Jorge Antonio Romero
Diputado de la Nación
UNIÓN POR LA PATRIA
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 4257-D-2019
Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 591/2019, SOBRE IMPORTACION DE RESIDUOS PELIGROSOS.
Fecha: 09/09/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
Ley de derogación del Decreto Nacional 591/2019
Artículo 1°: Derógase el Decreto Nacional 591/2019 del 26 de agosto de 2019 (publicado en el Boletín Oficial del 27 de Agosto de 2019), por el cual se sustituyen los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5° del Decreto Nº 181 del 24 de enero de 1992 y el artículo 3° del Decreto N° 831 del 23 de abril de 1993.
Artículo 2°:Comuniquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 26 de agosto se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 591/2019, que permite la importación de residuos de otros países sin una certificación de su inocuidad para el ambiente y las personas como se exigía anteriormente creando nuevas excepciones y violando la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
La Ley de Residuos Peligrosos es un emblema en la lucha ambiental en la Argentina y el Decreto en crisis viola dos principios elementales del derecho vigente: uno es el de no regresión ambiental que indica que no se puede retroceder en el derecho, y el otro es el principio de progresividad para buscar aumentar la protección jurídica.
El nuevo Decreto entonces permite retroceder respecto a los niveles de protección alcanzados con anterioridad, dándose de bruces con el objeto que debe velarse para evitar la supresión normativa o la reducción de sus exigencias por intereses contrarios que no logren demostrar ser jurídicamente superiores al interés público ambiental.
De este modo la nueva habilitación del Poder Ejecutivo, viene a lesionar frontalmente los estándares protegidos por el art. 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.”
Es por ello que la principal obligación por parte del Estado conlleva su correcta aplicación para no retroceder, ni afectar los umbrales de protección ya adquiridos, no derogar o modificar normativa vigente en la medida que esto conlleve disminuir, menoscabar o de cualquier forma afectar negativamente el nivel actual de protección.
El Decreto 591/2019 que firmó el gobierno el 27 de agosto modifica sustancialmente el 181/1992, implementado por el gobierno de Carlos Menem, que definía que para la importación de residuos se debía pedir una autorización de la autoridad ambiental, pero con esta alteración se les quita este control a materiales reciclables como cartón, papel y plásticos, permitiendo la importación indiscriminada, eliminando el requerimiento del certificado "de inocuidad sanitaria y/o ambiental"
Por otra parte, y como es de dominio público, diversas Organizaciones No Gubernamentales y Cooperativas de Recuperadores señalaron a través de diferentes medios de comunicación que el decreto que autoriza el ingreso de material reciclado, convertirá a la Argentina en "el basurero del mundo". A su vez la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas comunicaron que la introducción de materiales reciclables en el país, como prevé el decreto, “es un disparate en varios sentidos” ya que “Argentina no necesita ese material”, sino por el contrario, tiene un excedente en sus ciudades, y no llega a reciclar ni un porcentaje mínimo de los reciclables que terminan en repositorios finales; por lo que no hay una situación donde se esté cumpliendo de manera acabada en el proceso de reciclado, resultando innecesario el ingreso de mayor cantidad de basura.
Sin perjuicio de todo lo arriba narrado, el Decreto no solo fulmina los esquemas jurídicos de protección ambiental, sino que incide negativamente en el desarrollo de las economías populares. Históricamente, la ocupación de los recicladores callejeros o urbanos, ha estado asociada a condiciones precarias y de bajos ingresos. Sin embargo, desde que el reciclaje de la basura comenzó a ser considerado como un factor esencial para mejorar el bienestar del medio ambiente y la calidad de vida en las ciudades, su reputación ha cobrado otro reconocimiento
Los Recuperadores Urbanos, solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representan cerca de 5.300 trabajadores y se encuentran agrupados en doce cooperativas que están integradas al servicio público de higiene urbana, junto a cinco empresas de recolección de basura y al Ente de Higiene Urbana (organismo público). Su labor principal es recolectar todo el material reciclable que se genera, lo cual representa en la actualidad unas 600 toneladas diarias. Por tal razón el pretendido ingreso de residuos afectará sensiblemente a las Cooperativas de recicladores urbanos, puesto ante la gran cantidad de basura a recibirse, indefectiblemente el precio de los reciclables bajará significativamente perjudicando a los segmentos más golpeados de una sociedad que atraviesa un escenario trágico en material social y económica.
La importación de residuos podría tener alguna racionalidad si el país tuviera escasez de insumos para el reciclado. Sin embargo, en la Argentina sobran los residuos, peligrosos y no peligrosos, y existen grandes zonas contaminadas en áreas urbanas, periurbanas y rurales. En consecuencia, importar residuos resulta doblemente nocivo para el país: por un lado, gastamos recursos escasos para traer bienes que no nos reportan beneficio alguno, e incluso perjudican a los que menos tienen; por el otro, adquirimos elementos de peligrosidad elevada que generan externalidades negativas, costos económicos, sociales y de salud muy importantes, que el Estado argentino deberá afrontar.
Por las razones expuestas solicito a mis pares que me acompañen en esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VALLEJOS, FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MERCADO, VERONICA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALVAREZZA, ROBERTO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROMERO, JORGE ANTONIO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORAIRE, MIRTA ALICIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CAROL, ANALUZ AILEN | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CAROL (A SUS ANTECEDENTES) |