Martín Maquieyra
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 6333-D-2016
Sumario: NACIONAL DE EMPLEO - LEY 24013 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 11 BIS SOBRE COMUNICACION DE LA "ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - AFIP -" AL MINISTERIO DE TRABAJO PARA QUE TOME LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE COMBATIR EL TRABAJO NO REGISTRADO.
Fecha: 16/09/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Artículo 1°.- Agréguese el artículo 11 bis a la ley 24.013, el que quedara redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 11 bis. — La Administración Federal de Ingresos Públicos realizará en forma semestral una lista con las denuncias recibidas diferenciando las realizadas en virtud la falta de registración total o la deficiencia en la misma. Además deberá ordenarse por actividad afectada.
La Administración Federal de Ingresos Públicos comunicará al Ministerio de Trabajo de la Nación la nómina de empleadores que recibieron denuncias, respetando el principio de inocencia y la protección de datos personales. Además indicará cuáles son las acciones realizadas a fin de revertir la situación.
El Ministerio de Trabajo deberá realizará un plan de acción a fin de que la Administración Federal de Ingresos Públicos realice controles sobre las empresas que recibieron más denuncias.
En el caso que una empresa haya recibido más de 5 denuncias en el año deberá presentar un descargo respecto a su situación en el Ministerio de Trabajo quién controlará el destino de los casos denunciados y preverá sanciones en caso de que se demuestre el incumplimiento.
El Ministerio de Trabajo informará a los sindicados de las áreas más afectadas a fin de coordinar políticas de concientización sobre el trabajo no registrado y las vías de acción para evitarlo.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La idea del presente proyecto tiene como objeto conocer la realidad del trabajo irregular o “en negro”, realizar acciones positivas tendientes a mejorar los controles que se llevan sobre las empresas y darle herramientas a fin de que conozcan sus derechos y no se vean obligados a aceptar condiciones de trabajo desfavorables.
La ley 24.013 obliga a los trabajadores a cursar un telegrama a la AFIP a fin de poder ser acreedores de las multas contenidas en dicha Ley. El objeto de dicha obligación es que la Administración Federal de Ingresos Públicos pueda tener información sobre las empresas que estarían en falta y que, entre todos, se pueda combatir el trabajo en no registrado.
Este proyecto viene a clarificar lo que debe realizar la AFIP con las denuncias ingresadas ya que en la actualidad no tienen un proceso definido. La obligación será realizar una lista con las empresas denunciadas, el tipo de reclamo iniciado y las materias afectadas.
En este sentido, el proyecto resguarda el principio de inocencia ya que la información contenida en el informe será sólo a los fines de evaluar los sectores más afectados y realizar controles preventivos con el objeto de poder constatar la situación irregular con independencia del procedimiento que lleve adelante el trabajador y el resultado del mismo.
Asimismo, se deberá dar cuenta al Ministerio de Trabajo quién es en definitiva el encargado de controlar el trabajo en negro y realizar las medidas de política laboral que ayuden a solucionar un problema que no encuentra solución a lo largo de los años.
Particular es la situación de las empresas que reciban 5 o más denuncias en un año relativas al trabajo no registrado. En este caso el Ministerio de Trabajo no esperará la comunicación de la sentencia o del fin del expediente administrativo sino que deberá tomar conocimiento del reclamo, y el resultado quedará asentado en el expediente de la empresa a tal efecto.
Con este último requisito se evitan las conciliaciones homologadas por la autoridad administrativa o judicial que no contemplan las multas contenidas en la Ley 24.013 pese a existir un telegrama original que reclama la regularización de la situación.
Por último, se le dará información a los sindicados más afectados por el trabajo irregular con el objeto que puedan realizar políticas de concientización sobre la problemática y que puedan coordinar con el Ministerio la forma más efectiva de evitar el trabajo en negro.
Por lo expuesto es que le pido a los señores legisladores que acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MAQUIEYRA, MARTIN | LA PAMPA | UNION PRO |
MARTINEZ, ANA LAURA | SANTA FE | UNION PRO |
LOPEZ KOENIG, LEANDRO GASTON | NEUQUEN | UNION PRO |
ROMA, CARLOS GASTON | TIERRA DEL FUEGO | UNION PRO |
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Comisión |
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