Karina Banfi
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 2912-D-2017
Sumario: INCORPORASE AL FORMATO ACTUAL DEL DOCUMENTO UNICO DE IDENTIDAD Y DEL PASAPORTE EL MAPA BICONTINENTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Fecha: 01/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
INCORPORACIÓN AL FORMATO ACTUAL DEL DOCUMENTO ÚNICO DE IDENTIDAD Y DEL PASAPORTE EL MAPA BICONTINENTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Artículo 1º: Incorpórese al formato actual del Documento Único de Identidad y del Pasaporte el Mapa Bicontinental de la República Argentina.
Artículo 2°: Los cambios propuestos en el artículo precedente deberán realizarse a partir de la promulgación de la presente Ley, siendo totalmente válidos los formatos anteriormente emitidos, se adicionará tal cambio cuando se produzca la renovación o vencimiento de los citados documentos.
Artículo 3°: La autoridad de aplicación de la presente será el Ministerio del Interior.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. con el objeto de someter a su consideración el presente proyecto de ley denominado “incorporación al formato actual del documento único de identidad y del pasaporte el mapa Bicontinental de la República Argentina”, el cual propone agregar en el reverso del Documento Único Nacional (DU), como así también del Pasaporte, como símbolo de identidad y visualización nacional e internacional la extensión e integridad territorial de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”.
El presente proyecto de Ley se fundamenta en una serie de presupuestos desarrollados por el marco legal y vigente, como asi también de la integridad territorial soberana de la República Argentina, dentro del cual se puede citar:
1) la Ley Nacional N° 23.775, complementada por la Ley 26.552 denominada “Provincialización del Territorio de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”, en cuyo articulado postula no solo los términos que denominan a la citada provincia sino también su extensión jurisdiccional.
2) Por su parte la Ley 22.963 el mapa bicontinental de la República Argentina que fuera confeccionado por el ex Instituto Geográfico Militar -actualmente Instituto Geográfico Nacional- la cual hace referencia a “la representación del Territorio Continental, Insular y Antártico de la República Argentina, editada en el país en forma literaria o gráfica con cualquier formato y finalidad, así como la proveniente del extranjero destinada a ser distribuida en el país, deberá ajustarse estrictamente a la cartografía oficial establecida por el Poder Ejecutivo Nacional a través del citado organismo”.
3) La Ley 26.206 “Ley Nacional de Educación” y la Ley Nacional 26.651, las cuales hacen referencia a la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo como así también en su exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales, el mapa bicontinental de la República Argentina, el cual muestra la Antártida Argentina en su real proporción con relación al sector continental e insular”
Asimismo, se pueden citar una serie de referencias a la Constitución provincial en cuyo preámbulo expone “El Pueblo de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a través de sus representantes reunidos en Convención Constituyente, declarándose como parte de la Patagonia, y con el objeto de ratificar su indisoluble integración a la Nación Argentina’, recién hace una referencia jurídica de él en el primer y segundo párrafo del Art 1, donde dice: ‘La Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, como parte integrante de la República Argentina y de acuerdo con el régimen democrático y federal establecido por la Constitución Nacional, que es su ley suprema, organiza su Gobierno bajo la forma republicana y representativa. Su nombre oficial es el mencionado precedentemente’.”
Las normativas arriban mencionadas destacan la verdadera extensión de la provincia y estrechamente vinculados con los intereses soberanos de la Nnación. Para lo cual es indispensable contar que en el Documento Único Nacional y en el Pasaporte se incluya la totalidad del territorio argentino, lo cual refiere a los legítimos reclamos soberanos.
Este proyecto de ley promueve enmendar el error incurrido en el reverso de los citados documentos, donde no se encuentran representados una importante porción del territorio nacional y de la mayor proporción de los territorios de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Además, cabe destacar que el D.U tiene una importancia significativa dentro del marco Regional y Subregional donde el Estado Nacional ha promovido una serie de acuerdos internacionales donde los titulares de un documento argentino puedan ingresar sin pasaporte a los países que suscribieron dichos acuerdos, particularmente dentro del marco del MERCOSUR. Por ello, no solo es un icono a nivel interno sino también de visualización internacional.
Por otro lado, es licito destacar que si bien las discusiones territoriales en relación a la Antártida han quedado relegadas a un segundo plano producto de los distintos acuerdos internacionales. No obstante, a ello, se reconoce la presencia ininterrumpida de la Republica Argentina en el citado continente desde 1904, siendo la primera nación del mundo en establecer una base allí permanente.
En estas líneas se erige el presente proyecto y por los motivos antes expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ROMA, CARLOS GASTON | TIERRA DEL FUEGO | UNION PRO |
SORGENTE, MARCELO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
PRETTO, PEDRO JAVIER | CORDOBA | UNION PRO |
MARTINEZ, ANA LAURA | SANTA FE | UNION PRO |
ECHEGARAY, ALEJANDRO CARLOS AUGUSTO | BUENOS AIRES | UCR |
VILLALONGA, JUAN CARLOS | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
PATIÑO, JOSE LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
MAQUIEYRA, MARTIN | LA PAMPA | UNION PRO |
BANFI, KARINA | BUENOS AIRES | UCR |
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