Marcela Campagnoli
Diputada de la Nación
COALICION CIVICA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 0380-D-2019
Sumario: ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA - LEY 25188 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 13, SOBRE INCOMPATIBILIDADES.
Fecha: 08/03/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Modificación a la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública N° 25.188.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Incorpórese como inciso c) al artículo 13 de la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública – Ley N° 25.188 – el siguiente:
“c) integrar o haber integrado hasta dos (2) años anteriores al nombramiento o asunción del cargo, cualquier órgano de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y/o asociaciones civiles u otras formas de organización societaria cuyos equipos participen de los torneos de fútbol de Primera División y Primera B Nacional.”
ARTÍCULO 2.- Cláusula transitoria. La presente ley entrará en vigencia a los dos años de su sanción.-
ARTÍCULO 3.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto propone reformar el artículo 13 de la Ley de Ética Pública, con el fin de establecer una incompatibilidad entre la anterior integración de los organismos de decisión de las asociaciones civiles u otras formas de organización societaria relacionados al fútbol en nuestro país y formar parte de una lista para acceder a un cargo nacional o ejercer la función pública en todos sus niveles y jerarquías.
Esta iniciativa surge a raíz de la politización que ha sufrido el fútbol en nuestro país y en el mundo en las últimas décadas, y de la necesidad de terminar con la circulación y doble pertenencia de aquellos políticos que actuan simultáneamente en el fútbol y en alguno de los ámbitos de la política tradicional. Tal como señala Verónica Moreira en su artículo Participación, poder y política en el fútbol argentino , “desde que el fútbol se convirtió en el gran espectáculo de masas y en el deporte más popular del país, los políticos argentinos se han acercado a él para promocionar su nombre. Es común encontrar a estas figuras participando de la vida cotidiana de los clubes (…) Los políticos que consiguen ocupar puestos de dirección en un club de fútbol generan una doble pertenencia: en representación de la institución y en representación del espacio del que provienen. Ellos agilizan la articulación entre dichos espacios sociales; articulación que está constituida por aquellos mecanismos conectivos que funcionan entre los distintos componentes de un sistema social y que canalizan la transmisión de la acción social y la circulación de bienes y servicios. Una persona influyente, simultáneamente posicionada en distintas esferas de actuación, puede activar una línea –de las múltiples conexiones y contactos que posee– para solucionar problemas que afectan a la institución deportiva que representa.”
Resulta imposible negar que con el paso del tiempo la relación entre la política y el fútbol afectó inevitablemente el funcionamiento de los clubes, sus dirigencias y por ende al deporte en sí mismo y a quienes buscan disfrutar de él.
El estudio denominado “Lavado de dinero en el sector del futbol” , el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Grupo de Acción Financiera de Sudamérica (GAFISUD) señalan que existen casos que ilustran el uso del futbol como vehículo para el lavado de las ganancias obtenidas por medio de actividades delictivas. Demuestran como, debido a la importancia cada vez mayor de este deporte en términos económicos, durante las últimas dos décadas el dinero comenzó a ejercer gradualmente una fuerte influencia sobre el mismo, provocando en algunos casos consecuencias negativas.
Dichos organismos internacionales sostienen que en la actualidad el deporte enfrenta nuevas amenazas y desafíos en todo el mundo, y que la afluencia internacional de dinero corre el riesgo de caer fuera del control de organizaciones nacionales y futbolísticas, ya que los flujos de fondos circulan dentro y fuera de paraísos fiscales y/o comprenden muchos países. Asimismo, se afirma que el crecimiento en la cantidad de transferencias o pases internacionales y las sumas de dinero que se gastan en la compra y venta de jugadores han implicado que cada vez más gente se encuentre involucrada en el sector; esta diversidad de partes interesadas y la circulación de dinero propicia el ocultamiento de actividades fraudulentas, en particular en la medida en que las operaciones y actividades delictivas se lleven a cabo en el exterior.
En este sentido, en el año 2012, La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció una serie de obligaciones que deben cumplir la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y los clubes cuyos equipos participen de los torneos de Primera División y Primera B Nacional. A través de las resoluciones 32/2012 y 196/2012, se estableció que estos clubes deben remitir a la AFA "documentación relativa a sus clientes, para que cuente con los elementos necesarios para el cumplimiento de sus obligaciones como sujeto obligado a informar" a la UIF.
Nuevamente, en torno a la relación entre fútbol y política y las distintas formas en que pueden capturarse los recursos en beneficio de ciertos sectores en particular, Verónica Moreira afirma en forma elocuente que esto puede darse en la acción de un funcionario que cumple un papel central en la adjudicación de los recursos y genera un tratamiento preferencial hacia el club de pertenencia: “Frente a los recursos del Estado, que siempre son escasos en relación con las demandas y necesidades de la población, el articulador procura una situación favorable para el grupo social con el que se identifica desviando recursos económicos y servicios del espacio que domina. En nuestro caso, es habitual que los políticos que no actúan en el campo deportivo ayuden a los clubes con los que tienen afinidad. Esto puede traducirse en colaboración de distinto tipo: aceleración de trámites burocráticos, asesoramiento sobre un proyecto, circulación de información, entrega de materiales, contacto con personas influyentes, etc. Considerar la dimensión de los sentimientos y la pasión de los políticos en relación con el fútbol nos permite pensar en motivaciones alternativas que conviven con las motivaciones más instrumentales señaladas arriba sobre las ganancias en el juego político.”
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, ambas ratificadas por nuestro país, buscan promover en los países firmantes la adopción de las normas necesarias para preservar la integridad de la función pública, promover la transparencia, prevenir conflictos de intereses y asegurar la preservación y el uso adecuado de los recursos asignados a los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones. En el mismo sentido, la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública establece dentro de los deberes y pautas de comportamiento ético de los funcionarios públicos, “velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular”.
Es en función de los compromisos asumidos por Argentina para luchar contra la corrupción y velar por los intereses de todos los ciudadanos a la hora de ejercer la función pública, que buscamos incorporar a la mencionada Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública la incompatibilidad para ejercer la función pública con “aquellas personas que hayan integrado hasta 24 meses anteriores cualquier órgano de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y/o asociaciones civiles u otras formas de organización societaria cuyos equipos participen de los torneos de fútbol de Primera División y Primera B Nacional.”
La presente incompatibilidad temporal no solo mejoraría la transparencia, sino que impedir un traspaso directo del “mundo del futbol” al “mundo de la política” es un paso necesario e ineludible a la hora de combatir la violencia en ambos espacios.
Es por esto y por todo lo expuesto, que solicitamos a nuestros pares el acompañamiento y la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
LOPEZ, JUAN MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
OLIVETO LAGO, PAULA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
LEHMANN, MARIA LUCILA | SANTA FE | COALICION CIVICA |
CAMPAGNOLI, MARCELA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
VERA GONZALEZ, ORIETA CECILIA | CATAMARCA | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
TERADA, ALICIA | CHACO | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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28/05/2019 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
12/06/2019 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA TERADA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA STILMAN (A SUS ANTECEDENTES) |