Diputados
Foto Diputado de la Nación Luciano Andrés Laspina

Luciano Andrés Laspina

Diputado de la Nación

PRO

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5875-D-2015

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO DE SITUACION DE LA EXPLOTACION DE LOS QUEBRACHALES PARA LA FABRICACION DE DURMIENTES PARA EL FERROCARRIL.

Fecha: 06/11/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 151

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros y los organismos pertinentes, informe a este cuerpo sobre los siguientes puntos referidos al estado de situación de la explotación de los quebrachales con el fin de la fabricación de durmientes para ferrocarril:
a. Teniendo en cuenta la pérdida de bosques nativos en Argentina, durante el siglo XX, que se calcula en un 70% de la superficie total de bosques nativos existente a principios de ese siglo, puede determinar ¿cuál es la superficie actual de bosques de quebracho colorado y blanco en el Parque Chaqueño, desde el 1º Inventario Nacional de Bosques Nativos (1998) a la fecha?
b. ¿Se puede precisar el motivo por el cual la partida presupuestaria destinada al Fondo para la Conservación de los Bosques Nativos, prevista en la Ley de bosques en un 0,3% del presupuesto y un 2% sobre las retenciones a las exportaciones agro - ganaderas y forestales, no se sustancia en los montos indicados y resultan casi 7 veces menos de lo que manda la ley?
c. ¿Cuáles son los criterios que aplica para la distribución de esa partida presupuestaria?
d. ¿Qué tipo de criterio se utiliza, actualmente, para evaluar la situación del Parque Chaqueño y sus especies protegidas, entre ellas el quebracho en sus especies: colorado y blanco?
e. ¿Cuántas provincias han dado cumplimiento a lo ordenado por la Ley de Bosques Nº: 26.331/07 y su Decreto Reglamentario 91/09, en cuanto a la realización del ordenamiento territorial de sus bosques nativos?
f. ¿Qué tipo de monitoreo lleva a cabo el gobierno nacional con respecto a los índices de deforestación de bosques nativos en el Parque Chaqueño, especialmente de las especies de quebracho?
g. ¿Qué sanciones se aplican para los incumplimientos sobre deforestación en zonas sometidas a prohibición?
h. ¿Qué criterios conservadoristas se aplican a fin de evitar la creciente y descontrolada extracción de quebrachos colorados y blancos, teniendo en cuenta que no se trata de un mineral y que de un quebracho, que demoró entre 60 y 80 años (tasa de crecimiento reducida) en desarrollarse se saca un durmiente de ferrocarril y medio?
i. ¿Qué planes de reforestación de las especies de quebracho utilizadas para la fabricación de postes, durmientes para ferrocarril, extracción de tanino, carbón se llevan a cabo en el Parque Chaqueño?
j. Teniendo en cuenta la exigencia de La Corporación Andina de Fomento (CAF) sobre la utilización de durmientes de ferrocarril de hormigón, ¿cuál es el motivo por el cual se abren licitaciones para la adquisición de durmientes de quebracho para la reparación de las vías del Ferrocarril Belgrano, de la línea Mitre, San Martín, Urquiza?
k. ¿Qué medidas tiene previstas el Gobierno Nacional para mitigar el impacto del uso de durmientes de hormigón armado, plástico y/o materiales reciclables, en la industria maderera que se encuentra radicada en el Parque Chaqueño?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente pedido de informe la preocupación manifestada por asociaciones civiles involucradas en la conservación de los Bosques Nativos; poblaciones de la región del Parque Chaqueño y de autoridades que observan con gran preocupación medidas que el Estado nacional toma respecto de la utilización de durmientes de quebracho colorado y blanco en la construcción y/o reparación de vías de distintas líneas de ferrocarril.
Teniendo en cuenta el bien jurídico protegido por nuestra Constitución Nacional en su art. 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales..."; y como contraparte el llamado a licitación para la compra de durmientes de madera, y que tales durmientes son extraídos de especies que crecen en áreas de bosques protegidos, sin que se lleven a cabo controles eficientes sobre la procedencia de la madera extraída.
La región forestal, donde crecen las especies de quebrachos es la más grande de Argentina, y se denomina: Parque Chaqueño, abarca una superficie aproximada de 67.495.995 hectáreas según Cartografía y Superficie de Bosques Nativos de Argentina, según datos del año 2002. Se extiende sobre 12 provincias: la totalidad de las provincias de Formosa, Chaco y Santiago del Estero; el norte de Santa Fe, San Luis y Córdoba; el este de Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, La Rioja y noreste de Corrientes En el Parque se reconocen cuatro subregiones: a) Chaco Húmedo; b) Chaco Semiárido; c) Chaco Árido y Chaco Serrano.
El Parque Chaqueño resulta el 58% de la superficie total del denominado Gran Chaco Americano que ocupa una superficie de 110 millones de hectáreas que comprende territorios de Bolivia y Paraguay. Las provincias involucradas no han cumplido adecuadamente la normativa vigente (Ley de Bosques) en cuanto a la prohibición de extracción de especies forestales de las definidas como zonas de alto y mediano valor de conservación (rojo y amarillo).
El "quebrachal", debido a la extracción extrema producida durante los siglos XIX y XX, se redujo en forma alarmante, sumado a esto, debe tenerse en cuenta la bajísima tasa de crecimiento de las especies de quebrachos. Actualmente, la deforestación que sufre la región hace que sea imprescindible que el Estado nacional y la sociedad en su conjunto valore el bosque nativo ya que el mismo no solo tiene un valor maderero, sino que resulta, entre otros, el hábitat de biodiversidad y reserva genética, regulador del agua, ámbito de recreación y turismo.
Tanto el quebracho colorado como el blanco tienen un uso maderero: durmientes, postes, carbón, leña, varillas, tablas, construcciones en general, y un uso no maderero: látex, tanino, curtiembre, farmacéutico, medicinal, forrajero, tintóreo, ornamental, veterinario.
Las licitaciones vigentes, para la compra de durmientes de quebracho, con fines de reparación y/o reconstrucción de líneas ferroviarias implicaría la tala de más de 200.000 quebrachos de entre 60 a 80 años de edad. La tala selectiva excesiva y la baja tasa de crecimiento del quebracho impacta progresivamente en la degradación del bosque y en la consecuente aparición de graves problemas ecológicos, económicos y sociales.
Argentina cuenta con leyes que protegen el medio ambiente, su fauna y su flora y corresponde a las provincias "... el dominio originario de los recursos existentes en su territorio". (artículo 124 de la Constitución Nacional) debe tenerse en cuenta que el bien jurídico protegido es la biodiversidad y es el Estado nacional quien debe velar y agotar todas las instancias tendientes al cuidado y conservación de la misma y ejercer las medidas de control y tutela sobre la misma (Ley Nº: 22.240).
El Parque Chaqueño fue históricamente el sustento de las poblaciones originarias, su tala indiscriminada ocasionó el traslado de las mismas a las zonas urbanas con los consecuentes problemas socioeconómicos.
La ausencia de controles sobre la biodiversidad de la región del Parque Chaqueño que: "...satisfaciendo las necesidades del presente..." ha puesto en grave peligro "...la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades.", ocasiona efectos negativos o significativos en el medio ambiente territorial: desaparición de especies autóctonas de la fauna y flora, económico: migración de poblaciones originarias a centros urbanos y social: crecimiento de los índices de pobreza, desocupación, problemas de salud, educación, entre otros.
La demanda de maderas para la construcción y combustible, la expansión de las vías férreas y la reparación de las existentes, eleva la actividad extractiva en los bosques de la zona tropical y subtropical donde se radica el Parque Chaqueño y la ausencia de planes de manejo basado en información local, en el uso de las masas forestales de la región produjo y produce un constante deterioro de las mismas dejando en los bosques solo ejemplares enfermos y/o malformados que se utilizan para la producción de leña y carbón vegetal. Lo expuesto indica que desaparecen no solo los ejemplares robustos que son seleccionados para uso forestal, sino también que la extracción avanzó sobre las especies que no exigen tamaño, calidad y sanidad de los árboles.
La creciente actividad ganadera de la región dificulta, además, el desarrollo de los renovales y el pisoteo intensivo del ganado desprotege más aún los suelos que quedan expuestos a la radiación solar y la erosión del agua y los vientos, con la lógica consecuencia del aumento de inundaciones, erosión y degradación de los suelos por la disminución de la capacidad de retención, infiltración del agua.
La actividad agrícola creciente en sobre el Parque Chaqueño, agrega al problema la contaminación por agroquímicos en las zonas desmontadas para la producción de soja, algodón y arroz. Los incendios son otra de las consecuencias de la deforestación y la falta de control sobre los bosques, sobre todo en la zona del Chaco Serrano.
De lo expuesto, se infiere la urgente necesidad de considerar que la región tiene potenciales capacidades de desarrollo si se revierten los problemas sociales y se valoran los recursos naturales existentes mediante manejos sustentables de los mismos
Teniendo presente que el derecho a un ambiente sustentable, goza de rango constitucional y que su cuidado y control es de jurisdicción nacional es que se plantea el presente pedido de informe basado en los argumentos explayados, resulta de importancia se emita respuesta a los solicitado en los puntos enumerados, con la finalidad de instar al Estado nacional a considerar el uso de durmientes de hormigón armado, material reciclado de plásticos y gomas, regulando presupuestos mínimos sobre la protección de las especies de quebracho destinados a la reparación y/o construcción de vías férreas a través del cumplimiento de las obligaciones que le son conferidas por la legislación vigente.
En consecuencia y apoyados en el derecho humano de acceso a la información pública que nos asiste a los ciudadanos argentinos, reglamentado por Ley 25.831 (Régimen de libre acceso a la información pública ambiental) y el Decreto 1172/ 2003, sobre el Acceso a la Información Pública, solicitamos se brinde la información requerida dentro del plazo fijado por los mismos.
Por todo lo expuesto, solicito a las señoras y señores diputados la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
LASPINA, LUCIANO ANDRES SANTA FE UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)