Luciano Andrés Laspina
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5039-D-2015
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LAS VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS Y A LAS INSTITUCIONES DEL SISTEMA DEMOCRATICO EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Fecha: 16/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123
Una gran preocupación por las
sistemáticas violaciones a los derechos humanos, al debido proceso y a las
instituciones del sistema democrático en la República Bolivariana de
Venezuela.
Instar a todos los estados a
manifestar su rechazo a las violaciones de derechos humanos en la República
Bolivariana de Venezuela y a exigir el amplio respeto del sistema democrático y la
inmediata liberación de Leopoldo López y de todos los presos políticos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación política y social que viven
los ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela es crítica, alarmante y,
lamentablemente, no pareciera poder resolverse en el corto plazo. Desde hace
años y en especial desde el fallecimiento del presidente Hugo Chávez, la violencia
política no ha hecho más que incrementarse. Por ello, he presentado en esta
Honorable Cámara varios proyectos expresando preocupación y repudio a esta
situación (3249-D-2015, 69-D-2015, 10029 - D-2014, 776-D-2014, 770-D-2014).
Desde aquella fecha hasta hoy, el terror ha crecido desmesuradamente y cada día
se agrava aún más.
El pasado jueves 10 de septiembre de
2015 se produjo otro hecho más en la larga lista de injusticias, tormentos y abuso
de poder que viven los ciudadanos de Venezuela: el dirigente opositor Leopoldo
López fue condenado a 13 años, 9 meses, 7 días y 12 horas de prisión por el
tribunal que lo juzga en primera instancia. López fue acusado de instigación
pública, asociación para delinquir, daños a la propiedad e incendio, con relación a
los hechos violentos al final de una marcha contra el gobierno de Nicolás Maduro
en febrero de 2014, en la cual fallecieron tres personas, hubo decenas de heridos
y daños a infraestructuras oficiales. El juicio en donde se acusaba a Leopoldo
López y tres estudiantes venezolanos, estuvo marcado por gravísimas violaciones
del debido proceso, y no se aportaron pruebas que vinculen a los acusados con
ningún delito. El derecho venezolano y los estándares internacionales de derechos
humanos disponen que, salvo en circunstancias extraordinarias, los procesos
penales deben ser públicos. Sin embargo, no se permitió que miembros del público
-incluidos periodistas y observadores internacionales- estuvieran presentes
durante todo el juicio (Fuente:
https://www.hrw.org/es/news/2015/09/10/venezuela-condenan-injustamente-
lider-de-la-oposicion).
Más aún, medio de la cobertura a la
audiencia de culminación del juicio fueron hostigados un grupo de alrededor 20
periodistas de medios nacionales e internacionales y de los cuales cinco fueron
agredidos (Fuente: http://www.espaciopublico.org/index.php/noticias)
Para Amnistía Internacional, Leopoldo
López es "un prisionero de consciencia y debe ser liberado inmediata e
incondicionalmente. Los cargos contra el dirigente opositor nunca fueron
adecuadamente sustanciados y la sentencia de prisión en su contra tiene una clara
motivación política. Su único 'crimen' es ser líder de un partido opositor en
Venezuela. Nunca debió haber sido arrestado arbitrariamente o enjuiciado"
(Fuente: http://www.amnistia.org.ar/noticias-y-documentos/archivo-de-
noticias/venezuela-16).
La ONG internacional Human Rights
Watch señaló respecto a la situación en Venezuela "durante el liderazgo del
Presidente Chávez, y ahora del Presidente Nicolás Maduro, la acumulación de
poder en el ejecutivo y el deterioro de las garantías de derechos humanos han
permitido que el gobierno intimide, censure y enjuicie a sus críticos. Si bien
algunos venezolanos todavía expresan críticas al gobierno, la posibilidad de
enfrentar represalias -a través de acciones estatales arbitrarias o abusivas- ha
debilitado la independencia judicial, y ha obligado a periodistas y defensores de
derechos humanos a medir las consecuencias de publicar información u opiniones
críticas sobre el gobierno. El abuso policial, las condiciones deficientes en centros
penitenciarios y la impunidad en casos de abusos cometidos por miembros de las
fuerzas de seguridad continúan siendo materia de profunda preocupación"
(Fuente: https://www.hrw.org/es/americas/venezuela).
La última visita de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "CIDH") a Venezuela se llevó a
cabo en mayo de 2002 y en el informe del año 2009 y del año 2014 la CIDH instó
a Venezuela a permitir una visita in loco. El informe de la CIDH refleja que el
Estado se ha negado a permitir una visita de la CIDH a Venezuela, lo cual no sólo
afecta las facultades asignadas a la Comisión como órgano principal de la OEA
para la promoción y protección de los derechos humanos, sino que además debilita
gravemente el sistema de protección creado por los Estados Miembros de la
Organización. (Fuente: http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2014/indice.asp) El
30 de Abril de 2012 el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo
Chávez, le solicitó al Consejo de Estado analizar la posibilidad de retiro de
Venezuela de la CIDH, decisión que se concretó el día 10 de Septiembre de 2012
mediante la comunicación oficial realizada ante la Secretaría General de la OEA,
depositando el instrumento de denuncia a la Convención. Dicha decisión entró en
vigencia a partir del 10 de septiembre de 2013. La decisión configura un retroceso
y las y los venezolanos han perdido una instancia para la protección de sus
derechos, y cuentan con menos recursos para defenderse. Como Estado miembro
de la OEA, Venezuela continúa sujeta a la competencia de la Comisión y las
obligaciones que le imponen la Carta de la OEA y la Declaración Americana sobre
Derechos y Deberes del Hombre.
PRESOS POLITICOS Y HUELGA DE
HAMBRE:
En horas de la noche del miércoles 12
de febrero de 2014, el Tribunal 16 de Control del Área Metropolitana de Caracas
emitió una orden de aprehensión No. 007-14, ordenando al Servicio Bolivariano de
Inteligencia la detención de Leopoldo López y el allanamiento de su
residencia.
El 18 de febrero siguiente, Leopoldo
López fue detenido por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana, quienes lo
trasladaron en una tanqueta militar a una cárcel militar (Centro Nacional de
Procesados Militares, conocido como "Ramo Verde") a las afueras de Caracas, en
compañía del Presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello . El 5 de junio
de 2014, fue admitida la acusación presentada por el Ministerio Público en contra
del señor López Mendoza y se ordenó el pase del proceso a juicio. El Tribunal
también ratificó la medida privativa de libertad en su contra y que la misma siga
siendo cumplida en la cárcel de Ramo Verde.
Por su parte, el 19 de Marzo de 2014,
Daniel Ceballos habría sido detenido por presunta rebelión civil y agavillamiento.
Luego, el 18 de mayo de 2015, las autoridades de la cárcel militar de Ramo Verde
habían emitido una boleta de sanción disciplinaria contra Daniel Ceballos,
consistente en "reclusión en la propia celda de aislamiento hasta por quince días
sin que ello implique incomunicación absoluta" debido a que el 15 de mayo de
2015 había dado una entrevista telefónica a una emisora de radio.
En agosto de 2014, el Grupo de
Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas determinó que las
detenciones de Leopoldo López y de Daniel Ceballos fueron arbitrarias, y en
consecuencia recomendó al Gobierno de Venezuela que dispusiera su inmediata
libertad. Leopoldo López, líder del partido opositor Voluntad Popular, está preso
desde febrero de 2014 acusado de instigación pública y asociación para delinquir,
en relación con las manifestaciones de protesta que tuvieron lugar ese mes en
Venezuela. Por su parte, Daniel Ceballos, otro líder del mismo partido opositor y ex
alcalde de San Cristóbal, fue detenido en marzo de 2014 y condenado a 12 meses
de prisión por desacato a la medida ordenada por el Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ) de impedir la colocación de barricadas durante las protestas. Al cumplirse los
12 meses de prisión, el TSJ informó que continuaría preso, ahora en forma
preventiva, mientras se realiza el juicio por rebelión y asociación para
delinquir.
En Abril de 2015 la CIDH ha dictado
una medida cautelar mediante la cual solicitó al Estado de Venezuela que adoptara
las medidas necesarias para preservar la vida e integridad personal de Leopoldo
López y Daniel Ceballos; que asegure que las condiciones de detención de los
beneficiarios se adecuen a estándares internacionales; y que concierte las medidas
a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes, la que hasta el momento
viene siendo incumplida. (http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2015/MC335-
14-ES.pdf)
LIBERTAD DE EXPRESIÓN:
El informe anual de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (año 2014) indica que: "En relación con el
derecho a la libertad de expresión, la CIDH ha identificado que en Venezuela no se
registra un clima de tolerancia en el cual se favorezca la activa participación e
intercambio de ideas de los diversos sectores de la sociedad, y que diversos
factores como los actos de violencia en contra de periodistas y medios de
comunicación en relación con su trabajo, así como las declaraciones
descalificatorias de altos funcionarios públicos, configuran un escenario restrictivo
que inhibe el libre ejercicio de la libertad de expresión como condición de una
democracia fundada en el pluralismo y la deliberación pública. Además, la
Comisión ha identificado también como uno de los desafíos para el ejercicio mismo
de la democracia en Venezuela la falta de mecanismos para el acceso a la
información pública sobre la gestión de los órganos del Estado así como respecto
de las cifras que permiten evaluar la efectiva vigencia de los derechos
humanos"
A esto debemos sumar que en Junio
de 2015, un camarógrafo venezolano fue arrojado desde un segundo piso por
varios miembros de grupos chavistas que tomaron la Alcaldía Mario Briceño
Iragory de Maracay, en el estado de Aragua, sembrando el terror entre los
presentes. (http://www.clarin.com/mundo/Venezuela-alcaldia-opositora-
empleados-primer_0_1369663106.html)
En la Resolución del Parlamento
Europeo, de 18 de diciembre de 2014, sobre la persecución de la oposición
democrática en Venezuela (2014/2998(RSP)) se ha expresado en los siguientes
términos:
"1. Manifiesta su profunda
preocupación por el agravamiento de la situación en Venezuela y condena el
encarcelamiento de manifestantes pacíficos, estudiantes y líderes de la oposición;
insta a la liberación inmediata de las personas encarceladas arbitrariamente, de
acuerdo con las solicitudes realizadas por diversos organismos de las Naciones
Unidas y organizaciones internacionales;
2. Condena rotundamente la
persecución política y la represión de la oposición democrática, las violaciones de
las libertades de expresión y de manifestación, y la existencia de censura en los
medios de comunicación y páginas web;
3. Condena rotundamente el uso de
la violencia contra los manifestantes; expresa sus sinceras condolencias a las
familias de las víctimas; pide a las autoridades de Venezuela que investiguen esos
crímenes y exijan responsabilidades a sus autores sin dejar margen alguno a la
impunidad;
4. Alienta a todas las partes a
mantener un diálogo pacífico que abarque a todos los estamentos de la sociedad
venezolana para definir los puntos de convergencia y permitir que los
interlocutores políticos debatan los problemas de mayor gravedad que afronta el
país; pide a todas las partes involucradas que eviten una escalada de la violencia,
y recuerda al Gobierno de Venezuela que un diálogo constructivo resulta imposible
mientras los líderes de la oposición están encarcelados de modo arbitrario;
5. Pide a las autoridades venezolanas
que desarmen y disuelvan inmediatamente a las asociaciones y los grupos
armados descontrolados progubernamentales, y que pongan fin a su
impunidad;
6. Recuerda al Gobierno de
Venezuela su responsabilidad a la hora de velar por que todos los juicios se
desarrollen conforme a las normas internacionales; reitera que el respeto del
principio de la separación de poderes es fundamental en un régimen democrático,
y que el sistema judicial no puede ser utilizado por las autoridades como medio de
persecución política y de represión de la oposición democrática; pide a las
autoridades venezolanas que retiren los cargos infundados y las órdenes de
detención contra políticos de la oposición, y que garanticen la seguridad de todos
los ciudadanos del país, independientemente de sus opiniones o adscripciones
políticas;".
(http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?type=TA&reference=P8-TA-
2014-0106&language=ES)
Por su parte, al término de la octava
sesión plenaria de la Asamblea Parlamentaria EuroLat, Jáuregui pidió a las
instituciones venezolanas, los partidos políticos y todos los dirigentes del país que
respeten "las reglas democráticas en el ejercicio de sus respectivas
responsabilidades", y recordó que "el libre juego democrático es incompatible con
la existencia de presos políticos". (http://www.europarl.europa.eu/news/es/news-
room/content/20150605IPR63368/html/Eurolat-J%C3%A1uregui-muestra-su-
enorme-preocupaci%C3%B3n-por-la-situaci%C3%B3n-en-Venezuela)
En Colombia, más de 30 miembros
del Congreso han firmado una nota enviada a la OEA solicitando la activación de la
Carta Democrática a causa de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos
que ocurren en el estado de Venezuela. El artículo 3 de la Carta Democrática
Interamericana dispone que son elementos esenciales de la democracia
representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos. Asimismo, los
artículos siguientes contemplan un procedimiento para evaluar la situación actual
de un estado miembro de la OEA y en todo caso se faculta a la OEA para tomar
decisiones al respecto.
Estados Unidos ya ha planteado
invocar la Carta Democrática, en los siguientes términos: "El secretario de Estado,
John Kerry, dijo que Estados Unidos está preparado, de ser necesario, a invocar la
Carta Democrática de la OEA a raíz de la situación política en Venezuela, incluidas
posibles sanciones." (http://www.elfinanciero.com.mx/mundo/eu-invocaria-carta-
democratica-de-oea-por-venezuela.html)
La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos instó en diversas oportunidades al Estado de Venezuela a
buscar soluciones pacíficas a su actual problemática y a generar un diálogo con la
oposición dentro del marco de la democracia, el Estado de Derecho y la plena
vigencia de los derechos humanos.
(http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/015.asp
Lamentablemente, los hechos
ocurridos el pasado 10 de septiembre agravan aún más la situación política y social
de Venezuela. En la República Bolivariana de Venezuela se produjo una ruptura del
orden democrático, iniciada con la denuncia del Sistema Internacional de
Protección de Derechos Humanos y que continúa y ha desencadenado en los
hechos de violencia, censura y represión ocurridos. Por las situaciones aquí
descriptas, podemos afirmar enfáticamente que se ha blanqueado la dictadura. Por
ello, solicitamos al Poder Ejecutivo repudiar, condenar y pedir la libertad de López
y de todos los presos políticos.
Resulta necesario que Venezuela se
abra al diálogo pacífico con la oposición, re-estableciendo un marco democrático y
es responsabilidad de los Estados de la Región y del mundo condenar las prácticas
antidemocráticas por todos los mecanismos posibles que se encuentren a su
alcance.
Por todo lo expuesto, es que pedimos
el acompañamiento de las señoras y los señores legisladores al presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
LASPINA, LUCIANO ANDRES | SANTA FE | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
MAC ALLISTER, CARLOS JAVIER | LA PAMPA | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |