Jorge Antonio Romero
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 4485-D-2018
Sumario: ADMINISTRACION FINANCIERA - LEY 24156 -. MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 24 Y 25 SOBRE ENDEUDAMIENTO PUBLICO A TRAVES DEL PRESUPUESTO NACIONAL.
Fecha: 23/07/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
ARTICULO 1º: Modificase el artículo 24 de la ley Nº 24156 el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 24.- El Poder Ejecutivo Nacional fijará anualmente los lineamientos generales para la formulación del proyecto de ley de presupuesto general.
A tal fin, las dependencias especializadas del mismo deberán practicar una evaluación del cumplimiento de los planes y políticas nacionales y del desarrollo general del país y sobre estas bases y una proyección de las variables macroeconómicas de corto plazo, preparar una propuesta de prioridades presupuestarias en general y de planes o programas de inversiones públicas en particular.
Se considerarán como elementos básicos para iniciar la formulación de los presupuestos, el programa monetario y el presupuesto de divisas formuladas para el ejercicio que será objeto de programación, así como la cuenta de inversiones del último ejercicio ejecutado y el presupuesto consolidado del sector público del ejercicio vigente.
El programa monetario será remitido al Congreso Nacional, a título informativo, como soporte para el análisis del proyecto de ley de presupuesto general.
ARTICULO 2°: Modificase el artículo 25 de la ley Nº 24156 el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 25.- Sobre la base de los anteproyectos preparados por las jurisdicciones y organismos descentralizados, y con los ajustes que resulte necesario introducir, la Oficina Nacional de Presupuesto confeccionará el proyecto de ley de presupuesto general.
El proyecto de ley deberá contener, como mínimo, las siguientes informaciones:
a) Presupuesto de recursos de la administración central y de cada uno de los organismos descentralizados, clasificados por rubros;
b) Presupuestos de gastos de cada una de las jurisdicciones y de cada organismo descentralizado los que identificarán la producción y los créditos presupuestarios;
c) Créditos presupuestarios asignados a cada uno de los proyectos de inversión que se prevén ejecutar;
d) Resultados de las cuentas corriente y de capital para la administración central, para cada organismo descentralizado y para el total de la administración nacional.
e) Presupuesto de servicios de la deuda pública de la Administración Nacional, clasificado por los siguientes tipos: acreedor, moneda, legislación, instrumento, tasa y plazo.
f) Presupuesto de divisas de la Administración Nacional en moneda nacional y en divisas.
El reglamento establecerá, en forma detallada, otras informaciones a ser presentadas al Congreso Nacional tanto para la administración central como para los organismos descentralizados.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley modifica dos artículos de la ley 24156 de Administración Financiera relacionados con el endeudamiento público a través del Presupuesto Nacional.
Nuestro país tiene un serio problema de déficit de la cuenta corriente del balance de pagos. Nuestra balanza comercial es deficitaria, el sector turismo es deficitario, la inversión extranjera directa es insuficiente y se ha acelerado la fuga de divisas.
Asimismo el Estado Nacional bajo la administración de Cambiemos, ha incurrido en el error de tomar deuda en moneda extranjera para financiar el creciente déficit fiscal en moneda nacional. Así ha aumentado vertiginosamente el endeudamiento público externo en divisas.
En este marco el Estado Nacional se ha convertido en el principal proveedor de divisas faltantes a la economía nacional a través del Presupuesto anual.
No obstante el Presupuesto Nacional que resume el plan de gobierno y es puesto a consideración del parlamento cada año está confeccionado en su totalidad en la moneda nacional.
Todos los recursos y gastos del Presupuesto Nacional tanto “arriba” como “debajo” de la línea están en pesos. De este modo tanto las llamadas fuentes financieras (endeudamiento) como las aplicaciones financieras (pagos de deuda) contraídas en buena medida en divisas figuran en moneda nacional.
Si bien existen algunos ítems como “Colocación de deuda a largo plazo” y “amortización de deuda a largo plazo” que aparecen discriminados entre Moneda Nacional y Moneda extranjera, los montos aparecen en pesos. Todo esto dificulta el análisis, control y seguimiento del tema y le da un margen importante de discrecionalidad al Poder Ejecutivo.
Consideramos conveniente que el presupuesto de divisas que actualmente consta como un punto del Mensaje del Presupuesto y tiene carácter “informativo” (según el artículo 24 de la ley 24156), pase a formar parte del articulado del presupuesto. Asimismo para evitar opacidades y permitir un adecuado análisis debe aparecer especificado en moneda nacional y en divisas.
Al respecto proponemos eliminar la mención del presupuesto de divisas del artículo 24 y situarla en el artículo 25 inciso f) dentro de los contenidos mínimos a cumplir en la formulación del proyecto de Ley de Presupuesto.
Por otra parte, el tratamiento del uso de divisas no es la única dificultad que presenta el Presupuesto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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FRANA, SILVINA PATRICIA | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FILMUS, DANIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROMERO, JORGE ANTONIO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORIA, MARIA EMILIA | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
FINANZAS |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO FILMUS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ROMERO, JORGE ANTONIO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA SORIA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CASTAGNETO (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CASTRO, SANDRA DANIELA (A SUS ANTECEDENTES) |