Julio Cobos
Diputado de la Nación
UCR - UNIÓN CÍVICA RADICAL
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3652-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION LAS JORNADAS, CELEBRACIONES Y DEMAS ACTIVIDADES PARA CONMEMORAR EL 20 ANIVERSARIO DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE 1994.
Fecha: 15/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
Declarar de interés de la H. Cámara de
Diputados de la Nación todas las jornadas, celebraciones y demás actividades
que se desarrollen para conmemorar al 20º aniversario de la Reforma de la
Constitución Nacional de 1994.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A fines de 1993 se aprobó la ley nº
24309 que declaraba la necesidad de la reforma parcial de la Constitución
Nacional de acuerdo con el artículo 30 de la Constitución Nacional. Esta ley
presenta un "Núcleo de Coincidencias básicas" en el art 2º y en el art 3º se
habilitan temas "por el congreso nacional para su debate por la convención
constituyente".
Entre las cuestiones principales que se
previeron en el núcleo de coincidencias, se encontraban: atenuación del sistema
presidencialista, reducción del mandato del presidente, posibilidad de su
reelección, elección directa del mismo; reconocimiento de la autonomía de la
Ciudad de Buenos Aires; potestad ejecutiva de dictar decretos de necesidad y
urgencia ; creación del Consejo de la Magistratura , modalidad de designación y
remoción de los magistrados federales; control de la administración pública por
medio del poder legislativo creando la Auditoria General de la Nación, el
establecimiento de mayorías especiales para la sanción de leyes vinculadas con
partidos políticos y régimen electoral.
Entre los temas habilitados para el
debate por la Convención Constituyente encontramos los derechos de incidencia
colectiva, la incorporación de los tratados de derechos humanos, la consagración
expresa del amparo, Habeas Corpus y Habeas Data, el reconocimiento de la
preexistencia étnica de los pueblos indígenas, la incorporación de formas de
democracia semidirecta, el defensor del pueblo, el ministerio público como órgano
extrapoder, la preservación del medioambiente, entre otros.
Los firmantes del proyecto 4223-D-93,
que diera origen a la ley 24309, fueron Jorge Matzkin del Partido Justicialista y
Raúl Alfredo Galván de la UCR, dando cuenta de lo convenido entre ambos
partidos políticos. Mucho se dijo en torno a este proyecto, y luego ley, que
habilitaba la reforma de la Constitución
Nacional, sobre todo en cuanto a la
centralidad de la reelección presidencial. Pero, más allá de las consideraciones
políticas en torno a la necesidad de la reforma, ésta incluyó institutos y
modificaciones innovadoras en la constitución y en la vida político institucional
posterior. Algunas serían más efectivas que otras.
Este proyecto de reforma -siguiendo lo
planteado en sus fundamentos- se planteó vinculado al crecimiento institucional y
al afianzamiento del Estado de derecho en la Argentina luego de la salida de la
última dictadura.
Algunos de los discursos plantearon:
"la reforma constitucional (...) es la mejor expresión de una etapa de madurez
democrática (...) después de agudos desencuentros entre los argentinos que
culminaron en un derramamiento de sangre (...) Hoy este proyecto de declaración
de la reforma se muestra a los argentinos como la expresión madura de una
dirigencia política que ha comprendido la necesidad de consolidar el poder
democrático..."(p. 4099, diario de sesiones, 20/12/93).
El 10 de abril de 1994
se eligieron a los convencionales constituyentes que tratarían la reforma
constitucional. De acuerdo al artículo 9 la Ley 24.309 de declaración de necesidad
de reforma de la Constitución Nacional, "Cada provincia y la Capital Federal
elegirán un número de convencionales constituyentes igual al total de legisladores
que envían al Congreso de la Nación".
En estos comicios, el Partido
Justicialista obtuvo 134 representas, la Unión Cívica Radical 74, diferentes
partidos distritales 32, el Frente Grande 31, el Movimiento por la Dignidad y la
Independencia 21, Fuerza Republicana 7, el Partido Demócrata Progresista 3 y la
Unión de Centro Democrático 3.
Las sesiones de la Convención
Constituyente se realizaron entre el 22 de mayo y el 22 de Agosto de 1994 en las
ciudades de Santa Fe y Paraná.
Hoy, a veinte años de la sanción de
esta modificación consideramos central realizar un análisis crítico del contenido de
la Constitución Nacional, a fin de revisar el camino transitado y delinear las pautas
para los próximos años de nuestra democracia, con el objetivo de consolidar aún
más las
instituciones, avanzando en un estado
cada vez más inclusivo y que garantice los derechos humanos de todos sus
habitantes.
Por ello le solicitamos a nuestros
pares el acompañamiento en este pedido al Poder Ejecutivo tenga a bien declarar
de interés nacional todas las actividades que contribuyan a la evaluación de la
Reforma y al avance de la vida democrática
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
PETRI, LUIS ALFONSO | MENDOZA | UCR |
COBOS, JULIO | MENDOZA | UCR |
D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
PRADINES, ROBERTO ARTURO | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
21/10/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1005/2014 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2014 | 29/10/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 25/11/2014 | APROBADO |