Soledad Carrizo
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2066-D-2019
Sumario: INSTITUYESE EL 16 DE MAYO DE CADA AÑO COMO "DIA NACIONAL DE LAS COOPERATIVAS Y MUTUALES ESCOLARES".
Fecha: 25/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 46
Artículo 1°.- Instituyese el 16 de mayo de cada año como "Día Nacional de las cooperativas y mutuales escolares”
Artículo 2°.- Facultase al Poder Ejecutivo Nacional para adoptar las medidas necesarias e implementar las actividades específicas para la conmemoración en cada 16 de abril del Día Nacional de las cooperativas y mutuales escolares.
Artículo 3°.- Incorpórese al calendario de conmemoraciones oficiales de la Nación.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las mutuales y cooperativas, como motores tradicionales de la economía solidaria, han ocupado históricamente una posición de enorme importancia en el desarrollo colaborativo y participativo de proyectos sociales, atendiendo necesidades que el estado no alcanzaba a satisfacer.
Su creciente orbita de competencias y espacios de intervención han permitido acreditar la capacidad de la sociedad para lograr desarrollar, por sí misma, diversas iniciativas asociativas que agrupan a personas con necesidades económicas comunes, llevando adelante acciones conjuntas orientadas al bien colectivo, antes que a intereses individuales.
En nuestro país, la economía social y solidaria se remonta hasta la última década del siglo XIX vinculada al proceso de migración europea, desarrollando desde allí un creciente papel, pero cuya importancia se ha consolidado en momentos de crisis económicas como una alternativa de mantenimiento y satisfacción de funciones sociales.
La incorporación del cooperativismo y mutualismo en el ámbito escolar ha sido uno de los espacios en los cuales el trabajo mancomunado de estas entidades ha propiciado el desarrollo prácticas educativas alternativas, priorizando la experiencia directa contactando a niños y niñas con su entorno social y natural mediante la observación, análisis, resolución de problemas, reflexión, estudio e investigación; y a partir de allí posibilitándoles aprender a aprender, aprender a ser, aprender a hacer y aprender a hacer juntos .
Desde allí, la educación cooperativa cumple con una doble función, tanto para el desarrollo institucional educativo como comunitario, permitiendo la vinculación del Movimiento Solidario con el Estado y el Sistema Educativo en particular, a través de una amplia gama de posibilidades, desde lo jurídico, lo organizativo desde las prácticas socio-pedagógicas, lo histórico, lo económico y lo social .
El doble sentido asignado a la Educación Cooperativa, esto es la enseñanza de los fundamentos que sostienen la doctrina cooperativa, sus antecedentes y evolución histórica, el régimen jurídico de las cooperativas, en sus diferentes ramas, estructuras y funcionamiento, como también su valoración e incidencia en el campo social , así como un proceso permanente encaminado a la formación de hombres y mujeres cooperativos en las dimensiones intelectual, fáctico o práctico y social; ha alcanzado un extenso y exitoso desarrollo en nuestro país.
Sobre las fuentes históricas del cooperativismo y mutualismo escolar en Argentina
Originado en Francia con posterioridad a la Primera Guerra Mundial y con la finalidad de colaborar en la reconstrucción de las escuelas afectadas durante dicho periodo bélico, rápidamente logro replicar su ideal participativo y de ayuda mutua hacia un sinnúmero de centros educativos; logrando en 1928 su reconocimiento oficial mediante la creación de la OCCE (Office Central de la Coopération a l ÉCOLE).
Dicho modelo solidario se extendió luego hacia otros países, ingresando a Argentina a través de las primeras experiencias cooperativas y mutuales escolares que fueron desarrollándose de manera desconcentrada y sin un marco regulatorio propio hacia finales del siglo XIX.
Del 23 de diciembre de 1913 data el primer antecedente asociativo escolar, fecha en la cual se constituyó la Asociación Escolar Mutualista por iniciativa de la Asociación Obra Conservación de la Fe, en la Ciudad de Buenos Aires; con la vocación de fomentar el ahorro, la protección mutua y el espíritu de unión en los alumnos y ex alumnos de escuelas y otras instituciones análogas, mediante el aporte de una pequeña contribución mensual entre ellos .
En materia de cooperativismo escolar, no obstante, el antecedente más antiguo en Argentina se remonta a 1921, en Pigüé, Provincia de Buenos Aires con la primera experiencia de cooperativismo escolar en una escuela creada en 1885; conocida como cooperativa “La Unión Escolar”, dedicada a la Fabricaban jabón .
A partir de entonces, se inaugura un lento proceso de regulación del asociativismo escolar argentino, primeramente a través de las cooperativas y tiempo después incorporando a las mutuales; aunque podemos encontrar ya en la ley Nacional de Educación N°1420 de 1884 una mención a la cooperación en la escuela en el artículo 42 al referir a las competencias del Concejo Escolar de Distrito, en su inciso 4): “promover por los medios que crea convenientes la fundación de sociedades cooperativas de la educación y de las bibliotecas populares de distrito”
Este marco normativo fue replicado en 1946 en la provincia de Buenos Aires con el dictado de la Ley 5.111 sobre la enseñanza del Cooperativismo en la Provincia de Bs. As.
En 1960 y mediante la Resolución Nº 57, el Consejo Nacional de Educación dicta la “Reglamentación de Cooperativas Escolares”, profundizando las precisiones reglamentarias sobre el cooperativismo escolar, que fue luego completada por otras resoluciones que promovían su desarrollo.
Recién en 1964, durante el gobierno del presidente de Ilia se sanciona la Ley Nacional 16.583 de Cooperativas Escolares, declarando de interés Nacional la enseñanza de los principios del Cooperativismo.
En su conmemoración, y promoviendo su desarrollo, en 1965 se llevan a cabo las I Jornadas Nacionales de Cooperativismo Escolar en La Falda, provincia de Córdoba, con una amplia representación institucional nacional y provincial, de claustros docentes, alumnos y del sector cooperativo en general, suscribiéndose poco tiempo después, el primer Decreto Reglamentario de dicha ley, bajo el N° 12.038.
Las próximas jornadas se sucedieron en Río Hondo (1966), Buenos Aires (1967), Córdoba Capital (1969) y Rio Gallegos, llegando a realizarse en 1995 en Asunción, Paraguay el II° Congreso Mundial de la Unión Internacional, declarando sede permanente a la ciudad de la Falda, provincia de Córdoba Argentina y constituyéndose la Célula Latinoamericana de Cooperativismo y Mutualismo Educativo, tomando a su cargo la organización de Congresos Nacionales e incorporando la participación de los Consejo de Administración de Cooperativas Escolares y los Consejos Directivos de las Mutuales Escolares.
Durante 1973, se dictan las leyes 20.337 de cooperativas y 20.321 de mutuales, incorporando la primera una referencia hacia el cooperativismo escolar; pero que recién con el retorno de la democracia, recibiría un nuevo impulso, aprobándose hacia junio de 1986 la Resolución N° 1599 del Ministerio de Educación y Justicia de la Nación sobre la “Reglamentación de Cooperativas Escolares”, suscribiendo el 26 de Noviembre de 1986 el Dr. Raúl Alfonsín el segundo Decreto Reglamentario de la Ley que nacional 16.583.
Meses después, se dictó la Ley 23.427 de Creación del Fondo tendiente a promover su desarrollo.
Finalmente, un tercer texto reglamentario de la Ley 16.583 fue dictado el 15/05/03 bajo el N° 1.171, que viene a readecuar la reglamentación de 1986, incorporando formalmente a las mutuales Escolares junto con las Cooperativas Escolares en el ámbito de la enseñanza teórico-práctica del aula.
La importancia de conmemorar un día de unidad solidaria
El amplio catálogo de antecedentes reglamentarios del asociativismo escolar en Argentina tiene un punto de inflexión en el año 2003 a través del dictado del ya mencionado Decreto Nº 1171, promulgado el 16 de mayo de ese año, que incorpora expresamente al mutualismo escolar junto al cooperativismo en el ámbito escolar; logrando así una recepción integral de las entidades asociativas y solidarias a cargo de esta tarea.
Así las cosas, el decreto 1.171 viene a complementar el extenso catálogo normativo referenciado por las leyes 20.337 de cooperativas y 20.321 de mutuales, la ley 16.583 sobre cooperativismo escolar; y que hoy se completa con el acuerdo plenario N° 146/147 del 29 de Mayo de 2017 del Concejo de Universidades que aprueba los contenidos mínimos de cooperativismo y mutualismo en todas las universidades nacionales, provinciales públicas y privadas; y el artículo 90 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 impulsado en su redacción por el Colegio de Graduados en Cooperativas y Mutuales de la República Argentina (CGCyM) que señala en sus últimos párrafos “se promoverá el Cooperativismo y Mutualismo Escolar”
De esta manera, el presente proyecto de ley tiene por objetivo una visibilización y puesta en valor del cooperativismo y mutualismo escolar, poniendo en resalto el trascendental aporte del Decreto Nº 1.171 promulgado el 16 de mayo de 2003, que declara de alto interés la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo y del mutualismo en los establecimientos educativos oficiales y privados, siendo un hecho histórico de relevancia suficiente que hoy amerita su conmemoración a través de la institución del día nacional del cooperativismo y mutualismo escolar en nuestro país para su permanente recordatorio.
En estos términos, este proyecto viene a aportar una nueva fecha conmemorativa en el calendario nacional, que permita a futuro rememorar y reflexionar no sólo sobre el legado
de los primeros impulsos cooperativistas y mutualistas escolares en nuestro país, sino la importancia de promocionar y extender el alcance de práctica solidaria en la educación en la actualidad.
Instituir el día nacional del cooperativismo y mutualismo nacional en conmemoración del primer antecedente reglamentario nacional que tiende a reconocer la labor mutual y cooperativa de forma conjunta en el ámbito escolar, permite dotar de visibilidad al sinnúmero de proyectos que actualmente se encuentran funcionando, y otros tantos en gestación, promoviendo el acercamiento de niños, jóvenes y docentes hacia los principios del asociativismo solidario.
Confiando finalmente que junto al 6 de julio, día internacional de cooperativismo y 5 de octubre día nacional del mutualismo, instituir el día 16 de mayo de cada año como día nacional del cooperativismo y mutualismo escolar, permitirá mantener presente durante todo el año la viva reflexión de las bondades de la economía solidaria en nuestro país, proyectamos el presente.
Por todos los motivos expresados, solicitamos su acompañamiento para la sanción de este proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARRIZO, SOLEDAD | CORDOBA | UCR |
ARCE, MARIO HORACIO | FORMOSA | UCR |
ZAMARBIDE, FEDERICO RAUL | MENDOZA | UCR |
REYES, ROXANA | SANTA CRUZ | UCR |
MATZEN, LORENA | RIO NEGRO | UCR |
MENNA, GUSTAVO | CHUBUT | UCR |
NAJUL, CLAUDIA | MENDOZA | UCR |
REGIDOR BELLEDONE, ESTELA MERCEDES | CORRIENTES | UCR |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
AYALA, AIDA BEATRIZ MAXIMA | CHACO | UCR |
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