Karina Banfi
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1660-D-2017
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. MODIFICACION DEL ARTICULO 61 SOBRE CREACION DE LA COMISION DE GENERO E INCORPORACION DEL 101 SEPTIES, SOBRE COMPETENCIA.
Fecha: 12/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 28
Artículo 1°: Creación. Créase en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación la “Comisión de Género”.
Artículo 2°: Modifícase el artículo 61° del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Nación (T.O. por Resolución 2019/96 del 26/12/1996 de la Presidencia de la HCDN), conforme el siguiente texto:
Artículo 61. Las comisiones permanentes de asesoramiento de la Cámara serán las siguientes:
1. ASUNTOS CONSTITUCIONALES
2. LEGISLACION GENERAL
3. RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
4. PRESUPUESTO Y HACIENDA
5. EDUCACION
6. CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
7. CULTURA
8. JUSTICIA
9. PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
10. ACCION SOCIAL Y SALUD PÚBLICA
11. FAMILIA, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
12. DE LAS PERSONAS MAYORES
13. LEGISLACION PENAL
14. LEGISLACION DEL TRABAJO
15. DEFENSA NACIONAL
16. OBRAS PÚBLICAS
17. AGRICULTURA Y GANADERIA
18. FINANZAS
19. INDUSTRIA
20. COMERCIO
21. ENERGIA Y COMBUSTIBLES
22. COMUNICACIONES E INFORMATICA
23. TRANSPORTES
24. ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL
25. ASUNTOS MUNICIPALES
26. INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
27. VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
28. PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
29. JUICIO POLITICO
30. RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
31. TURISMO
32. ECONOMIA
33. MINERIA
34. PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
35. ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVIS.
36. POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
37. DEPORTES
38. DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
39. ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES
40. MERCOSUR
41. PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
42. DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
43. SEGURIDAD INTERIOR
44. LIBERTAD DE EXPRESION
45. DISCAPACIDAD
46. GENERO
El número de integrantes de las comisiones será determinado por la Honorable Cámara entre un mínimo de quince (15) y un máximo de treinta y un (31) diputados, con excepción de las Comisiones de Asuntos Constitucionales, de Educación, de Energía y Combustibles, de Agricultura y Ganadería, que estarán compuestas por un mínimo de quince (15) y un máximo de treinta y cinco (35) diputados, la Comisión de Relaciones Exteriores con un mínimo de quince (15) diputados y un máximo de cuarenta y tres (43) diputados, y la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que estará compuesta por un mínimo de quince (15) y un máximo de cuarenta y nueve (49) diputados.
Artículo 3°.- Incorpórase como artículo 101 (septies) del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Nación (T.O. por Resolución 2019/96 del 26/12/1996 de la Presidencia de la HCDN), el siguiente texto:
ARTÍCULO 101(septies): Compete a la Comisión de Género dictaminar sobre todo asunto concerniente a la vigencia, promoción, defensa y difusión de los derechos de todas las personas en lo relativo al género, así como sobre proyectos y políticas tendientes a prevenir, erradicar y sancionar la violencia de género, garantizar la igualdad real entre las personas y todas aquellas iniciativas vinculadas con la plena vigencia de los derechos humanos y garantías reconocidos por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, y demás legislación vigente en la materia; debiendo efectuar el seguimiento del cumplimiento de las leyes, decretos, resoluciones y cualquier otro instrumento relativo a la temática. La Comisión de Género coordinará su actividad con los titulares de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos humanos, el Consejo Nacional de la Mujer y con el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. "
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de resolución tiene por objeto la incorporación dentro de las comisiones permanentes de asesoramiento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, la Comisión de Género, con el fin de abordar las cuestiones de género y promover cambios trascendentes en la sociedad en la que vivimos y de la cual somos parte.
En tal sentido consideramos de suma importancia realizar acciones desde el Poder Legislativo para impartir cambios culturales que conduzcan a eliminar las desigualdades existentes por motivos de género. La posibilidad de tener dentro de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación una comisión que trate las temáticas concernientes al género garantiza un espacio de análisis y discusión de proyectos que servirán para la profundización de la lucha contra la violencia y todo acto de discriminación.
Resulta fundamental que se inserte la temática de “género” desde una perspectiva autónoma que permita brindar un espacio estratégico a los efectos de reivindicar la igualdad de todas las personas y transformar la esencia patriarcal de la sociedad en que vivimos.
Es necesario tener presente que actualmente las cuestiones de género no son tratadas por una comisión que tenga esta finalidad específica, sino que diluyen en las comisiones de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia o de derechos humanos entre otras. Sin perjuicio de la estrecha relación existente entre estas temáticas y las cuestiones de género no podemos reconocer que el abordaje de estas sea realizado con la perspectiva apropiada. Basta con ejemplificar la situación de la comisión de Familia, que incluye a la mujer como un elemento de esta y no como un actor titular de necesidades autónomas. A su vez, es imposible contemplar en desde estas las problemáticas específicas de la comunidad LGBTIQ.
Existen en nuestro país diversos ejemplos de proyección o creación en las legislaturas locales y provinciales de comisiones de género donde se tratan problemáticas vinculadas con la temática, promoviendo así cambios estructura social que conduzcan a reducir las desigualdades y eliminar las barreas estructurales que actualmente conllevan a la discriminación y a los actos de violencia.
Desde el ámbito educativo, diversas universidades y escuelas cuentan con comisiones de género que debaten y promueven acciones en pos de la equidad y la igualdad de oportunidades y de trato basado en el género.
La incorporación de una perspectiva de género es una estrategia aceptada a nivel mundial para promover la igualdad y velar por la inclusión de las perspectivas de género en todas las esferas de la sociedad.
En nuestro país, la Ley 26.743 sancionada en el año 2012 define como identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.
Tanto desde el punto de vista social como el académico está cada vez más aceptado que los cromosomas, las hormonas, las gónadas, las estructuras sexuales internas y los genitales externos presentan una diversidad mucho mayor de lo que se cree, lo que pone en duda la división estricta en dos sexos.
Un caso reciente que abre la puerta a nuevas discusiones sobre género en el mundo es el de Jamie Shupe, de 52 años, oficializado por una Corte de Oregon, Estados Unidos, como el primer ciudadano estadounidense libre del “género binario”. En el aspecto técnico, el caso fue establecido como el primer ciudadano sin ninguno de los dos géneros binarios, el masculino y el femenino. Sin existir una terminología exacta para ese novedoso tercer grupo, la determinación judicial resulta una decisión histórica en la definición de una identidad sexual.Este caso volvió a poner sobre la mesa la necesidad de que la sociedad moderna pueda escaparle al sistema binario de género y abrir la puerta hacia una tercera alternativa. La puja legal duró casi tres años, hasta que la jueza Amy Holmes Hehn, de la Corte del condado de Multnomah determinó: "El sexo de Jamie Shupe cambió de femenino al sexo no-binario”
En este orden de ideas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su informe sobre “Violencia Contra Personas LGBTI” ha afirmado que “clasificar a una persona como hombre o mujer es una decisión social” y que “la orientación sexual de una persona es independiente del sexo que le asignaron”. Esta postura reafirma la necesidad de crear una comisión específica a efectos de aportar una perspectiva de género al Cámara de Diputados de la Nación.
Respetar la diversidad de género y promover todo tipo de acciones que conlleven la protección de los derechos es un requisito fundamental en una sociedad democrática a la hora de lograr mayor inclusión y menor discriminación.
Es por todo lo expuesto que solicito a mis pares acompañen este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BANFI, KARINA | BUENOS AIRES | UCR |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0132-D-18 | ||
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |