Mónica Macha
Diputada de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1849-D-2019
Sumario: PROGRAMA "PRECIOS CUIDADOS DE MEDICAMENTOS PARA LAS PERSONAS MAYORES".- CREACION.-
Fecha: 16/04/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
PRECIOS CUIDADOS DE MEDICAMENTOS PARA LAS PERSONAS MAYORES
Artículo 1. Creación. Créase el programa “Precios Cuidados de Medicamentos para las Personas Mayores”.-
Artículo 2. Objeto El programa tiene por objeto garantizar el acceso a las personas mayores, a una canasta de medicamentos a precios accesibles.
Artículo 3. Canasta de Medicamentos. La canasta de medicamentos debe contener los medicamentos más utilizados por las personas mayores, así como también los de uso masivo en enfermedades frecuentes, para cuidar a los sectores más vulnerables de dicha población.
Artículo 4. Autoridad de Aplicación. La autoridad de aplicación es la Secretaria de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación.
Artículo 5. Convenios. La autoridad de aplicación deberá:
a) Elaborar y aprobar los modelos de Convenios y Adendas para ser celebrados con los laboratorios, droguerías y cámaras farmacéuticas;
b) Renegociar los términos de los acuerdos oportunamente adoptados, así como a rubricar los Convenios donde se plasmen las nuevas condiciones previstas para cada participante del programa; y
c) Coordinar con los gobiernos locales, la fiscalización conjunta del cumplimiento de las obligaciones asumidas por los laboratorios, droguerías y cámaras farmacéuticas en el marco del programa.
Artículo 6. Plazo. La Autoridad de Aplicación dispondrá de 30 (treinta) días desde la sanción de esta norma para acordar una canasta de medicamentos con los laboratorios, droguerías y cámaras farmacéuticas.
El programa tendrá como duración 180 días. Podrá ser prorrogado si persisten las condiciones macro económicas al momento de su sanción combinadas con sostenidos aumentos de precios.
Artículo 7. Beneficios. Los laboratorios, droguerías y empresas farmacéuticas con más de 2 bocas de expendio que no adhieran al programa creado por la presente ley no podrán ser beneficiarios de subsidios, de regímenes promocionales ni de créditos a tasas preferenciales.
Artículo 8. Reglamentación. La presente Ley deberá ser reglamentada en el plazo de 10 (diez) días a partir de la sanción de la presente ley.-
Artículo 9. De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto de ley apunta a la creación de un programa que extienda la política actual del programa Precios Cuidados a una canasta de medicamentos, la cual debe estar compuesta por los medicamentos más requeridos por las personas mayores y aquellos que atienden las enfermedades más frecuentes para proteger a esta parte de la población.
El objeto es garantizar el alcance a las personas mayores de estos bienes de primera necesidad, que comprometen su integridad física y su dignidad personal.
La presente iniciativa encuentra fundamento en el hecho de que en los últimos tres años los precios de los medicamentos han subido por encima de los ingresos de los jubilados y pensionados, así como de los salarios y programas sociales impidiendo el acceso de una parte cada vez más importante a estos insumos básicos para mejorar la calidad de vida.
Según las recientes cifras informadas por el Jefe de Gabinete en su último informe, los jubilados llegan a 5.258.420 y los pensionados a 1.660.903, de los cuáles 5.719.091 reciben al menos un beneficio contributivo y de ellos el 49% tiene un haber de hasta una mínima. A esto debe sumarse los más de 115 mil PUAM y más de un millón de pensiones no contributivas, así como las 2,3 millones de titulares que reciben la AUH según datos del ANSES.
Un reciente informe sobre la situación de los Adultos Mayores elaborado por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el Centro de Estudios Políticos para Personas Mayores (CEPPEMA) y la Asociación Latinoamericana de Gerontología Comunitaria (ALGEC) alerta sobre esta crítica situación.
En el mismo informe se asegura que mientras una jubilación mínima en marzo de 2019 asciende a $10.410, lo que implica un aumento de 172% entre mayo de 2015 y la actualidad, la inflación de los medicamentos en el mismo periodo alcanzó 257%. Pero en algunos casos, el aumento de medicamentos esenciales utilizados para enfermedades cardiovasculares como el Atenolol y el Sintrom tuvo un incremento en su precio de 560%.
Además, el PAMI restringió el acceso mediante los cambios en la Resolución 005 dejando de entregar la medicación crónica gratuita a los 2 millones de afiliados y agregando requisitos para su acceso. En el mismo informe
se asegura que esta situación produce que las personas mayores dejen de consumir su medicación o lo hagan de manera limitada en virtud del ahorro económico en medicamentos.
El relevamiento indica que las personas mayores tienen costos muy superiores a la del resto de los habitantes, dada la importante erogación en medicamentos, atención de la salud, transportes (utilizan más taxis o remises por la disminución en la movilidad física), servicios especializados como los cuidadores en domicilios, prótesis y ortesis, y alimentos recomendados con dietas especiales, entre otros.
La situación se agrava por la propuesta del gobierno de reemplazar las moratorias por las PUAM (80% de la jubilación mínima), condenando a estos nuevos adultos mayores por no haber cumplido con los requisitos para alcanzar la jubilación a ingresos por debajo de la línea de la pobreza.
La alarmante situación se agrava y resulta aún más preocupante si se toman los medicamentos que son consumidos con frecuencia por las personas mayores. El estudio citado da cuenta que el precio de los medicamentos se encuentra influenciado por el precio de ciertos insumos extranjeros y como consecuencia de la devaluación los 50 principales medicamentos aumentaron 3,7% en sólo un mes (febrero 2019), en línea con la medición de inflación, mientras que el promedio de los 10 que más aumentaron en el mismo periodo alcanza el 5,82%, entre los que cabe destacar aumentos de hasta un 9% sólo acotados al mes de febrero.
Por último, este informe menciona las consecuencias en la salud de las personas mayores en esta situación de gran fragilidad, por lo que es probable que la morbi-mortalidad aumente en los próximos años debido a estas causas.
El mayor consumo de fármacos por parte de este grupo etáreo es el de la medicación para enfermedades crónicas tales como cardiopatías, diabetes, hipertensión arterial, osteoporosis, etc.
A nivel mundial estas enfermedades crónicas no transmisibles son responsables del 85% de todas las muertes en el mundo. De los 57 millones de defunciones que se produjeron en el año 2008, 36 millones (63%) se debieron a enfermedades crónicas no transmisibles y se espera que para el año 2030 las muertes por esta causa ascenderán a 55 millones a nivel mundial (OMS 2012). Se prevé que el número anual de muertes debidas a enfermedades cardiovasculares aumente de 17 millones en 2008 a 25 millones en 2030, y que las debidas al cáncer asciendan de 7,6 millones a 13 millones (OMS 2012).
En referencia a la región Latinoamericana y Caribeña (Cuba, Uruguay, Chile y Argentina), se observa que en los países con transición demográfica avanzada las muertes por enfermedades crónico-degenerativas ascendió al 80% (CEPAL 2012).
En Argentina las Enfermedades Crónicas No Transmisibles constituyeron más del 70% de las muertes en el año 2013 según el Informe de Estadísticas Vitales, Ministerio de Salud de la Nación. Dentro de este grupo, las enfermedades cardiovasculares representan la principal causa para la población general (40,2%). En el 2017 del total de defunciones (341.688) el 73% correspondieron a personas de 65 años y más según la misma fuente. El 32% de las defunciones de personas de 65 años y más correspondieron al aparato circulatorio, el 16% a tumores y el 22% a enfermedades del sistema respiratorio. Solo el 5,5% de las muertes fueron por causas de enfermedades infecciosas y parasitarias.
Los cambios mencionados en el PAMI y en el Plan Remediar, que limitaron la entrega gratuita de medicamentos pusieron en grave riesgo la salud de las personas mayores y afectaron su calidad de vida en los casos de patologías crónicas. Cuando no hay tratamiento oportuno se generan discapacidades y aumenta la fragilidad y la dependencia en las personas mayores requiriendo cuidados especiales.
Las personas mayores, en su mayoría consumen en promedio entre 4-8 medicamentos, lo que hace imprescindible cuidar los precios de una canasta que contenga los más demandados por este rango etario.
Un acuerdo de estas características cuida el poder adquisitivo de la población y previene enfermedades y/o las ataca en una primera instancia evitando problemas en la salud más graves y costos en la salud mayores.
Es por todo esto, que se solicita la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VOLNOVICH, LUANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALVAREZZA, ROBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACHA, MONICA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ESPINOZA, FERNANDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MARTINEZ, DARIO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, LAURA V. | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VALLEJOS, FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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Comisión |
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