Maximiliano Ferraro
Diputado de la Nación
COALICION CIVICA
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 0633-D-2020
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - LEY 23349 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 28 SOBRE EXENCIONES A LOS PRODUCTOS QUE NO CONTENGAN TRIGO, AVENA, CENTENO Y CEBADA.
Fecha: 12/03/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Artículo 1º.- Agrégase el apartado 8 al inciso a) del artículo 28 de la Ley Nº 23.349, de Impuesto al Valor Agregado, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“8) Los alimentos exentos de gluten rotulados sin T.A.C.C. -Trigo, Avena, Centeno y Cebada-.”
Artículo 2º.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La celiaquía es la intolerancia total y permanente al gluten -conjunto de proteínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC) y productos derivados de estos cuatro cereales-, que afecta en forma directa al intestino delgado , encargado de la absorción de los nutrientes que, a consecuencia de ello no puede cumplir con dicha función.
Esta enfermedad es el resultado de una condición genética que predispone a la persona a su padecimiento aunque no siempre se manifiesta clínicamente y puede afectar tanto a niños como adultos y se sabe que la incidencia es mayor en mujeres que en varones.
El tratamiento para esta enfermedad es una dieta estricta, durante toda la vida, de alimentos sin gluten ó libres de T.A.C.C., ya que la ingesta de estos alimentos puede llegar a ocasionar serios trastornos nutricionales. Los más comunes en niños, la desnutrición, la descalcificación y el retraso en el crecimiento y en adultos anemias, descalcificación, abortos espontáneos, etc. Los cuadros más graves pueden derivar en hepatitis autoinmunes y crónicas y eventualmente cáncer del tracto digestivo.
En nuestro país se estima que 1 de cada 100 personas es celíaca, por lo cual es de gran importancia la detección temprana y el diagnóstico oportuno para mejorar la calidad de vida de quienes padezcan esta enfermedad.
El panorama se complica para estas personas si se tiene en cuenta el alto costo que tienen estos productos, el cual obedece a diferentes causas. Las empresas que elaboran esos productos sin tacc destacan, el alto valor de la materia prima que es importada (y citan como ejemplo la fécula de papa, que viene de Holanda o la mandioca de Brasil o Paraguay). Además sostienen que muchas de las empresas que fabrican estos alimentos, son pequeñas y no pueden generar productos a gran escala, lo que provoca el aumento del costo; y por último entienden que la misma dispersión del mercado, los hace, productos más caro por los costos de logística y distribución que ello implica.
Este proyecto apunta entonces a menguar los efectos del desequilibrio e inequidad que se da entre personas que padecen diferentes enfermedades, ya que si bien la celiaquía no requiere del suministro de medicamentos, sí requiere de un régimen dietario fácil de prescribir pero que a la hora de su cumplimiento tiene importantes barreras económicas.
Teniendo en cuenta que la Ley 23349 ha previsto exenciones respecto de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado a determinados productos, nos parece de toda justicia que estos alimentos libres de gluten gocen de la reducción del 50% de la alicuota.
Es que la necesidad de mejorar las condiciones de vida de quienes padecen algún tipo de enfermedad, deben ser una prioridad y una política de Estado, y entendemos en este caso que la propuesta puede resultar novedosa y equitativa para los enfermos celíacos que hoy por hoy no cuentan con ningún tipo de programas y/o planes desde el Estado que coadyuven a sobrellevar la dificultad económica que implica convivir con la enfermedad de celiaquía.
Dejamos constancia que el presente proyecto de ley fue presentado anteriormente el 30 de mayo del año 2018 (3311-D-2018), pero al no ser tratado en comisión ha perdido estado parlamentario.-
Por estas razones, solicitamos el acompañamiento y la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CAMPAGNOLI, MARCELA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
TORRES, IGNACIO AGUSTIN | CHUBUT | PRO |
WOLFF, WALDO EZEQUIEL | BUENOS AIRES | PRO |
FERRARO, MAXIMILIANO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
ENRIQUEZ, JORGE RICARDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
REZINOVSKY, DINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
REY, MARIA LUJAN | BUENOS AIRES | PRO |
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | PRO |
EL SUKARIA, SOHER | CORDOBA | PRO |
NANNI, MIGUEL | SALTA | UCR |
MANZI, RUBEN | CATAMARCA | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
RICCARDO, JOSE LUIS | SAN LUIS | UCR |
STILMAN, MARIANA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
JETTER, INGRID | CORRIENTES | PRO |
MENNA, GUSTAVO | CHUBUT | UCR |
SAHAD, JULIO ENRIQUE | LA RIOJA | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO MENNA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SAHAD (A SUS ANTECEDENTES) |