Héctor W. Baldassi
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 3624-D-2017
Sumario: DECLARESE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL A LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZON DE JESUS UBICADA EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 04/07/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
INCORPORACIÓN DE LA IGLESIA DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE LA CIUDAD DE CORDOBA, PROVINCIA DE CÓRDOBA, COMO MONUMENTO HISTORICO NACIONAL EN LOS TÉRMINOS DE LAS LEYES 12.665, 24.252 Y SUS MODIFICATORIAS.-
ARTICULO 1°.- Declárese Monumento Histórico Nacional a la Iglesia Del Sagrado Corazón de Jesús, con domicilio en calle Buenos Aires nro. 600-699, Esquina Obispo de Oro, Barrio Nueva Córdoba, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2°.- Dispóngase la inmediata ejecución de los mecanismos previstos en el Artículo 1° de la Ley 24.252 a los fines de preservar, conservar y atesorar para todos los habitantes de la Nación y generaciones venideras, la estructura edilicia declarada por la presente, como Monumento Histórico Nacional.-
ARTICULO 3°.- Determinase que el edificio declarado Monumento histórico nacional queda alcanzado por los términos de la ley 25.197 (Régimen del Registro Del Patrimonio Cultural), debiendo su autoridad de aplicación, incluirlo al Registro único de Bienes Culturales de la Nación.-
ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La impronta y magnificencia de la calidad arquitectónica de la iglesia Del Sagrado Corazón de Jesús, más conocida entre los cordobeses como “Los Capuchinos” (Por la ropa que usaban los franciscanos con capucha), solamente es comparable con la trascendencia espiritual que despierta en toda la comunidad de la docta.-
Este increíble templo de la Orden Franciscana fue construido entre los años 1926 y 1934. El arquitecto que se encargó del diseño de la iglesia fue el Italiano Augusto Ferrari quien realizó su trabajo en un estilo neogótico aprendido en Europa. En el ingreso a la Iglesia del Sagrado Corazón, nos reciben estatuas de Moisés, con tablas de la Ley en la mano, representando el Antiguo Testamento; y la de Juan El Bautista, quien nos introduce en el Nuevo Testamento. Asimismo, sobre el portal central de entrada bendice nuestra llegada La Virgen inmaculada rodeada de ángeles.-
En el lateral derecho, se puede observar, la torre inconclusa, que lejos de serlo se transformó en un gran acierto de su constructor, puesto que ha despertado tantas teorías como de personas que la han visitado. Siendo la más frecuente la que manifiesta que es una representación del artista para reflejar el plano terrenal, la limitación humana; del otro lado la otra torre en flecha de 78 metros representa el alma que asciende hacia el cielo en búsqueda de Dios.
Luego de los portales, hermosamente tallada en madera por el artista Armando Vanadía, nos recibe su inmensa puerta que refleja en su hoja izquierda al apóstol San Pedro, y en su derecha a San Francisco de Asís.-
La Iglesia de los Capuchinos se destaca por su gran número de esculturas, vitrales y pinturas. Su techo es especialmente llamativo, ya que está conformado por bóvedas, ornamentadas por distintos artistas. Estas bóvedas tienen pintadas en ellas las diferentes constelaciones del cielo de Córdoba conforme se las vea en días fijos de todos los meses del año.-
Esta obra arquitectónica fue elegida en el 2008 por votación popular como primera maravilla construída por el hombre en el territorio cordobés, y día a día es valorada por miles de vecinos y turistas que encuentran en su seno un lugar de fe, paz, y fraternidad.-
Por lo expuesto, se desprende que este lugar, en todos sus planos (material y espiritual); en sus aspectos arquitectónicos y de fé; en su belleza física y espiritual, contiene expresiones históricos - culturales que nos identifican y, nos impulsan a protegerla, conservarla y enaltecerla, para que perdure para siempre. Más aun cuando esta protección deviene de tratados internacionales como La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural que fuere adoptada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) el 16 de noviembre de 1972, y cuyo objetivo es promover la identificación, protección y preservación del patrimonio cultural y natural considerado especialmente valioso para la humanidad. Como complemento de ese tratado, la Unesco aprobó, el 7 de octubre de 2003, la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial.-
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MESTRE, DIEGO MATIAS | CORDOBA | UCR |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
MARTINEZ VILLADA, LEONOR MARIA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1099-D-19 |