Luciano Andrés Laspina
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5875-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL ESTADO DE SITUACION DE LA EXPLOTACION DE LOS QUEBRACHALES PARA LA FABRICACION DE DURMIENTES PARA EL FERROCARRIL.
Fecha: 06/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 151
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros y los organismos
pertinentes, informe a este cuerpo sobre los siguientes puntos referidos al estado
de situación de la explotación de los quebrachales con el fin de la fabricación de
durmientes para ferrocarril:
a. Teniendo en cuenta la pérdida de
bosques nativos en Argentina, durante el siglo XX, que se calcula en un 70% de la
superficie total de bosques nativos existente a principios de ese siglo, puede
determinar ¿cuál es la superficie actual de bosques de quebracho colorado y
blanco en el Parque Chaqueño, desde el 1º Inventario Nacional de Bosques
Nativos (1998) a la fecha?
b. ¿Se puede precisar el motivo por el
cual la partida presupuestaria destinada al Fondo para la Conservación de los
Bosques Nativos, prevista en la Ley de bosques en un 0,3% del presupuesto y un
2% sobre las retenciones a las exportaciones agro - ganaderas y forestales, no se
sustancia en los montos indicados y resultan casi 7 veces menos de lo que manda
la ley?
c. ¿Cuáles son los criterios que aplica
para la distribución de esa partida presupuestaria?
d. ¿Qué tipo de criterio se utiliza,
actualmente, para evaluar la situación del Parque Chaqueño y sus especies
protegidas, entre ellas el quebracho en sus especies: colorado y blanco?
e. ¿Cuántas provincias han dado
cumplimiento a lo ordenado por la Ley de Bosques Nº: 26.331/07 y su Decreto
Reglamentario 91/09, en cuanto a la realización del ordenamiento territorial de sus
bosques nativos?
f. ¿Qué tipo de monitoreo lleva a cabo
el gobierno nacional con respecto a los índices de deforestación de bosques
nativos en el Parque Chaqueño, especialmente de las especies de quebracho?
g. ¿Qué sanciones se aplican para los
incumplimientos sobre deforestación en zonas sometidas a prohibición?
h. ¿Qué criterios conservadoristas se
aplican a fin de evitar la creciente y descontrolada extracción de quebrachos
colorados y blancos, teniendo en cuenta que no se trata de un mineral y que de un
quebracho, que demoró entre 60 y 80 años (tasa de crecimiento reducida) en
desarrollarse se saca un durmiente de ferrocarril y medio?
i. ¿Qué planes de reforestación de las
especies de quebracho utilizadas para la fabricación de postes, durmientes para
ferrocarril, extracción de tanino, carbón se llevan a cabo en el Parque
Chaqueño?
j. Teniendo en cuenta la exigencia de
La Corporación Andina de Fomento (CAF) sobre la utilización de durmientes de
ferrocarril de hormigón, ¿cuál es el motivo por el cual se abren licitaciones para la
adquisición de durmientes de quebracho para la reparación de las vías del
Ferrocarril Belgrano, de la línea Mitre, San Martín, Urquiza?
k. ¿Qué medidas tiene previstas el
Gobierno Nacional para mitigar el impacto del uso de durmientes de hormigón
armado, plástico y/o materiales reciclables, en la industria maderera que se
encuentra radicada en el Parque Chaqueño?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva el presente pedido de informe
la preocupación manifestada por asociaciones civiles involucradas en la
conservación de los Bosques Nativos; poblaciones de la región del Parque
Chaqueño y de autoridades que observan con gran preocupación medidas que el
Estado nacional toma respecto de la utilización de durmientes de quebracho
colorado y blanco en la construcción y/o reparación de vías de distintas líneas de
ferrocarril.
Teniendo en cuenta el bien jurídico
protegido por nuestra Constitución Nacional en su art. 41: "Todos los habitantes
gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades
presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de
preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de
recomponer. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la
utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio
natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales. Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los
presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para
complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales..."; y como
contraparte el llamado a licitación para la compra de durmientes de madera, y que
tales durmientes son extraídos de especies que crecen en áreas de bosques
protegidos, sin que se lleven a cabo controles eficientes sobre la procedencia de la
madera extraída.
La región forestal, donde crecen las
especies de quebrachos es la más grande de Argentina, y se denomina: Parque
Chaqueño, abarca una superficie aproximada de 67.495.995 hectáreas según
Cartografía y Superficie de Bosques Nativos de Argentina, según datos del año
2002. Se extiende sobre 12 provincias: la totalidad de las provincias de Formosa,
Chaco y Santiago del Estero; el norte de Santa Fe, San Luis y Córdoba; el este de
Salta, Tucumán, La Rioja, Catamarca, La Rioja y noreste de Corrientes En el
Parque se reconocen cuatro subregiones: a) Chaco Húmedo; b) Chaco Semiárido;
c) Chaco Árido y Chaco Serrano.
El Parque Chaqueño resulta el 58%
de la superficie total del denominado Gran Chaco Americano que ocupa una
superficie de 110 millones de hectáreas que comprende territorios de Bolivia y
Paraguay. Las provincias involucradas no han cumplido adecuadamente la
normativa vigente (Ley de Bosques) en cuanto a la prohibición de extracción de
especies forestales de las definidas como zonas de alto y mediano valor de
conservación (rojo y amarillo).
El "quebrachal", debido a la
extracción extrema producida durante los siglos XIX y XX, se redujo en forma
alarmante, sumado a esto, debe tenerse en cuenta la bajísima tasa de crecimiento
de las especies de quebrachos. Actualmente, la deforestación que sufre la región
hace que sea imprescindible que el Estado nacional y la sociedad en su conjunto
valore el bosque nativo ya que el mismo no solo tiene un valor maderero, sino que
resulta, entre otros, el hábitat de biodiversidad y reserva genética, regulador del
agua, ámbito de recreación y turismo.
Tanto el quebracho colorado como el
blanco tienen un uso maderero: durmientes, postes, carbón, leña, varillas, tablas,
construcciones en general, y un uso no maderero: látex, tanino, curtiembre,
farmacéutico, medicinal, forrajero, tintóreo, ornamental, veterinario.
Las licitaciones vigentes, para la
compra de durmientes de quebracho, con fines de reparación y/o reconstrucción
de líneas ferroviarias implicaría la tala de más de 200.000 quebrachos de entre 60
a 80 años de edad. La tala selectiva excesiva y la baja tasa de crecimiento del
quebracho impacta progresivamente en la degradación del bosque y en la
consecuente aparición de graves problemas ecológicos, económicos y sociales.
Argentina cuenta con leyes que
protegen el medio ambiente, su fauna y su flora y corresponde a las provincias "...
el dominio originario de los recursos existentes en su territorio". (artículo 124 de la
Constitución Nacional) debe tenerse en cuenta que el bien jurídico protegido es la
biodiversidad y es el Estado nacional quien debe velar y agotar todas las
instancias tendientes al cuidado y conservación de la misma y ejercer las medidas
de control y tutela sobre la misma (Ley Nº: 22.240).
El Parque Chaqueño fue
históricamente el sustento de las poblaciones originarias, su tala indiscriminada
ocasionó el traslado de las mismas a las zonas urbanas con los consecuentes
problemas socioeconómicos.
La ausencia de controles sobre la
biodiversidad de la región del Parque Chaqueño que: "...satisfaciendo las
necesidades del presente..." ha puesto en grave peligro "...la capacidad de las
generaciones futuras para atender sus propias necesidades.", ocasiona efectos
negativos o significativos en el medio ambiente territorial: desaparición de especies
autóctonas de la fauna y flora, económico: migración de poblaciones originarias a
centros urbanos y social: crecimiento de los índices de pobreza, desocupación,
problemas de salud, educación, entre otros.
La demanda de maderas para la
construcción y combustible, la expansión de las vías férreas y la reparación de las
existentes, eleva la actividad extractiva en los bosques de la zona tropical y
subtropical donde se radica el Parque Chaqueño y la ausencia de planes de manejo
basado en información local, en el uso de las masas forestales de la región produjo
y produce un constante deterioro de las mismas dejando en los bosques solo
ejemplares enfermos y/o malformados que se utilizan para la producción de leña y
carbón vegetal. Lo expuesto indica que desaparecen no solo los ejemplares
robustos que son seleccionados para uso forestal, sino también que la extracción
avanzó sobre las especies que no exigen tamaño, calidad y sanidad de los
árboles.
La creciente actividad ganadera de la
región dificulta, además, el desarrollo de los renovales y el pisoteo intensivo del
ganado desprotege más aún los suelos que quedan expuestos a la radiación solar
y la erosión del agua y los vientos, con la lógica consecuencia del aumento de
inundaciones, erosión y degradación de los suelos por la disminución de la
capacidad de retención, infiltración del agua.
La actividad agrícola creciente en
sobre el Parque Chaqueño, agrega al problema la contaminación por agroquímicos
en las zonas desmontadas para la producción de soja, algodón y arroz. Los
incendios son otra de las consecuencias de la deforestación y la falta de control
sobre los bosques, sobre todo en la zona del Chaco Serrano.
De lo expuesto, se infiere la urgente
necesidad de considerar que la región tiene potenciales capacidades de desarrollo
si se revierten los problemas sociales y se valoran los recursos naturales existentes
mediante manejos sustentables de los mismos
Teniendo presente que el derecho a
un ambiente sustentable, goza de rango constitucional y que su cuidado y control
es de jurisdicción nacional es que se plantea el presente pedido de informe basado
en los argumentos explayados, resulta de importancia se emita respuesta a los
solicitado en los puntos enumerados, con la finalidad de instar al Estado nacional a
considerar el uso de durmientes de hormigón armado, material reciclado de
plásticos y gomas, regulando presupuestos mínimos sobre la protección de las
especies de quebracho destinados a la reparación y/o construcción de vías férreas
a través del cumplimiento de las obligaciones que le son conferidas por la
legislación vigente.
En consecuencia y apoyados en el
derecho humano de acceso a la información pública que nos asiste a los
ciudadanos argentinos, reglamentado por Ley 25.831 (Régimen de libre acceso a
la información pública ambiental) y el Decreto 1172/ 2003, sobre el Acceso a la
Información Pública, solicitamos se brinde la información requerida dentro del
plazo fijado por los mismos.
Por todo lo expuesto, solicito a las
señoras y señores diputados la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN | SANTA FE | UNION PRO |
LASPINA, LUCIANO ANDRES | SANTA FE | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |