Diputados
Foto Diputado de la Nación Juan Manuel Pedrini

Juan Manuel Pedrini

Diputado de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1179-D-2016

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA MODIFICAR LA RESOLUCION 563/2011 DEL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, SOBRE EL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES Y EL CALENDARIO NACIONAL DE INMUNIZACIONES.

Fecha: 31/03/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional que instruya al Ministerio de Salud de la Nación para que modifique la Resolución 563/2011 en su artículo 1º, ampliando en el Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización con la vacuna para VPH el tope de edad para las mujeres de veinticinco (25) años, con un esquema de vacunación contra VPH con dos (2) dosis, y en su artículo 2º, integrando al Calendario Nacional de Inmunizaciones, la inmunización con la vacuna para VPH a las mujeres de veinticinco (25) años, siendo el esquema de dos (2) dosis al inicio cero (0), y a los seis (6) meses de la primera dosis.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El virus del papiloma humano, más conocido como virus del HPV, se presenta como un grupo de más de 200 virus, de los cuales se destacan los tipo 16, 18, 31 y 45 como aquellos que tienen mayor potencial oncogénico, es decir, mayor capacidad en desarrollar cáncer de cuello uterino, existiendo también aquellos del tipo 6 y 11, que poseen potencial cancerígeno en menor grado. Este virus suele causar en un 90% verrugas en la piel, en los genitales o alrededor de ellos, pudiendo asimismo ocasionar papilomatosis respiratoria, una enfermedad en la cual crecen tumores en las vías respiratorias que van de la nariz a los pulmones.
La vía de contagio más frecuente para cualquiera de estos tipos de virus es la de transmisión sexual (sexo vaginal, anal y oral), aunque también hay otras formas de contacto como ser compartir ropa interior, baños, toallas y también la madre a su hijo durante el parto natural.
En nuestro país, mediante la Resolución 563/2011 del Ministerio de Salud de la Nación, se incorporó en el Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, con carácter gratuito y obligatorio, la inmunización con la vacuna para HPV, que consta de tres dosis, destinadas a todas las niñas de once años de edad, antes del desarrollo puberal. En el expediente se menciona que "la infección por VPH es una de las causas más frecuentes de Infecciones de Transmisión Sexual en el mundo" como así también que "al menos la mitad de mujeres y hombres sexualmente activos contraerán la infección genital por HPV en algún momento de sus vidas".
Esto quiere decir que cualquier persona que sea activa sexualmente puede contraer HPV y aunque el riesgo es mucho mayor en las mujeres, los hombres, sobre todo aquellos con sistemas inmunitarios débiles (incluidos aquellos con el VIH) o que tienen relaciones sexuales anales receptivas, tienen probabilidades de contraerlos.
En Estados Unidos, la asociación American Cancer Society, recomienda que la vacuna les sea administrada a las niñas de 11 a 12 años y a las adolescentes de entre 13 a 18. En igual sentido aconseja la vacunación para mujeres de entre 19 y 26 años, luego de haberlo consultado con un profesional y de haberse realizado el chequeo médico correspondiente (estudio de Papanicolaou y prueba de HPV). Sustentando lo mencionado, un reciente estudio efectuado por un laboratorio que produce una de las vacunas contra el HPV, demostró que la aplicación de la misma colaboró con la disminución de lesiones pre-cancerosas y verrugas genitales externas en mujeres de 24 hasta 45 años.
En este sentido, resultaría beneficioso que el Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles contemplara un tope de edad por encima al existente de once (11) años para la aplicación de la vacuna VPH, elevando a veinticinco (25) años como edad límite para la aplicación de la mencionada vacuna en las mujeres, máxime considerando que sí realizados los chequeos médicos correspondientes la mujer no ha sido infectada nunca en su vida, podría tener la posibilidad de evitarlo, aún siendo mayor de 11 años.
A nivel mundial, se estima que por cada un millón de mujeres con infección por HPV, cien mil desarrollarán lesiones precancerosas, y de éstas, mil seiscientas desarrollarán cáncer cervical invasor a menos que las lesiones precancerosas sean detectadas y tratadas previamente.
De acuerdo con las estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación en 2014, "en Argentina se diagnostican cada año aproximadamente 4.000 casos nuevos de Cáncer de Cuello de Útero y mueren aproximadamente 1.800 mujeres a causa de la enfermedad".
Considerando la importancia que reviste el evitar la enfermedad causada por el virus del papiloma humano (VPH) y que el mismo se presenta como una de las causas principales de muerte en las mujeres, resulta imprescindible se amplíe el tope de edad establecido en la Resolución 563/2011 del Ministerio de Salud de la Nación lo cual beneficiaría a un importante sector de nuestra sociedad pasible de contraer alguna de las enfermedades generada por el virus VPH.
Por lo expuesto, solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LLANOS MASSA, ANA MARIA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HUSS, JUAN MANUEL ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RACH QUIROGA, ANALIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEDRINI, JUAN MANUEL CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA