Marcela Campagnoli
Diputada de la Nación
COALICION CIVICA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5680-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA REMOCION DE DIVERSOS FUNCIONARIOS DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.
Fecha: 28/02/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional en los términos del art. 100 inciso 11 de la Constitución Nacional, informe a ésta H. Cámara de Diputados de la Nación, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Inspección General de Justicia (IGJ), acerca de los siguientes puntos:
1) Detalle cual fue la motivación del acto administrativo por el cual se desplazó de sus cargos en la Inspección General de Justicia al delegado administrativo Marcelo López; la directora de Sociedades Comerciales Adriana Vicente y la directora de Entidades Civiles Graciela Junqueira.
2) Indique cual será el cargo asignado y que funciones realizarán las personas aquí indicadas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente pedido de informes se funda en el conocimiento de distintas notas periodísticas que señalan que tres directores de la Inspección General de Justicia fueron desplazados de sus cargos, en una clara maniobra de represalia por ejercer sus labores de forma autónoma e independiente.
Una de las funciones que le corresponde al Inspector general, es ejecutar los actos propios de la competencia del organismo, e interpretar, con carácter general y particular, las disposiciones legales aplicables a los sujetos sometidos a su control, bajo un estricto control legal y administrativo.
Ante la existencia de un supuesto “incumplimiento” por parte del empleado, la Administración debe al menos expresar las razones fundadas por las cuales, realiza un cambio de tareas o directamente efectúa un despido. Atendiendo al principio de la “estabilidad” que tienen los empleados de planta permanente.
El Estado debe expresar en forma concreta las razones que inducen a emitir el acto, el cual deberá ser motivado, y deberá sustentarse en los hechos y antecedentes que le sirvan de causa y en el derecho aplicable. (Ley 19.549 - Art 7 inc. b. y e).
Así mismo, los tres directores afectados por esta medida, deben poder ejercer el derecho a impugnar el acto y darle la oportunidad de ser oído, producir prueba, emitir un dictamen jurídico y dictar una resolución fundada que decrete la cesantía de las labores y/o el cambio de funciones, ajustado siempre a un procedimiento legal.
El procedimiento aquí indicado no fue realizado y las razones fundadas no fueron invocadas ante los distintos desplazamientos o despidos indirectos efectuados, motivo por el cual se inicia este pedido de informes.
En este caso, los desplazamientos se efectúan en Directores de carrera, como es el caso de Graciela Junqueira, quien era la Directora de Entidades Civiles desde 2013, y era una funcionaria de carrera desde los años ’70, o el caso de la Directora de Sociedades Comerciales, Adriana Vicente, con casi 20 años de carrera dentro la de IGJ, que volvería a efectuar sus tareas en el área de precalificados, modificando sustancialmente su desempeño laboral, y finalmente el caso de Marcelo López, delegado administrativo, el cual estaba a cargo de sistema y de la mesa de entradas, con una larga carrera en la IGJ y mucho conocimiento técnico del organismo.
Además de estos desplazamientos arbitrarios, es llamativa la designación de la ex procuradora Alejandra Gils Carbó, como asesora del titular Ricardo Nissen, una funcionaria procesada por los delitos contra la administración pública, abuso de autoridad y nombramientos ilegales de cargos públicos, cuando ejercía su cargo al frente de la Procuración General de la Nación, ejecutando la misma metodología que aquí mismo se explicita.
Con el fin de una pronta resolución de lo planteado, es que solicito a mis pares la aprobación de esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | PRO |
CAMPAGNOLI, MARCELA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
FRADE, MONICA EDITH | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
TORRES, IGNACIO AGUSTIN | CHUBUT | PRO |
TORELLO, PABLO | BUENOS AIRES | PRO |
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