Diputados
Foto Diputada de la Nación Luana Volnovich

Luana Volnovich

Diputada de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2023 - 09/12/2027

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5495-D-2017

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA RESOLVER DIVERSOS INCONVENIENTES PRESENTADOS A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN LAS ELECCIONES PRIMARIAS SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS PARA LAS VOTACIONES DEL 22 DE OCTUBRE DE 2017.

Fecha: 12/10/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 146

Proyecto
Solicitar a la Cámara Nacional Electoral y Secretarías intervinientes, que concurra a esta Honorable Cámara e informe los modos en que dispone resolver para el 22 de octubre del presente año y en las instancias posteriores de elecciones de cualquier tipo, los inconvenientes que han atravesado las personas con discapacidad en las Elecciones Primarias Simultáneas y Obligatorias a la hora de emitir el sufragio, a fin de garantizar los derechos protegidos y promovidos por la Ley 26.378 que tiene rango constitucional, en el marco de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La convención sobre derechos de las personas con discapacidad, que fue aprobada en nuestro país por la Ley 26.378, dándole status constitucional, presenta en sus principios y articulado numerosas manifestaciones en favor de la no discriminación y el reconocimiento del ejercicio activo y productivo de las personas con discapacidad en las sociedades. Dentro de dicho ejercicio, el Artículo 29 explicita los derechos y responsabilidad vinculados con la participación en la vida política y pública, estableciendo: “Los Estados Partes garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás y se comprometerán a:
a) Asegurar que las personas con discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la vida política y pública en igualdad de condiciones con las demás, directamente o a través de representantes libremente elegidos, incluidos el derecho y la posibilidad de las personas con discapacidad a votar y ser elegidas (…)”.
En las recientes Elecciones Primarias Simultáneas y Obligatorias, distintas organizaciones de y con personas con discapacidad han manifestado su preocupación por haber recibido denuncias y vivido experiencias que consideran discriminatorias y faltas de apego a los derechos de las personas con discapacidad para emitir su sufragio.
Dentro de las dificultades fundamentales se encontraron, por una parte, con desconocimiento de las autoridades de mesa respecto de la normativa vigente, ante el cual se presentaron reacciones que cercenaron el derecho de las y los ciudadanos/as con discapacidad para ejercer su voto o constituyeron comentarios o expresiones inadecuadas y discriminatorias.
Por otra parte, los accesos y dispositivos propios del procedimiento de emisión del voto, en algunas escuelas no han cumplido con lo que la ley dispone, con ejemplos en los cuales no había rampas, o su improvisación puso en riesgo a quienes se movilizan con sillas o bastones; o impedimentos de acceso físico a boletas si las urnas se bajaron de pisos altos; o no se dispuso de un cuarto oscuro con la totalidad de las boletas; o se impidió el apoyo de persona de confianza de votantes con problemas visuales, entre tantos otros ejemplos de limitaciones a la accesibilidad o negación de la misma.
Por esos motivos, y como ejemplo, una organización con alta trayectoria y entramado territorial, que congrega numerosas y diversas organizaciones de personas con discapacidad y familiares, como REDI, Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad, ha manifestado y sugerido a la Cámara Nacional Electoral, sin respuesta al momento de presentación de este proyecto de resolución, sugerencias que son responsabilidad del Estado resolver y garantizar junto a otras correspondientes a la efectivización de los derechos y la Constitución Nacional. Citamos algunas de ellas:
En relación a las autoridades de mesa, capacitar y esclarecer que:
“- En cada establecimiento de votación debe haber un cuarto oscuro accesible, que se constituye en el más cercano al ingreso accesible de la escuela. De no contar con uno, debe improvisarse uno, bajando la urna, pero también toda la oferta electoral, a fin de que los electores con discapacidad o con movilidad reducida cuenten con todas las opciones disponibles”
- “Todas las personas que figuran en el padrón tienen derecho a votar, no corresponde a las autoridades de mesa emitir juicio de valor respecto de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”.
- “El voto asistido, constituye la posibilidad de que las personas con discapacidad o con alguna barrera a la hora de sufragar puedan ingresar al cuarto oscuro con una persona de su confianza. Si la persona desea ingresar con el/la presidente/a de mesa, también puede hacerlo, pero es la persona quien decide. El/la asistente, tan sólo debe exhibir su DNI, pero bajo ningún punto de vista deberá firmar el padrón”.
En este sentido, REDI también propone modificación de la Ley Electoral para que una personas pueda asistir a más de una persona con discapacidad, dejando a esta última la decisión de quien la acompaña.
Solicitan también que se emita información sobre propuestas electorales incluyendo la lengua de señas en las pautas publicitarias y considerar que los establecimientos que cuenten con ingreso accesible al momento de las votaciones, así como respetar y garantizar los apoyos adecuados para el ejercicio del sufragio.
Más allá del compromiso y aporte de las organizaciones de la sociedad civil, como los que presentan las arriba citadas, los cuales son necesarios y fundamentales; consideramos que es el Estado quien debe asumir la responsabilidad de garantizar lo que manda la Ley, con esos aportes y/o con los que considere necesarios, pero no puede eludir el cumplimiento de su obligación al respecto.
La solución no es acordar excluir a las personas con discapacidad o excusar su ausencia al ejercicio electoral, el Estado debe garantizar todos los medios de accesibilidad en las diversas instancias del proceso, conservando y garantizando trato igualitario, respeto a la dignidad, no discriminación y participación e inclusión plenas en la vida social y política.
Dado que la Cámara Nacional Electoral y las Secretarías intervinientes deben responder a las demandas efectuadas por las personas con discapacidad y el resto de la ciudadanía a la que esta Cámara representa, es menester que informen y den explicaciones acerca de los ajuste que han efectuado o deben efectuar de inmediato para que en las próximas Elecciones, de este año y subsiguientes, no se vean los derechos afectados.
Por lo expuesto, se solicita acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VOLNOVICH, LUANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RACH QUIROGA, ANALIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MAZURE, LILIANA AMALIA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO HUSS (A SUS ANTECEDENTES)