Juan Manuel Pedrini
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2489-D-2017
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS ACTUALMENTE VIGENTES EN EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 12/05/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 47
Dirigirse al Poder Ejecutivo, para que a través de los organismos que corresponda, informe sobre las pensiones no contributivas actualmente vigentes en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación:
1. Número de pensiones no contributivas solicitadas por jurisdicción durante el año 2016, discriminadas por:
a. adultos mayores sin recursos,
b. madres de 7 o más hijos,
c. personas con discapacidad.
2. Número de pensiones no contributivas otorgadas por jurisdicción durante el año 2016, discriminadas por:
a. adultos mayores sin recursos,
a. madres de 7 o más hijos,
b. personas con discapacidad.
3. Número de pensiones no contributivas denegadas por jurisdicción durante el año 2016, discriminadas por:
a. adultos mayores sin recursos,
c. madres de 7 o más hijos,
d. personas con discapacidad.
4. Número de pensiones no contributivas en revisión por jurisdicción durante el año 2016, discriminadas por:
b. adultos mayores sin recursos,
e. madres de 7 o más hijos,
f. personas con discapacidad.
5. Indique cuales son los operativos territoriales por jurisdicción, en relación al otorgamiento, mantenimiento y control de pensiones no contributivas actualmente vigentes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las Pensiones no contributivas están reguladas en nuestro país por la cartera de Desarrollo Social. Son las de adultos mayores sin recursos, regulada por la Ley 13.478; personas con discapacidad, regulada por la Ley 18.910 y la de madres de 7 hijos o más, regulada por la Ley 23.746. La Resolución 4433/2009 SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL NO CONTRIBUTIVO Y EL REGISTRO DE NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES Y ADULTOS MAYORE, establece las regulaciones concernientes al sistema de las pensiones no contributivas, dependientes del ministerio de desarrollo social.
En esta Resolución se determina que estas pensiones contemplan una protección directa a los núcleos familiares más vulnerables, siendo ajustado el importe de la prestación de acuerdo a la jubilación mínima en los porcentajes que cada Ley establece.
Las Pensiones no contributivas no solo significan una prestación, ya que a través de la misma los titulares de las pensiones acceden al Programa Incluir Salud el cual permite una cobertura médica integral y el ejercicio pleno del derecho a la Salud.
Desde el año 2016, Desarrollo Social aplicó en el área de pensiones no contributivas la misma lógica que los ministerios dedicados a la obra pública, estableciendo un freno en el otorgamiento de pensiones. Además inició una revisión de las entregadas, bajo la sospecha de que hubo irregularidades masivas y clientelismo político.
Las arbitrariedades cometidas en esa tarea fueron generalizadas, ya que tenemos conocimiento de que en un alto porcentaje de los casos el Ministerio tuvo que corregir su decisión inicial, que había tomado luego de realizar un simple cruzamiento de datos por medios informáticos sin revisar caso por caso en el terreno. Esto se debió en buena medida a la decisión del Ministerio de reducir los operativos territoriales.
A través del presente Pedido de Informes queremos tener datos fehacientes, acerca de la solicitud, otorgamiento y denegación de las pensiones no contributivas, Estas son las que llegan a los sectores más vulnerables de la sociedad y en muchos casos constituyen su único sostén.
Creemos que esa información será valiosa, analizada por tipo de pensión y por jurisdicción. Así mismo nos interesa conocer el estado de los operativos territoriales, tan necesarios a la hora de evaluar las necesidades de muchas familias argentinas. Por lo expuesto solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MASIN, MARIA LUCILA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GRANA, ADRIAN EDUARDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEDRINI, JUAN MANUEL | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ARRIETA, GUSTAVO HECTOR | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RACH QUIROGA, ANALIA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/09/2017 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 1648/2017 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0130-D-2017, 2489-D-2017, 2715-D-2017 y 2975-D-2017 | CON MODIFICACIONES | 18/09/2017 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA RAVERTA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CASTRO, SANDRA DANIELA (A SUS ANTECEDENTES) |