Karina Banfi
Diputada de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0586-D-2017
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS ATENTADOS A LA LIBERTAD DE EXPRESION QUE SUFRE EL PUEBLO VENEZOLANO.
Fecha: 10/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Expresar su más enérgico repudio y preocupación por los atentados a la libertad de expresión que sufre el pueblo venezolano a través de la censura y el bloqueo de señales por parte del gobierno. Situación que impide la circulación de información e ideas acerca de cuestiones de interés público, lo que pone en riesgo el sistema democrático de ese país.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación que vive el pueblo venezolano, que se repudia a través del presente proyecto, ha llamado particularmente la atención de la comunidad internacional, atento a los actos de censura que afectaron a los medios internacionales CNN en Español (Estados Unidos), TV Azteca (México), Infobae (Argentina) y NTN 24 (Colombia).
A raíz de la emisión del informe “Pasaportes en la sombra” por CNN en Español, el pasado 12 de febrero, el presidente Maduro amenazó al medio diciendo: “Yo quiero a CNN bien lejos de aquí. Fuera de Venezuela. Que no meta su nariz en Venezuela”.
Posteriormente, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) inició un “procedimiento sancionatorio administrativo” contra el canal de noticias CNN en español en el territorio venezolano por atentar “contra la paz y la estabilidad democrática” del país. Razón por la cual, como medida preventiva decidió suspender inmediatamente las transmisiones del canal de noticias según el comunicado difundido por el Ministerio de Información el miércoles 15 de febrero de 2017.
CONATEL alegó que los contenidos emitidos por la señal estadounidense generan un "clima de intolerancia puesto que, sin argumento probatorio y de manera proterva, difaman y distorsionan la verdad, dirigiendo las mismas a probables incitaciones de agresiones externas en contra de la soberanía" de Venezuela.
La cadena CNN defendió la veracidad del informe y aseguró que durante la investigación se consultó a las autoridades para que brindaran su versión, quienes no refutaron los documentos presentados.
La situación atravesada por el medio estadounidense no ha sido la primera en su especie, sino que se trata del cuarto medio en ser censurado. En febrero del año 2014 el canal de televisión colombiano, NTN 24, fue eliminado de las grillas por informar acerca de una intensa jornada de protesta contra Nicolás Maduro, la que dio como resultado decenas de muertos. En aquella oportunidad el gobierno venezolano acusó a la señal de querer desestabilizar el orden público.
Meses más tarde, en el mes de octubre de 2014 el portal de noticias argentino, Infobae, fue bloqueado tras haber publicado fotos del cadáver de un funcionario chavista que falleció en circunstancias extrañas, en aquél entonces el gobierno venezolano consideró que se cometieron faltas graves, razón por la cual se adoptó aquella decisión.
Continuando con esta línea, a través de la cual el gobierno hizo uso de la censura, el miércoles 15 de febrero de este año se suspendió a CNN en español, al día siguiente la cadena mexicana TV Azteca también sufrió la censura por retransmitir el informe “Pasaportes en la sombra”.
Esta situación resulta particularmnete alarmante sobre la fragilidad de la libertad de expresión y el derecho a informar, esenciales para la existencia de una sociedad democrática.
Respecto de esta situación se ha expedido por medio de un comunicado de prensa la Relatoría Especial para la Libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Basándose en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y el artículo 5 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre que consagran el derecho a la libertad de expresión, consideró que Venezuela debe apegarse a los más estrictos estándares internacionales en materia de libertad de expresión de forma tal que se les garantice a los periodistas y medios de comunicación ejercer, el derecho pleno a la libertad de expresión.
A su vez, desde el Sistema Interamericano se reiteró la importancia de crear un clima de respeto y tolerancia ya que la diversidad, el pluralismo y el respeto por la difusión de todas las ideas y opiniones, son condiciones fundamentales en cualquier sociedad democrática.
Es necesario tener en cuenta que ningún derecho es absoluto, por lo cual el gobierno venezolano contaba con alternativas para hacer frente a la situación, tales como la utilización del derecho a réplica que se encuentra resguardado por el artículo 14 de la CADH, o la posibilidad de establecer responsabilidades ulteriores ante la afectación de otros derechos. Sin embargo, en los presentes supuestos optó por la censura, en clara violación a las normas internacionales.
Es fundamental recordar, como lo ha reiterado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) a lo largo de su jurisprudencia que “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática.“. Por lo cual la situación atravezada por el pueblo venezolano, es crítica, justamente porque si una sociedad no se encuentra debidamente informada, esta no es plenamente libre.
Por último es importante destacar, como lo ha expresado el presidente Mauricio Macri, que nuestro gobierno, siempre ha mostrado vocación para ayudar a que tenga lugar un proceso de transición que permita que en Venezuela se vuelva a elegir democráticamente.
Por los motivos anteriores, solicitamos a nuestros pares que se apruebe el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BANFI, KARINA | BUENOS AIRES | UCR |
BESADA, ALICIA IRMA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
BURGOS, MARIA GABRIELA | JUJUY | UCR |
PATIÑO, JOSE LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
AMADEO, EDUARDO PABLO | BUENOS AIRES | UNION PRO |
LOSPENNATO, SILVIA GABRIELA | BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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26/04/2017 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
07/06/2017 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo texto como proyecto de resolución |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1346/2017 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0586-D-2017, 1294-D-2017, 1282-D-2017, 1329-D-2017, 1330-D-2017, 1429-D-2017, 1377-D-2017, 1646-D-2017, 1525-D-2017, 1498-D-2017, 1839-D-2017, 1979-D-2017, 2625-D-2017 y 2756-D-2017 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA EL EXPEDIENTE 1932-D-17; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 09/06/2017 |