Mónica Macha
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3347-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA PARTICIPACION DE LAS FUERZAS ARMADAS EN MATERIA DE SEGURIDAD INTERIOR.
Fecha: 30/05/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
Solicitar al Poder Ejecutivo a fin de que, a través del Ministerio de Defensa, o de la dependencia que entienda corresponda, informe respecto de la política en materia de defensa nacional y la declarada y publica intención de modificarla en cuanto a la participación de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior, respondiendo a las siguientes preguntas:
1. Si existen, y de existir los especifique, proyectos o anteproyectos de reforma de las Leyes No. 23.554, 24.959, 25.520 y/o del Decreto No. 727/06.
2. Si existen, y de existir la/s especifique, resoluciones administrativas de algún Ministerio o de las Fuerzas Armadas que disponga la participación militar en las cuestiones de seguridad interior, ya sea para que cumplan funciones policiales o de apoyo logístico.
3. Si existen, y de existir la/s especifique, algún tipo de Directiva Interna del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas Argentinas que diseñe o presente un plan o estrategia de intervención de las FFAA en materia de apoyo logístico o de cualquier otro tipo a las fuerzas de seguridad.
4.- Si existen, y de existir las especifique, decisiones operativas de las Fuerzas Armadas en materia de apoyo logístico a las fuerzas de seguridad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con motivo del Día del Ejército Argentino -29 de mayo de 2018- , el Presidente de la Nación, Mauricio Macri exhortó a los representantes de las Fuerzas Armadas a que realicen “más esfuerzos en la colaboración con otras áreas del Estado” para “brindar apoyo logístico a las fuerzas de seguridad para cuidar a los argentinos frente a las amenazas y desafíos actuales”. “Son épocas de grandes transformaciones, el mundo está en constante movimiento y hoy somos testigos de acontecimientos cada vez más importantes. Necesitamos Fuerzas que se adapten a las amenazas del siglo XXI y que estén preparadas para enfrentar los problemas que hoy nos preocupan” agregó.
Aquella exhortación, sumada a otra serie de manifestaciones del Presidente y de altos funcionarios del Poder Ejecutivo en el mismo sentido, resultan contrarias al principio delimitador entre la Defensa Nacional y la Seguridad Interior, pilar central de nuestra vida democrática.
Luego del fin de la dictadura cívico-militar y debido al protagonismo que las Fuerzas Armadas tuvieron durante el siglo XX y a su responsabilidad en el terrorismo de Estado, la no intervención castrense en la seguridad pública es uno de los cimientos del sistema político e institucional democrático.
Esta política fue organizada institucionalmente mediante una serie de normas -tres leyes y un decreto, sancionados y reglamentados durante distintas presidencias, que expresan el más importante acuerdo inter-partidario conseguido en democracia: i) la Ley No. 23.554 de Defensa Nacional, sancionada en 1988; ii) la Ley No. 24.059, sancionada en 1991; iii) la Ley No. 25.520 de Inteligencia Nacional, dictada en el 2001; y iv) el decreto No. 727/06 reglamentario de la Ley de Defensa.
A través de esta ingeniería normativa se estableció de modo minucioso que la defensa nacional es el ámbito exclusivo de injerencia de las Fuerzas Armadas, desarticulando las prerrogativas previas en materia de seguridad e inteligencia interior y regulando con carácter de excepcionalidad y, por un tiempo acotado, su eventual intervención en la órbita de la seguridad interior, delimitándolo a situaciones muy específicas: i) el caso de una agresión armada dentro de la propia jurisdicción militar; ii) la petición de apoyo logístico por parte del Comité de Crisis bajo disposición del Ministerio de Defensa; y iii) el desborde sobrepasado o conmoción del sistema de seguridad interior con previa declaración de estado de sitio por parte del Congreso.
A lo largo de los treinta y cinco años de vida democrática ininterrumpida, han existido distintos intentos de modificar este esquema institucional; específicamente argumentando que el terrorismo y el narcotráfico pueden ser definidos como “agresiones de origen externo” para justificar la intervención militar en estos temas. Sin embargo, el decreto reglamentario de la Ley de Defensa y el derecho internacional circunscriben las amenazas de origen externo a las que pueden ejercer otros Estados.
Las agencias encargadas de la seguridad difieren en tanto su formación y capacidad de uso de la violencia con las Fuerzas Armadas. Las policías o las fuerzas intermedias, fueron creadas y están entrenadas para administrar la fuerza que el Estado despliega en su territorio, la institución militar está organizada para proteger al Estado de agresiones externas de otros Estados. Esta misión primaria e indelegable determina su tamaño, su poder de fuego y el entrenamiento que reciben sus integrantes. Las concepciones del uso de la fuerza de los policías y de los militares son por completo diferentes: además de tener mayor poder de fuego, los militares no están entrenados en el uso gradual de la fuerza, lo que explica que sus intervenciones tengan mayores niveles de letalidad. El paradigma de la formación militar requiere un tiempo muchos más prolongado que el de las policías. Por consiguiente, no se resuelve con reentrenamiento ni con un cambio de equipamiento, todo lo cual haría desaparecer a los militares para convertirlos en policías.
La intervención de las Fuerzas Armadas en la seguridad nacional en algunos países de nuestra región, como México y Colombia, han demostrado no solo que resultan ineficaces para la solución del problema de seguridad que originó esa decisión política y la desprofesionalización de las Fuerzas Armadas al cumplir dichas tareas, sino, un aumento ostensible de las violaciones a los derechos humanos.
Desde la década del cincuenta, Estados Unidos ha fomentado para la región la participación militar en la seguridad interior, durante la década del 70 a través de la Doctrina de Seguridad Nacional, y actualmente bajo el planteo de la necesidad de enfrentar “nuevas amenazas”, entre ellas el narcotráfico y el terrorismo, desde una perspectiva bélica.
Es por ello, que las manifestaciones públicas del máximo mandatario nacional conllevan a esta Cámara de Diputados a requerir informe si el Poder Ejecutivo proyecta modificar esta política de defensa nacional.
Es por los fundamentos expuestos con anterioridad que solicitamos nos acompañen con el presente proyecto. -
Firmante | Distrito | Bloque |
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YASKY, HUGO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ARROYO, DANIEL | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
TAILHADE, RODOLFO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GARRE, NILDA CELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACHA, MONICA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRO, PABLO | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MOREAU, LEOPOLDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CERRUTI, GABRIELA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GROSSO, LEONARDO | BUENOS AIRES | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
CORREA, WALTER | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIOJA, JOSE LUIS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
SEGURIDAD INTERIOR |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA ALONSO, LAURA VALERIA (A SUS ANTECEDENTES) |