Diputados
Foto Diputado de la Nación Julio Cobos

Julio Cobos

Diputado de la Nación

UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3652-D-2014

Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION LAS JORNADAS, CELEBRACIONES Y DEMAS ACTIVIDADES PARA CONMEMORAR EL 20 ANIVERSARIO DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE 1994.

Fecha: 15/05/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45

Proyecto
Declarar de interés de la H. Cámara de Diputados de la Nación todas las jornadas, celebraciones y demás actividades que se desarrollen para conmemorar al 20º aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional de 1994.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A fines de 1993 se aprobó la ley nº 24309 que declaraba la necesidad de la reforma parcial de la Constitución Nacional de acuerdo con el artículo 30 de la Constitución Nacional. Esta ley presenta un "Núcleo de Coincidencias básicas" en el art 2º y en el art 3º se habilitan temas "por el congreso nacional para su debate por la convención constituyente".
Entre las cuestiones principales que se previeron en el núcleo de coincidencias, se encontraban: atenuación del sistema presidencialista, reducción del mandato del presidente, posibilidad de su reelección, elección directa del mismo; reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires; potestad ejecutiva de dictar decretos de necesidad y urgencia ; creación del Consejo de la Magistratura , modalidad de designación y remoción de los magistrados federales; control de la administración pública por medio del poder legislativo creando la Auditoria General de la Nación, el establecimiento de mayorías especiales para la sanción de leyes vinculadas con partidos políticos y régimen electoral.
Entre los temas habilitados para el debate por la Convención Constituyente encontramos los derechos de incidencia colectiva, la incorporación de los tratados de derechos humanos, la consagración expresa del amparo, Habeas Corpus y Habeas Data, el reconocimiento de la preexistencia étnica de los pueblos indígenas, la incorporación de formas de democracia semidirecta, el defensor del pueblo, el ministerio público como órgano extrapoder, la preservación del medioambiente, entre otros.
Los firmantes del proyecto 4223-D-93, que diera origen a la ley 24309, fueron Jorge Matzkin del Partido Justicialista y Raúl Alfredo Galván de la UCR, dando cuenta de lo convenido entre ambos partidos políticos. Mucho se dijo en torno a este proyecto, y luego ley, que habilitaba la reforma de la Constitución
Nacional, sobre todo en cuanto a la centralidad de la reelección presidencial. Pero, más allá de las consideraciones políticas en torno a la necesidad de la reforma, ésta incluyó institutos y modificaciones innovadoras en la constitución y en la vida político institucional posterior. Algunas serían más efectivas que otras.
Este proyecto de reforma -siguiendo lo planteado en sus fundamentos- se planteó vinculado al crecimiento institucional y al afianzamiento del Estado de derecho en la Argentina luego de la salida de la última dictadura.
Algunos de los discursos plantearon: "la reforma constitucional (...) es la mejor expresión de una etapa de madurez democrática (...) después de agudos desencuentros entre los argentinos que culminaron en un derramamiento de sangre (...) Hoy este proyecto de declaración de la reforma se muestra a los argentinos como la expresión madura de una dirigencia política que ha comprendido la necesidad de consolidar el poder democrático..."(p. 4099, diario de sesiones, 20/12/93).
El 10 de abril de 1994 se eligieron a los convencionales constituyentes que tratarían la reforma constitucional. De acuerdo al artículo 9 la Ley 24.309 de declaración de necesidad de reforma de la Constitución Nacional, "Cada provincia y la Capital Federal elegirán un número de convencionales constituyentes igual al total de legisladores que envían al Congreso de la Nación".
En estos comicios, el Partido Justicialista obtuvo 134 representas, la Unión Cívica Radical 74, diferentes partidos distritales 32, el Frente Grande 31, el Movimiento por la Dignidad y la Independencia 21, Fuerza Republicana 7, el Partido Demócrata Progresista 3 y la Unión de Centro Democrático 3.
Las sesiones de la Convención Constituyente se realizaron entre el 22 de mayo y el 22 de Agosto de 1994 en las ciudades de Santa Fe y Paraná.
Hoy, a veinte años de la sanción de esta modificación consideramos central realizar un análisis crítico del contenido de la Constitución Nacional, a fin de revisar el camino transitado y delinear las pautas para los próximos años de nuestra democracia, con el objetivo de consolidar aún más las
instituciones, avanzando en un estado cada vez más inclusivo y que garantice los derechos humanos de todos sus habitantes.
Por ello le solicitamos a nuestros pares el acompañamiento en este pedido al Poder Ejecutivo tenga a bien declarar de interés nacional todas las actividades que contribuyan a la evaluación de la Reforma y al avance de la vida democrática
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
PETRI, LUIS ALFONSO MENDOZA UCR
COBOS, JULIO MENDOZA UCR
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO ENTRE RIOS UCR
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/10/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
29/10/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1005/2014 ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2014 29/10/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 25/11/2014 APROBADO