas solteras” y “hermanas solteras” del titular exponiendo claramente resabios conservadores que responden a un esquema patriarcal en la división social del trabajo y del cuidado. Eliminar de nuestra legislación los estereotipos de género es una deuda pendiente y hacia dónde debemos avanzar.
Es por ello que solicito a mis pares que me acompañen en este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, JOSEFINA BUENOS AIRES UCR
MATZEN, LORENA RIO NEGRO UCR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
CARRIZO, SOLEDAD CORDOBA UCR
FRIZZA, GABRIEL ALBERTO CORDOBA PRO
HUMMEL, ASTRID SANTA FE PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Giro a comisiones en Senado
Comisión
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/11/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
19/11/2019 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
20/11/2019 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -