Diputados
Foto Diputada de la Nación Mónica Macha

Mónica Macha

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0621-D-2018

Sumario: REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA. MODIFICACION DEL ARTICULO 61 SOBRE CREACION DE LA COMISION DE MUJERES Y DIVERSIDAD, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS

Fecha: 09/03/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6

Proyecto
ARTÍCULO 1.- Sustituyese el artículo 61 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 61. Las comisiones permanentes de asesoramiento de la Cámara serán las siguientes:
- Asuntos Constitucionales.
- Legislación General.
- Relaciones Exteriores y Culto.
- Presupuesto y Hacienda.
- Educación.
- Ciencia y Tecnología e Innovación Productiva.
- Cultura.
- Justicia.
- Previsión y Seguridad Social.
- Acción Social y Salud Pública.
- Familias, Niñez y Juventudes.
- De las Personas Mayores.
- Legislación Penal.
- Legislación del Trabajo.
- Defensa Nacional.
- Obras Públicas.
- Agricultura y Ganadería.
- Finanzas.
- Industria.
- Comercio.
- Energía y Combustibles.
- Comunicaciones e Informática.
- Transportes.
- Economías y Desarrollo Regional.
- Asuntos Municipales.
- Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios.
- Vivienda y Ordenamiento Urbano.
- Peticiones, Poderes y Reglamento.
- Juicio Político.
- Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano.
- Turismo.
- Economía.
- Minería.
- Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico.
- Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales.
- Población y Desarrollo Humano.
- Deportes.
- Derechos Humanos y Garantías.
- Asuntos Cooperativos, Mutuales y Organizaciones no Gubernamentales.
- Mercosur.
- Pequeños y Medianas Empresas.
- Defensa del Consumidor, del Usuario y de la Competencia.
- Seguridad Interior.
- Libertad de Expresión.
- Discapacidad.
- Mujeres y diversidad.
El número de integrantes de las comisiones será determinado por la Honorable Cámara entre un mínimo de quince (15) y un máximo de treinta y un (31) diputados, con excepción de las Comisiones de Asuntos Constitucionales, de Educación, de Energía y Combustibles, de Agricultura y Ganadería y de Acción Social y Salud Pública, que estarán compuestas por un mínimo de quince (15) y un máximo de treinta y cinco (35) diputados, la Comisión de Relaciones Exteriores con un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y tres (43) diputados, y la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que estará compuesta por un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y nueve (49) diputados”.
ARTÍCULO 2.- Sustituyese el artículo 72 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 72. Compete a la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a la organización, desenvolvimiento, consolidación y desarrollo de las familias en las comunidades; y la asistencia, protección y orientación de los niños, niñas y jóvenes cuyas edades estén comprendidas entre los quince (15) y veintinueve (29) años.
Asimismo, compete a la comisión el seguimiento permanente del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño.”
ARTÍCULO 3.- Incorporase el artículo 101 (septies) al Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 101 septies. Compete a la Comisión de Mujeres y diversidad, dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a la igualdad de oportunidades y trato; reconocimiento y accesibilidad al goce de derechos con atención a las situaciones específicas de las mujeres y la diversidad; discriminación de cualquier tipo en ámbitos públicos y/o privados en razón del género; condición e integración de las mujeres y hombres en el conjunto de la sociedad.
Asimismo, compete a la comisión el seguimiento permanente del cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.”

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el espíritu del expediente N° 0927-D-2016 y el N° 0503-D-2017 de mi autoría, los cuales caducaron al no haber sido aprobado por la Honorable Cámara de Diputados.
Tiene como finalidad aggiornar el Reglamento Interno de esta Honorable Cámara, a los tiempos que corren.
Propongo que se modifique el nombre y la competencia de la actual Comisión Permanente de la Honorable Cámara de Diputados: “Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia” por “Familias, Niñez y Juventudes”.
Asimismo, creo pertinente crear una nueva comisión permanente dentro de la Honorable Cámara llamada: “Mujeres y Diversidad”.
Es sumamente necesario un abordaje específico referido a las cuestiones de las Mujeres y Diversidad. Es por ello, que es conveniente reformular la comisión de “Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia”.
Por otra parte, la creación de la comisión de “Mujeres y Diversidad” estará en consonancia con la actualización de la Legislación Nacional, como por ejemplo: la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales N° 26.485, la Ley de Matrimonio Civil N° 26.618 (comúnmente conocida como la Ley de Matrimonio Igualitario), entre otras.
Es fundamental que en el ámbito de la HCDN se dé un especial tratamiento sobre estas cuestiones. En la práctica, por ejemplo, cuando ingresa un proyecto que tiene relación con la igualdad de género o diversidad se le suele dar giro a la comisión de “Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia”, pero están fuera del marco de su competencia, estipulado en el artículo 72 del Reglamento de la HCDN.
El renombramiento de la comisión por “Familias, Niñez y Juventudes” debe ocuparse de velar, por los derechos de las familias, de los niños, niñas y jóvenes como así también su organización, desenvolvimiento, asistencia y protección. Asimismo, compete el seguimiento permanente del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño.
La comisión de “Mujeres y Diversidad” debe velar por la igualdad de oportunidades y trato; el reconocimiento y accesibilidad al goce de derechos con atención a las situaciones específicas de las mujeres y la diversidad; por la discriminación de cualquier tipo en ámbitos públicos y/o privados en razón del género; y lo referente al estado y la condición e integración de las mujeres y hombres en el conjunto de la sociedad. Asimismo, compete el seguimiento permanente del cumplimiento de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Mantener una comisión tan amplia como la existente es negar la historia que estamos escribiendo a diario. Como representantes del pueblo debemos escuchar el pedido de nuestra sociedad frente a los casos de violencia de género que terminan en femicidios. Exigir que el poder judicial actúe, responsabilizar a los medios por la apología que hacen sobre este tema y aggiornar nuestra forma de organización en esta cámara en función de los temas que la sociedad requiere.
En ese sentido es necesario apuntalar a la construcción de una patria de iguales, entre hombres y mujeres, sin discriminación de sexo. Por eso, es fundamental que nos dediquemos a trabajar exclusivamente en una comisión de “Mujeres y Diversidad” proyectos para profundizar en esta igualdad, equidad y construcción social colectiva.
En los tiempos que vivimos presenciamos muchas muertes por cuestiones de género, muertes que son lamentables y evitables en la sociedad. Es necesario que esto no ocurra más. Por eso, los legisladores debemos aggiornarnos y como representantes del pueblo debemos velar por la integridad de nuestra sociedad toda.
Por la libertad, la democracia y la construcción de una patria de iguales, solicito a mis compañeros y mis compañeras que me acompañen en el presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALONSO, LAURA V. BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MACHA, MONICA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SIERRA, MAGDALENA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MERCADO, VERONICA CATAMARCA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RACH QUIROGA, ANALIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
IGON, SANTIAGO NICOLAS CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VOLNOVICH, LUANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA