Juan Manuel Pedrini
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 8010-D-2016
Sumario: DECLARAR EL 21 DE MARZO DE CADA AÑO COMO "DIA NACIONAL DE LAS PERSONAS CON SINDROME DE DOWN" E IMPLEMENTAR ACTIVIDADES A TRAVES DE LOS MINISTERIOS DE EDUCACION Y DEPORTES Y DE SALUD DE LA NACION.
Fecha: 11/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 168
Artículo 1º – Declárese el día 21 de Marzo de cada año como "Día Nacional de las Personas con Síndrome de Down", adhiriendo así a la Resolución 66/149 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Artículo 2º – Impleméntese a través de los Ministerios de Educación y Salud de la Nación la conmemoración anual del "Día Nacional de las Personas con Síndrome de Down", mediante el desarrollo de actividades, políticas y programas destinadas a fomentar la inclusión, el conocimiento y la concientización sobre la temática, en establecimientos educativos públicos y privados, en todos sus niveles, y en cualquier otro ámbito que se considere adecuado.
Artículo 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El síndrome de Down es una ocurrencia genética causada por la existencia de material genético extra en el cromosoma 21 que se traduce en discapacidad intelectual; es una combinación cromosómica natural que siempre ha formado parte de la condición humana, existe en todas las regiones del mundo y habitualmente tiene efectos variables en los estilos de aprendizaje, las características físicas o la salud.
Asimismo, la incidencia estimada del síndrome de Down a nivel mundial se sitúa entre 1 de cada 1.000 y 1 de cada 1.100 recién nacidos.
El 19 de diciembre de 2011, la Asamblea General de las Naciones Unidas designó (mediante Resolución N° 66/149) el 21 de marzo como “Día Mundial del Síndrome de Down”, fecha que se empezó a implementar a partir del año 2012.
Es dable destacar que la elección de la fecha antes mencionada, es muy significativa y hace referencia al cromosoma extra, es decir 3 en lugar de dos, que caracteriza a la afección genética conocida como Trisomía 21, que se da en el par 21. El juego de 21/3 da lugar a la fecha 21 de marzo.
Por otro lado, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (ratificada por nuestro país mediante ley número 26.378) establece que las personas con discapacidad deberán disfrutar de una vida plena y digna, en condiciones que aseguren su dignidad, fomenten su autonomía y faciliten su participación activa en la comunidad y su goce pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con las demás personas.
En dicho instrumento internacional, los Estados partes se comprometen a adoptar medidas inmediatas, efectivas y pertinentes para que toda la sociedad tome mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad. Por ello, cada año, en esta fecha se reafirma que las personas con síndrome de Down tienen derecho al disfrute pleno de todos los derechos humanos.
A través de esta celebración, la Asamblea General de la ONU se dispuso como objetivo aumentar la conciencia pública sobre la cuestión y recordar la dignidad inherente, la valía y las valiosas contribuciones de las personas con discapacidad intelectual como promotores del bienestar y de la diversidad de sus comunidades. A su vez, pretende resaltar la importancia de su autonomía e independencia individual, en particular la libertad de tomar sus propias decisiones.
En esta sintonía, creo necesario hacer referencia a que la provincia de La Pampa, el 07 de Julio de este año sanciona la Ley provincial N° 2914 instituyendo el 21 de marzo como día provincial de las personas con síndrome de Down, en cuyo articulado se recomienda a que esta fecha también sea considerada a nivel nacional.
Es por ello, y por todas las consideraciones expuestas precedentemente que pido el acompañamiento de mis pares en el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRIZO, NILDA MABEL | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GERVASONI, LAUTARO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DOÑATE, CLAUDIO MARTIN | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEDRINI, JUAN MANUEL | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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28/06/2017 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BASTERRA (A SUS ANTECEDENTES) |