Diputados
Foto Diputado de la Nación Hugo Yasky

Hugo Yasky

Diputado de la Nación

UNIÓN POR LA PATRIA

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1635-D-2019

Sumario: CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744: INCORPORACION DEL ARTICULO 249 BIS, SOBRE IMPUTACION DE PAGO A LOS TRABAJADORES.

Fecha: 09/04/2019

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35

Proyecto
CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 249 BIS, SOBRE IMPUTACION DE PAGO A LOS TRABAJADORES.
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- Incorpórese como artículo 249 bis del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por Ley 20.744 (t.o. 1976) el siguiente:
“Art. 249 bis.- Los pagos efectuados al trabajador solo se considerarán referidos al concepto al cual hubiesen sido expresamente imputados.
No serán válidas las cláusulas por las cuales se pretenda compensar pagos efectuados al trabajador con determinada imputación, con otros conceptos a los que éste pudiera resultar acreedor.”
Artículo 2.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que aquí presentamos es una reproducción del proyecto 6454-D-17 del Diputado (MC) Héctor Recalde, quien nos dio su autorización para reproducirlo.
El proyecto busca dar certezas respecto de la imputación de los pagos que los empleadores efectúan a los trabajadores, estableciéndose que los pagos a éstos efectuados únicamente se considerarán referidos al concepto al cual hubiesen sido expresamente imputados.
La regla expresada se vincula con el principio de identidad del pago, si éste se efectúa con determinada imputación solo a ese concepto puede ser atribuido.
El tema adquiere trascendencia cuando las empresas pretenden reservarse el derecho a imputar el pago efectuado a determinado concepto a otros conceptos, a través del mecanismo de la compensación, modificando así unilateralmente la causa del pago efectuado.
Como ejemplo vale señalar los supuestos en que las empresas efectúan pagos con imputación a “gratificación por cese” en el marco de acuerdos de extinción de la relación laboral por voluntad concurrente de las partes, incorporando cláusulas por las cuales establecen que dicho pago puede imputarse, además, a compensar tales pagos con cualquier otro crédito al cual el trabajador pudiera tener derecho.
En tales casos, la concurrencia de la voluntad del trabajador para aceptar el acuerdo de extinción se encuentra motivada por la suma que se le abona a tal fin; y una posterior imputación a conceptos diferentes a los cuales el actor resultara acreedor constituye una modificación de la imputación del pago efectuado que altera las condiciones bajo las cuales el trabajador aceptó su desvinculación de la empresa.
De tal forma, el trabajador que aceptó su desvinculación de la empresa contra el pago de determinada suma de dinero, se encuentra posteriormente que con motivo de esa desvinculación terminó recibiendo, al imputarse la suma que recibiera a otros conceptos a los cuales resultaba acreedor, nada o bien una suma inferior a la que lo motivó a aceptar su desvinculación.
La realidad presenta también situaciones en que empresas abonan sumas de dinero con imputación a diversos rubros –que pueden incluso tener origen en la voluntad unilateral de la propia empleadora- y que luego pretenden compensar, por ejemplo, con adicionales de convenio impagos; en una inadmisible pretensión de alteración de imputación del pago mediante la cual, con una misma suma, buscan cancelar dos conceptos.
A fin de erradicar dichas prácticas y establecer concretamente desde la norma positiva el principio de identidad del pago en materia laboral, se propone además establecer claramente que no serán válidas las cláusulas por las cuales se pretenda compensar pagos efectuados al trabajador con determinada imputación, con otros conceptos a los que éste pudiera resultar acreedor.
Por las razones señaladas solicito el acompañamiento de los Sres. y Sras. Diputados y Diputadas en la sanción de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FURLAN, FRANCISCO ABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRO, PABLO CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
YASKY, HUGO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SILEY, VANESA RAQUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CORREA, WALTER BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)