Juan Manuel Pedrini
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0435-D-2016
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO REALIZAR LOS ACTOS DE EJECUCION PRESUPUESTARIA Y ADMINISTRATIVOS DISPUESTOS POR EL ARTICULO 16 DE LA LEY 27120 - ELECCION DE PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR -.
Fecha: 08/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, de manera urgente, realice todos los actos de ejecución
presupuestaria y administrativos tendientes a dar cabal cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 16 de la ley 27.120 y respetar la expresión de
soberanía popular expresada en la elección directa de los Parlamentarios de
Mercosur celebrada el día 25 de octubre de 2016.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los parlamentarios de Mercosur,
legítimamente electos en las elecciones del 25 de octubre de 2015 y la mayoría
de ellos en funciones desde diciembre de 2015, se encuentran en una situación
de absoluta precariedad para desempeñar la función que les ha sido
encomendada por el pueblo argentino: la representación de la República
Argentina en el Parlamento del Mercosur, ámbito fundamental de
representación política de los pueblos y ciudadanos del Mercosur. En violación
de lo dispuesto expresamente por el artículo 16 de la Ley N° 27.120 no cuentan
al día de hoy con remuneración, régimen previsional, reconocimiento de gastos
de transporte y alojamiento, disponibilidad de espacios físicos para el
cumplimiento de sus funciones, etc. Del mismo modo, la Delegación Argentina
carece de la infraestructura y recursos indispensables para una adecuada
representación del país en el Parlamento de Mercosur.
El Poder Ejecutivo Nacional
mantiene una indiferencia que raya con el desprecio de la voluntad popular
expresada democráticamente en las urnas y por la responsabilidad que los
parlamentarios de Mercosur han asumido ante el electorado.
La primera regla de la vida en
democracia es el respeto por lo que expresa la ciudadanía con su voto. No
creemos ser redundantes al afirmar que la voluntad popular es la razón de ser
del estado de derecho, la que en nuestro país se expresó con meridiana
claridad en las elecciones PASO y las Elecciones Nacionales Generales que se
desarrollaron el 25 de octubre de 2015. En esos comicios se incluyó, además
de otras categorías de cargos electivos, la elección de los 43 Parlamentarios de
Mercosur, tanto regionales como de distrito único, que fueron sometidos al
veredicto de las urnas por aplicación de la ley 27.120.
Una breve reseña cronológica y
normativa mostrará la legalidad y legitimidad de quienes hoy detentan el rol de
Parlamentarios del Mercosur. El día 29 de diciembre del año 2014 el Congreso
Nacional Argentino sancionó la ley N° 27120 que estableció la elección directa
de 43 parlamentarios del MERCOSUR, dando cumplimiento así a lo establecido
en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR firmado en 2005 por
los presidentes del momento de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. En el
Artículo 6° de dicho Protocolo se señala que los Parlamentarios serán elegidos
por los ciudadanos de los respectivos Estados Partes, a través de sufragio
directo, universal y secreto.
Por tal motivo, el gobierno de la
República Argentina convocó a la ciudadanía a elecciones de Parlamentarios del
Mercosur en los términos de la Ley N° 26.571 y el Código Electoral Nacional
aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto N° 2135 del 18 de agosto de
1983) y sus modificatorias entre ellas la Ley 27120.
En este sentido cabe subrayar el
hecho que los parlamentarios del Mercosur electos por el pueblo argentino
están plenamente legitimados con los 8.922.638 de sufragios obtenido por el
Frente Para la Victoria; los 8.105.371 de votos conseguidos por la Alianza
Cambiemos y los 4.723.224 alcanzados por la Alianza "Unidos por una Nueva
Alternativa", a los que hay que adicionar los votos del resto de las fuerzas
políticas que no alcanzaron el 3% del Padrón Electoral Nacional (art. 164 quater
CEN). Fueron un total 23.817.876 los argentinos que han dado legitimidad a
este nuevo cuerpo de representantes. No hay que olvidar también los sufragios
obtenidos por los 23 parlamentarios regionales, también elegidos por el voto
directo del cuerpo lectoral de cada distrito federal.
Es importante destacar que el
Poder Judicial de la República Argentina, específicamente sus órganos
electorales, han refrendado todo este proceso. La Acordada Extraordinaria Nº
150 de la Cámara Nacional Electoral, del 1 de diciembre de 2015 da cuenta de
este cronograma y de sus resultados. En su artículo 4º expresa que, " (...)
Efectuado el procedimiento de distribución conforme lo previsto por el Código
Electoral Nacional, se determina que corresponde asignar ocho (8) cargos a la
lista oficializada por la alianza "Frente para la Victoria" (número 131), siete (7)
a la propuesta por la alianza "Cambiemos" (número 135), y cuatro (4) a la
presentada por la alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" (número 138),
conforme las nóminas detalladas en los Anexos I.A, I.B, I.C y I.D del presente
Acta."
A continuación presentamos la
nómina de parlamentarios electos por distrito nacional como también regional
en base a la Acordada Extraordinaria Nº 150 de la Cámara Nacional Electoral,
del 1 de diciembre de 2015.
Anexo I-A. Detalla que fueron
electos como "Parlamentarios del Mercosur Por distrito nacional Parlamentarios
titulares: 1-Taiana, Jorge Enrique, Alianza "Frente para la Victoria"; 2-Zuvic,
Mariana de Jesús, Alianza "Cambiemos" 3-Vanossi, Jorge Reinaldo Agustín,
Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" 4-Sellarés, Teresa Adelina, Alianza
"Frente para la Victoria" 5-Rodríguez Simón, Fabián Jorge, Alianza "Cambiemos"
6-Rossi, Agustín Oscar, Alianza "Frente para la Victoria" 7-Puig, Lilia Jorgelina
Guadalupe, Alianza "Cambiemos" 8-Asseff, Alberto Emilio, Alianza "Unidos por
una Nueva Alternativa" 9-Filmus, Daniel Fernando, Alianza "Frente para la
Victoria" 10-Nostrala, Walter Norberto Alianza "Cambiemos" 11-Sala Leiton,
Milagro Amalia Ángela, Alianza "Frente para la Victoria" 12-Mercuri, Osvaldo
José, Alianza "Cambiemos" 13-Olivero, Herman Pedro, Alianza "Unidos por una
Nueva Alternativa" 14-Valdes, Eduardo Félix, Alianza "Frente para la Victoria"
15-Storani, María Luisa Alianza "Cambiemos" 16-Santa María, Víctor, Alianza
"Frente para la Victoria" 17-Gil Lozano, Claudia Fernanda, Alianza "Unidos por
una Nueva Alternativa" 18-Ramundo, Daniel Oscar, Alianza "Cambiemos" 19-
Perié, Julia Argentina, Alianza "Frente para la Victoria".
Anexo I-B - Parlamentarios del
Mercosur por distrito regional: 1- Mariotto, Juan Gabriel, Buenos Aires; 2 -
Avelluto, Alejandro Pablo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 3- Molina, Manuel
Isauro, Catamarca; 4 - Sotelo, Julio René, Chaco; 5 - Béliz Pereira, Carlos
Alfredo, Chubut; 6- Roulet, Néstor Eduardo, Córdoba - 7- Karlen, Alejandro
Hernán, Corrientes; 8 Bello, Cristian Alberto, Entre Ríos; 9- Oviedo, Ricardo
Cristóbal, Formosa; 10- Fiad, Mario Raymundo, Jujuy; 11-Nicoletti Eduardo
Nelson, La Pampa;12-Crabbe, Marcela Alejandra, La Rioja; 13 Fidel,Gabriel
Alejandro, Mendoza;14- Britto, Cecilia Catherine, Misiones;15- Rioseco, Ramón
Solano, Neuquén;16- Cejas, Jorge Alberto, Río Negro; 17 - Cornejo, Hernán
Hipólito, Salta; 18- Strada, Tomas José, San Juan; 19-Sosa, Justo Marco, San
Luis; 20- Metaza, Mario Alfredo, Santa Cruz; 21- Mansilla, Diego Martín,
Santa Fe; 22- Zamora, Gerardo, Santiago del Estero; 23- Cusi Cruz, Miguel
Ángel, Tierra del Fuego; 24- López, José Francisco, Tucumán.
La solemnidad de este proceso se
perfeccionó con la proclamación de los parlamentarios electos por parte de la
Asamblea Legislativa y la toma de compromiso de los mismos en la sede del
Parlamento del Mercosur XXXV, Sesión Ordinaria del Parlasur el 14 de diciembre
de 2015.
Otro aspecto no menos
reprochable del gobierno de Mauricio Macri es el vinculado a la esfera de las
relaciones exteriores. Esta conducta que busca desconocer la existencia del
Parlamento del Mercosur, se traduce en un grosero incumplimiento de un
compromiso internacional asumido por la República Argentina. La sanción de
la Ley 26.146 que aprueba el Protocolo Constitutivo del Parlamento del
MERCOSUR, suscripto en Montevideo -República Oriental del Uruguay- el 9 de
diciembre de 2005, ha generado una responsabilidad para el Estado nacional,
al haber asumido este un deber jurídico de ordenar sus decisiones de acuerdo
a lo que establece dicho Protocolo, obligándose así a cumplir acabadamente
las exigencias que allí se establecen. Esta responsabilidad internacional está
siendo incumplida y en consecuencia, la situación debe ser rápidamente
reparada. Para ello es necesario que el poder ejecutivo nacional realice todos
los actos de ejecución presupuestaria y administrativa tendiente a dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27120.
Por otro lado, el ejercicio de la
representación política, legítimamente alcanzada, no puede lograr sus objetivos
si no se cuenta con medios económicos, humanos y físicos suficientes para
ejercer, con independencia y eficiencia, la tarea legislativa. Quitar el
financiamiento a estos nuevos organismos es, no solo impedir su
funcionamiento, sino negar uno de los instrumentos que integra
estructuralmente la formación de la voluntad popular.
Hoy, el gobierno nacional, violando
fundamentales responsabilidades públicas, obliga a los parlamentarios del
Mercosur a comprometer su propio patrimonio para cumplir sus
responsabilidades y obligaciones. Esta situación se torna particularmente
injustificable y dificultosa cuando se trata de asambleístas electos que
provienen del interior de la República Argentina.
Este escenario, intolerable desde el
punto de vista institucional y político, debe ser reparado en forma inmediata
para evitar un derrotero de desprestigio internacional y de violación de las más
elementales y fundantes normas de la vida democrática: acatar la voluntad del
pueblo expresada a través del voto universal, igual, secreto y obligatorio.
El proceso de integración regional
es un proyecto sin retorno. Así lo han definido los gobiernos y los pueblos de
América Latina. Esta orientación estratégica ha sido convalidada por el voto de
una abrumadora mayoría de ciudadanos argentinos que adhieren a las más
diversas ideologías y fuerzas políticas.
Tenemos confianza que estos
obstáculos interpuestos por quienes pretenden reemplazar la voluntad popular,
serán pronto superados por la razón que otorga el derecho y la fuerza de las
convicciones.
Señor Presidente, por todo lo
expuesto es que solicitamos a nuestros pares, nos acompañen en la aprobación
de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CARMONA, GUILLERMO RAMON | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SOLANAS, JULIO RODOLFO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GAILLARD, ANA CAROLINA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIAMPINI, JOSE ALBERTO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEDRINI, JUAN MANUEL | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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