Juan Fernando Brügge
Diputado de la Nación
ENCUENTRO FEDERAL
Período: 10/12/2023 - 09/12/2027
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3932-D-2018
Sumario: RECONOCIMIENTO MORAL E HISTORICO A LOS SOLDADOS AFECTADOS AL CONFLICTO BELICO DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 28/06/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 77
Artículo 1°: OTORGUESE el reconocimiento moral e histórico a los ex -soldados conscriptos que participaron de manera directa en el conflicto bélico del Atlántico Sur, contra Gran Bretaña e Irlanda del Norte, entre el 2 de abril al 14 de junio de 1982, y que se encuentren comprendidos en algunos de los siguientes supuestos:
1) Fueran desplegados desde sus unidades militares de origen hacia el sur del territorio nacional.
2) Que en ese periodo prestaron el servicio militar obligatorio en unidades del sur del país, incluyéndose Tierra del Fuego.
En los dos supuestos, el reconocimiento lo es, siempre que los ex –soldados conscriptos referidos, hayan cumplido las ordenes emanadas del alto mando militar de vigilancia y defensa de las costas del litoral marítimo patagónico, bases aéreas y puntos estratégicos, o realizaran tareas de logística, o sanidad por el conflicto, en el espacio terrestre continental perteneciente al Teatro de Operaciones Atlántico Sur, (T.O.A.S.).-
Artículo 2°: ENTIENDASE por espacio terrestre continental del T.O.A.S, al espacio terrestre definido en el acta de acuerdo nº1, punto 2-e del centro de operaciones conjuntas (CEOSPECON) refrendado por el alto mando militar el 24 de mayo de 1982, en cumplimiento del artículo 1° del Decreto n° 700 de fecha 7 de abril de 1982 del Poder Ejecutivo Nacional, de creación del Teatro de Operaciones Atlántico Sur (T.O.A.S.).
Artículo 3°: INCLUYASE en el beneficio de la pensión mensual y vitalicia contemplada en la ley 23.848, como los beneficios previstos en las leyes 22.674/82, 23.109, 23.118, 23.240,24.734,24.810 25.210 y 27.329 a los ex soldados conscriptos comprendidos en el artículo 1° de la presente ley, los que se hacen efectivos a partir del día de su promulgación .-
Artículo 4°: DISPONGASE que la pensión determinada en el artículo 3° de la presente ley, es inembargable y su otorgamiento es compatible con cualquier otro ingreso de la actividad privada o pública, sea previsional, asistencial o social, sea nacional, provincial o municipal.
Artículo 5°: DETERMINASE que el Poder Ejecutivo Nacional por intermedio del Ministerio de Defensa haga público el listado confeccionado por cada una de las fuerzas que integran las Fuerzas Armadas Argentinas con los nombres y apellidos de los ex -soldados mencionados en el artículo 1°. Corresponde a cada una de las fuerzas hacer entrega del certificado de “veterano de guerra del conflicto bélico del Atlántico Sur del año 1982” , y todos los diplomas, símbolos, y atributos que acrediten su condición de soldado veterano participante del conflicto bélico del atlántico sur entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Artículo 6°: DISPONGASE la desclasificación, digitalización y publicación de la totalidad de la documentación de guerra sobre el Conflicto del Atlántico Sur del año 1982,- Guerra por la Recuperación de las Islas Malvinas- en concordancia con lo establecido en la ley 27.275, todo en un plazo de ciento veinte (120) días de promulgada la presente ley.-
Artículo 7°: De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por finalidad efectuar una reivindicación histórica a miles de soldados argentinos que participaron del conflicto bélico del Atlántico Sur del año 1982, y que se encontraban desplegados y situados en el sur del país, en bases militares cumpliendo tareas de vigilancia y defensa de las costas del litoral marítimo patagónico, bases aéreas y puntos estratégicos, o realizaran tareas de logística, o sanidad por el conflicto, en el espacio terrestre continental perteneciente al Teatro de Operaciones Atlántico Sur, (T.O.A.S.).
Por ello, es necesario incluir a todos aquellos que hubieren participado en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S) que incluye la Zona de Despliegue Continental (Z.D.C), entre el 02 de Abril al 14 de Junio de 1982. Este reconocimiento e inclusión explícita de aquellos que combatieron en el continente da respuesta satisfactoria a quienes vienen reclamando el reconocimiento de su participación sin hacer referencia al grado de protagonismo.
Esta iniciativa se corresponde a lo solicitado por un grupo de ex soldados conscriptos que no han sido aún reconocidos como Veteranos de Guerra de Malvinas / ex Combatientes de Malvinas / Veteranos de Guerra del Conflicto del Atlántico Sur, a pesar de haber participado efectivamente en el conflicto de 1982, en acciones militares tendientes a lograr las operaciones de las Fuerzas Armadas Argentinas en la referida guerra.-
En ese sentido, según lo establecido en el Decreto 700 "S" (secreto) de 1982 referencia en su artículo 1º que "Constitúyase el Teatro de Operaciones Atlántico Sur (TOAS) a partir de las 19 horas del día 7 de abril de 1982 en la zona que se determine por el Comité Militar. El Comité Militar (COMIL) crea el CEOPECON (Centro de Operaciones Conjunto) el 24 de mayo" y "en la 1º Acta de acuerdo dice: “ El Centro de Operaciones Conjunto será el responsable de coordinar las acciones a desarrollar por el poder militar, naval y aéreo en los espacios terrestres, marítimos y aéreos que corresponden al TOAS, incluyendo además las bases aéreas, navales, aeronavales, instalaciones militares, los puntos de apoyo logístico y todo otro lugar en el Continente que pueda ser motivo de un eventual ataque del enemigo, para derrotar a las fuerzas de Gran Bretaña que accionan sobre las Islas Malvinas, a fin de coadyuvar el logro del objetivo de la Estrategia Militar."
Como consecuencia de las hostilidades es que hay 649 argentinos caídos que no todos fueron "en las islas Malvinas", ya que la distribución en el Teatro de Operaciones de las muertes ocurridas es la siguiente: Isla Soledad 257; Isla Gran Malvinas 9; Islas Georgia del Sur 4; en el Mar 362 y en el Continente (desde Puerto Madryn a Río Grande) 17 fallecidos .Todos ellos están reconocidos como “COMBATIENTES” y “HEROES NACIONALES “por la Ley Nacional 24.950.
Quedando demostrado con basta pruebas que hubo actividad bélica en el continente, de ahí, quienes solicitan esta reivindicación afirman estar reconocidos como Veteranos de Guerra desde el fin mismo de la guerra momento después del cual se publicó la Ley Nacional 23.109. El artículo 1º, tal como está vigente dicha norma hoy, dice "Tendrán derecho a los beneficios que acuerda la presente ley los ex soldados conscriptos que han participado de las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur entre 2 de abril y el 14 de junio de 1982." .
También surge claro de lo expresado en la Ley Nacional 22.674 sobre subsidios por disminución psicofísica permanente en su artículo 1º “toda aquella persona que resultare con disminución psicofísica permanente , como consecuencia de su intervención en el Conflicto con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte , en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur , y en la Zona de Despliegue Continental “.Ley de la que concluimos con claridad que la Zona de Despliegue Continental fue participe directo del conflicto y además donde se reconoce los afectados por traumas y lesiones de diversas índoles ,ocasionados por la guerra .Seguidamente se sancionó la Ley Nacional 23.118 / 84, que ordena condecorar a todos los que lucharon en la guerra por la reivindicación territorial de las Islas Malvinas, Georgia y Sándwich del Sur, en las acciones bélicas del 2 abril al 14 de junio de 1982, con una medalla y un diploma , que fueron entregados al personal de la Fuerza Aérea de las Bases de Operaciones Aéreas que actuaron en la Zona de Despliegue Continental ( Z.D.C).
Lamentablemente con el decreto 509/88, reglamentario de la Ley 23.109 ( llamativamente cuatro años después de sancionada dicha ley, se dictó el decreto ), que acuerda beneficios para ex soldados, se establece que a los efectos de la aplicación de la referida ley "se considerará veterano de guerra a los ex soldados conscriptos que desde el 2 de abril al 14 de junio de 1982 participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, cuya jurisdicción fuera determinada el 7 de abril de dicho año y que abarcara la plataforma continental, las Islas Malvinas, Georgia y Sándwich del Sur y el espacio aéreo correspondiente". Por consiguiente, con esa redacción, un grupo importante de ex combatientes quedó excluidos de la legislación de veteranos de guerra a pesar que otras normas los abarcaban. Y además el referido decreto no expresa correctamente la delimitación geográfica del T.O.A.S pues el día 7 de Abril no se “determino ni delimito de manera definitiva “ la jurisdicción del T.O.A.S .En ese sentido se refiere el DECRETO 700/s diciendo de manera concluyente :“ EN LA ZONA QUE SE DETERMINE POR EL COMITÉ MILITAR “ dejando en ver que esta jurisdicción geográfica estará sujeta a las respuesta tácticas del enemigo y propia tropa , situaciones , acontecimientos , previsión , protección y necesidades que surjan durante el transcurso de la guerra .Lo que nos lleva de la primera delimitación geográfica del 7 de Abril ,delimitación tan solo previsora ante la eventual llegada de la flota de tareas Británica al área de conflicto .Fecha en la cual dicha flota apenas zarpaba de Inglaterra y en comparación al 24 de Mayo y al contenido del acta del CENTRO OPERACIONAL CONJUNTO (CEOSPECON) ya en pleno transcurso de la guerra , y que fuera REFRENDADO por el COMITÉ MILITAR (en cumplimiento con el articulo Nº1del DECRETO 700/S ) el día 24 de Mayo, donde SI se deja en claro que las”…. bases aéreas, aeronavales, instalaciones militares, los puntos de apoyo logístico y todo otro lugar en el continente que pueda ser motivo de un eventual ataque del enemigo…. “ Están afectados al TEATRO DE OPERACIONES DEL ATLANTICO SUR T.O.A.S .Y que a la fecha de la redacción del ACTA , 24 de Mayo de 1982 ya se había convertido la ZONA de DESPLIEGUE CONTINENTAL en OBJETIVO PRIORITARIO A DESTRUIR POR EL ENEMIGO ( por ejemplo las Bases de Operaciones Aéreas). Declarando estos últimos, a las bases aéreas continentales, de “beligerantes” y por ese motivo objetivos prioritario a defender por fuerzas propias en cumplimiento de las ordenes operacionales de guerra :1/82, 2/82 y 3/82 .Todo ello debido al tremendo daño ocasionado por la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Naval con el MISIL A.M 39 “EXOCET”, y con el despliegue de la Fuerza Aérea Sur desde las Bases de PUERTO SAN JULIAN , RIO GALLEGOS , RIO GRANDE y COMODORO RIVADAVIA, contra la flota BRITANICA siendo estos los únicos lugares de donde se atacó a la flota de tareas Inglesa. Estos daños son los siguientes: Buques hundidos o destruidos: 1) Destructor tipo 42 HMS SHEFFIEL .2) Destructor HMS COVENTRY. 3) Fragata HMS ARDENT 4) Fragata HMS ANTELOPE .5) Buque logístico RSA HMS SIR GALAHAD. 6) Buque logístico RSA HMS SIR TRISTAN. 7) Portacontenedor de gran porte ATLANTIC CONVEYOR. 8) Portaaviones HMS INVENCIBLE. Buques fuera de combate o inactivos: 1) Submarino ONIX. 2) Fragata HMS ALACRITY. 2) Fragata HMS AVENGER. 3) Fragata HMS ARROW. 4) Fragata ARGONAUT. 5) Crucero HMS HMS ANTRIM. 6) Crucero HMS GLAMORGAN. 7) Destructor HMS GLASGOW.
Tal se indican también sobre las acciones bélicas en el Continente, con las novedades de los DIARIOS de GUERRA sobre” incursiones reiteradas del enemigo”, y sobre alertas rojas (diarios RIMEC XI, CDO BRIG. VII INFORME RATTEMBACH, etc.) .Véase “OPERACIÓN MIKADO”, “OPERACION PLUM DUFF”, “OPERACION SUBMARINO ONIX“ “ MISION EN CABO CURIOSO “ MISION EN CERRO REDONDO “ MISION EN PUNTA LOYOLAS “ MISION EN PUERTO SANTA CRUZ “ y cuantiosas incursiones de nombres desconocidos de nuestra parte.
Algunas misiones militares fueron reconocidas públicamente por el enemigo y los medios de información nacionales e internacionales ,en la actualidad y en época de la guerra son : Diario Clarín “ EL MISTERIOSO SEA KING “ ( sobre la caída de un helicóptero SEA KING Británico cerca de Punta Arenas Chile , luego de incursionar territorio Argentino publicación de fecha 17 de Junio de 2007 ) “ MALVINAS: SUBMARINOS INGLESES Y MISIONES SECRETAS EN SANTA CRUZ “ ( Sobre la detección de 2 submarinos Británicos y el derribo de un helicóptero Bell UH-1H del Ejército Argentino en Bahía Agüero, Caleta Olivia dejando 10 militares muertos en “MISION DE COMBATE” el día 30 de Abril de 1982 ). Diario Clarín del 31 de Marzo de 1996” MENSAJES CIFRADOS “(sobre el testimonio del Contraalmirante Zaratiegui, de la operación MIKADO y la detección en sus radares de helicópteros Británicos Sea King provenientes de Chile y que dejo comandos en Tierra del Fuego). Diario Clarín (31 de Marzo de 1996) “MIKADO: LA OPERACIÓN QUE NO FUE: Cuando los Ingleses planearon atacar el sur Argentino “(sobre la caída de un helicóptero Sea King Británico en Punta Arenas, Chile, por la operación Plum Duff y la Operación Mikado), entre varias publicaciones más.
Del lado ingles se puede rescatar las siguientes publicaciones: THE TELEGRAPH “ SAS SUICIDE MISSION TO WIPE OUT EXOCETS “ ( sobre misión contra la Base de Río Grande con el submarino HMS ONIX ) , / THE SUNDAY TIMES “ ARGENTINA HOLDING SAS COMMANDOS “ , ( sobre comandos capturados en RIO GALLEGOS ) , / THE SUNDAY TIMES “ REPORT SAYS SAS COMMANDOS CAPTURED “ ( sobre la captura de siete comandos británicos cerca de Río Gallegos ) /del diario ABC , de España “ UN COMANDO BRITANICO QUEDO AISLADO EN EL CONTINENTE “ (sobre los comandos británicos que quedaron en RIO GRANDE por la OPERACIÓN PLUM DUFF ) / DIARIO INTERNACIONAL de España “ARGENTINA CAPTURA COMANDOS BRITANICOS “ (sobre la infiltración de comandos Británicos en la Patagonia ) / BBC NEWS U.K “FALKLANDS WAR :SAS ROLES IN THE CONFLICT “ (sobre las misiones secretas contra los EXOCET en RIO GRANDE ) . / THE GAZETTE U.K “ARGENTINA HOLDING 7 SAS COMANDOS “ (sobre la captura de siete comandos S.A.S británicos en el continente) /LANCASHIRE LIFE (del 17 de Agosto de 2011) “THE LAKELAND MAN WHO HAS BROUGHTTHE FALKLAND CONFLICT TO LIFE “.
Sobre los testimonios del Coronel RICHARD HUTCHING , quien piloteo en una misión suicida ,un helicóptero SEA KING matricula ZA290 y dejo comandos la Estancia “las Violetas” en cercanías de RIO GRANDE – TIERRA DEL FUEGO .Acción por la que recibió junto a su tripulación la mención más alta de Inglaterra durante el conflicto la “DISTINGUISHED SERVICE CROSS “ .Estas como las otras incursiones enemigas realizadas contra las Bases Argentinas en el Continente se realizaron de noche con equipos preparados para visión nocturna y con tropas de elite especiales , esto eran los S.A.S –Special Air Service y S.B.S – Special Boat Service ,se los conocen como las tropas especiales de alto entrenamiento y únicos capaces de penetrar en territorio enemigo para realizar misiones de sabotaje a objetivos militares. Solo unas cuantas incursiones de estos grupos comandos tuvieron trascendencia en los medios Argentinos, Chilenos, Británicos etc., pero existieron cuantiosas incursiones del enemigo que quedaron como testimoniales tan solo. Pese a ello también existen registros en los diarios de guerra donde se corroboran algunos testimonios de incursiones , por ejemplo el diario de guerra del Comando de Infantería Mecanizada 11 dice : 22 de Mayo de 1982 : “ 22:04 hs. Alerta roja tres helicópteros enemigos ingresaron al Continente ya han salido los pucara y uno de ellos le han disparado a uno de los helicópteros ….” / “ 23:50 hs :Un helicóptero descendió en San Julián y observación de tropas …” / “ 00: 40 Observación de un helicóptero en Cerro Redondo , salida de un avión de FAA….”//. El Diario de guerra de la Brigada de Infantería VII (con tropas de Corrientes ,Chaco y Formosa ) dice: Día 11 de Mayo de 1982 “23:50 hs: fue detectado un barco a 30 millas de la costa, que efectuaba interferencias electrónicas…. se observaron a dos hombres ranas que se acercaban a la costa ante lo cual se abrió el fuego y dichos hombres se internaron nuevamente en el mar .Otra patrulla observo un bote de goma a 300 mts de la costa que se dirigía a la orilla , se abrió fuego de inmediato motivando con ello que desde dicho bote se lanzaran dos bengalas blancas y desaparecieran en la oscuridad .Al tiempo el barco de gran porte desapareció…..”/ Día 18 de Mayo “ 23 hs : Sobrevoló la zona de la Bahía San Julián un helicóptero no identificado ……se confirmó que dicha aeronave no era propia …” Día 21 de Mayo de 1982 “ 12:45 hs :Ante la posibilidad de operaciones enemigas tipo comando , ataques aéreos contra aeródromos ….se redoblan los medios de vigilancia y protección …”/ Día 23 de Mayo : “Se habrían visto 2 o 3 helicópteros con personal desembarcando en la zona N.E de la Ria de Puerto Santa Cruz …”/ etc.
En ese sentido y en la actualidad La ASOCIACION de ANTIGUOS COMBATIENTES y VICTIMAS de GUERRA ARAC.” ASSOCIATION REPUBLICAINE DES ANCIENS COMBATTANTS ET VICTIMES DE GUERRE” de Francia, después de un extenso análisis de la situación es este grupo de ex soldados concluye que: "Los soldados movilizados en un territorio de operaciones, estando bajo la comandancia del TOAS y armados para defender objetivos militares prioritarios a neutralizar por parte del Reino Unido (BAM), cumplieron su misión con honor y merecen el reconocimiento entero de la Madre patria y de sus compatriotas como lo anuncia el dictamen nº 27869/08.
Que con fecha 5 de abril de 2017 en una de las salas de reuniones de comisiones de esta Cámara de Diputados se procedió a realizar un Encuentro entre grupos de ex combatientes de Malvinas con motivo de conmemorarse otro aniversario del inicio de la guerra de Malvinas, bajo el lema “Malvinas la Otra Guerra”, en donde se presentó abundante documentación tanto nacional como internacional, en especial reportes de la Royal Navy de donde se pudo verificar la existencia de diferentes acciones bélicas que se desplegaron entre las Fuerzas Armadas Argentinas y las del Reino Unido de Gran Bretaña.
Por último, es necesario resaltar que habiendo pasado un tiempo más que prudencial desde la época de la guerra mencionada, el pueblo argentino en su conjunto tiene el derecho de conocer todas las instancias y documentación existentes en los archivos del Ministerio de Defensa y de las diferentes Fuerzas Armadas Argentinas.
El objetivo de acceder a dicha información - más allá de que conforme a derecho, no es necesario dar explicación alguna al respecto- está basada en la necesidad de familiares, ciudadanos, periodismos y público en general de poder acceder a los hechos acaecidos cosa que no ha ocurrido en los años que han pasado, pero de una forma sencilla, práctica y que realmente garantice el acceso a la información cumpliendo por lo tanto con la ley 27275.
El poder acceder a esta información en forma sencilla y en soporte magnético permitirá conocer de primera mano y en forma directa la documentación utilizada por las tres fuerzas armadas argentinas en oportunidad del conflicto armado del Atlántico Sur, denominado comúnmente como Guerra de Malvinas, y de esa forma acercar al pueblo argentino los informes y detalles de la verdad sobre el actuar de nuestras fuerzas armadas, la identificación de los protagonistas y su rol real y efectivo, y además dimensionar el alcance del conflicto que no solo se circunscribió a las Islas Malvinas, sino conocer las incidencias y les episodios ocurridos en el territorio continental.
De esta forma será el pueblo argentino que en base a la verdad documentada podrá sacar sus propias conclusiones y no quedar a la merced de interpretaciones u opiniones de algunos protagonistas o conocedores de las acciones bélicas, entre todos podemos reconstruir la verdad y valorar la tareas de nuestros soldados, y será la mejor forma de honrar a nuestros héroes.-
Sin dudas, proceder a la digitalización de estos documentos es una deuda que se mantiene a la fecha pero que sin dudas deberá ser saldada de forma definitiva.
Por todo ello, solicito a los Sres. Diputados acompañen el presente proyecto de ley con su debida aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BRÜGGE, JUAN FERNANDO | CORDOBA | CORDOBA FEDERAL |
FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
AYALA, AIDA BEATRIZ MAXIMA | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |
PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA FERREYRA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO MOYANO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DE PONTI (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA AYALA (A SUS ANTECEDENTES) |