Juan Manuel Pedrini
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1141-D-2016
Sumario: TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, UBICADO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, A LA UNIVERSIDAD DE LA DEFENSA NACIONAL.
Fecha: 31/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21
Artículo 1.- Transfiérase a título
gratuito a la Universidad de la Defensa Nacional el dominio del inmueble propiedad
del Estado Nacional, asignado en uso al Ministerio de Defensa, ubicado en calle
Maipú 262 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, nomenclatura catastral SECC.
1 MANZANA 011 PARCELA 032.
Artículo 2.- La transferencia dispuesta
en el artículo anterior se efectúa con cargo de que la Universidad de la Defensa
destine al inmueble para sede de su Rectorado y para funcionamiento de la
Facultad de la Defensa.
Artículo 3.- Los gastos que demande
dicha transferencia estarán a cargo de la beneficiaria.
Artículo 4.- El Poder Ejecutivo
adoptará las medidas pertinentes a efectos de concluir la transferencia en el
término de sesenta (60) días de entrada en vigencia la presente ley.
Artículo 5.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley propone
jerarquizar la educación pública y la defensa nacional. El inmueble objeto de esta
ley fue adquirido por el Estado Nacional por expropiación a "La Germano
Argentina, Compañía de Seguros" en 1952 y destinado al funcionamiento de la
Escuela Nacional de Guerra (Decreto Nº 28.525/1950), luego Escuela de Defensa
Nacional -EDENA- (Decreto Nº 866/1973).
La Escuela fue creada en 1950 por el
Presidente Juan Domingo Perón y concebida junto con el Ministerio de Defensa y
la promulgación de la primera Ley de Defensa Nacional (Nro. 13.234).
Desde el inicio de sus actividades, la
EDENA ha funcionado en el edificio ubicado en la calle Maipú 262 de la Ciudad de
Buenos Aires, cuya construcción data de la segunda mitad del siglo XIX y que
acredita un relevante valor arquitectónico y cultural.
Por su parte, la Universidad de la
Defensa Nacional (UNDEF) fue creada por Ley Nacional 27.105 en noviembre de
2014, tras un año de amplio debate en este Congreso Nacional, y en jornadas
organizadas por el Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas, y contó con
dictamen favorable unánime de parte del Consejo Interuniversitario Nacional
(CIN).
La ley dispone que la UNDEF tiene a
su cargo la formación de militares y civiles, en diferentes áreas disciplinarias; y la
formación militar para la Defensa Nacional a través de carreras de pregrado, grado
y posgrado. Se constituye sobre la base de los Institutos Universitarios en órbita
del Ministerio de Defensa y las Fuerzas Armadas, más la oferta académica
brindada por la Escuela de Defensa Nacional.
El 11 de febrero de 2015 se nombró
al Rector Organizador de la UNDEF con el objetivo de conducir el proceso de
normalización de la Universidad mediante la elaboración y aprobación de su
Estatuto organizativo y del Proyecto Institucional (art. 7 Ley 27.012). Ambos
documentos fueron producto de una labor conjunta entre el Rector y los Directores
de Educación de las Fuerzas Armadas, así como también el asesoramiento y
colaboración de la Secretaria de Políticas Universitarias. El Estatuto, aprobado sin
observaciones por el Ministerio de Educación mediante la Res. 1146/2015, fue
publicado en el Boletín Oficial el 19 de mayo de 2015.
El gobierno de la UNDEF se
encuentra conformado por un Consejo de Dirección, un Consejo Consultivo de
Gestión, el Rectorado y un Consejo Consultivo, órganos de características
particulares, diseñados de acuerdo a lo establecido en su ley de creación y cuyas
funciones se detallan en el Estatuto. El Consejo de Dirección está presidido por el
Ministro de Defensa de la Nación e integrado por el Rector, los Secretarios del
Ministerio de Defensa, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas y
los Jefes de los Estados Mayores Generales del Ejército, de la Armada y de la
Fuerza Aérea.
El Proyecto Institucional tuvo
dictamen favorable de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
Universitaria (CONEAU) mediante Res. 597 del 12 de agosto de 2015, y fue
autorizado para su implementación y puesta en marcha por el Ministerio de
Educación a través de la Res. 2467, publicada en el Boletín Oficial el 23 de
septiembre de 2015.
Culminado el proceso de
normalización de la UNDEF comenzó la puesta en marcha de sus nuevas
instituciones.
La primera reunión de su órgano
superior, el Consejo de Dirección, tuvo lugar el 21 de octubre de 2015. En ella se
resolvió la designación del Dr. Jorge Fernández como Rector en los términos y por
el plazo legal de los arts. 20 y 21 del Estatuto; y la creación de las nuevas
unidades académicas sobre la base de los servicios educativos que brindaban los
Institutos Militares y la Escuela de Defensa Nacional. Así fue creada la Facultad de
la Defensa (ex EDENA), la Facultad del Ejército (ex IUE), la Facultad de la Armada
(ex INUN), la Facultad de la Fuerza Aérea y la Facultad de Ciencia de la
Administración y de Ingeniería, integrantes de la ex IUA que serán articuladas por
el nuevo Centro Regional Universitario Córdoba "IUA". El 12 de agosto de 2015,
mediante la Res. CE 1076, el CIN incorporó oficialmente a la UNDEF al Registro de
las Instituciones Universitarias.
El 23 de septiembre de 2015 se
suscribió el Convenio Marco entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de
Educación y la UNDEF, en la que se establecieron las pautas generales de
colaboración y asistencia en el proceso de constitución, implementación y
funcionamiento de la UNDEF, y se reafirmó la facultad de la Universidad para
participar de forma directa en los programas de financiamiento desarrollados
desde la Secretaría de Políticas Universitarias destinadas al Sistema Universitario
Nacional. La transferencia de los servicios educativos que brindaban el Ministerio
de Defensa a través de la Escuela de Defensa Nacional fue realizada mediante
Convenio entre el Ministerio y la UNDEF de fecha 23 de septiembre de 2015 y,
completada mediante Acta de Transferencia suscripta entre las partes en fecha 12
de noviembre de 2015.
La transferencia del inmueble es un
paso de natural continuidad en el proceso institucional, que consolida la
transformación que este mismo Congreso dispusiera al dictar la ley 27.105, y cuya
potestad le corresponde en virtud del artículo 75 inc. 5 de la Constitución Nacional.
Por las razones expuestas, es que
solicito se apruebe este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEDRINI, JUAN MANUEL | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LLANOS MASSA, ANA MARIA | CHUBUT | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SEMINARA, EDUARDO JORGE | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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