Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 8812-D-2010
Sumario: MONEDA DE CURSO LEGAL DE DOS PESOS: DISPONER SU EMISION Y PUESTA EN CIRCULACION.
Fecha: 28/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 209
EMISION DE MONEDAS
ARTICULO 1º.- Encomiéndese al
Banco Central de la Republica Argentina y la Casa de la Moneda ,la emisión y
puesta en circulación de una moneda de curso legal de DOS PESOS ($2.-).
ARTÍCULO 2º.- El Poder Ejecutivo
Nacional y el Banco Central de la República Argentina dispondrán lo necesario y
reglamentarán la presente Ley en un plazo de sesenta (60) días.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La moneda es una mercadería más,
por lo cual el Estado Nacional no puede emitir moneda sin afectar su precio,
cuestión que los analistas concluyen que se viene produciendo desde el año 2003,
al expresar que la producción de moneda crece más rápido que el resto de la
oferta de bienes y servicios.
Recordemos que la escalada
inflacionaria comenzó a hacerse pública con los primeros acuerdos de precios del
año 2005 al que le sucedió la intervención del INDEC y el control de precios.
Especialistas argumentan que una de
las pautas que permite advertir la distorsión del I.P.C., es el aumento de la
recaudación del impuesto al valor agregado (I.V.A.) y el producto bruto interno
(P.B.I.) La suma de los valores agregados de la economía en un año, si el P.B.I.
aumenta el 5% y la recaudación del I.V.A. un 30%, la diferencia se explicaría por
la tasa de inflación, o sea alrededor de 25%.
Tengamos presente que la demanda
de moneda es la cantidad de ésta que la gente necesita tener en su poder. Si se
espera que los precios continúen subiendo, la gente se desprenderá más rápido
del dinero, porque sabe que con esa misma cantidad podrá comprar menos en el
futuro.
Existen errores de previsión por parte
del Gobierno Nacional, no sólo en el Presupuesto Nacional sino también en el
Programa Monetario del Banco Central de la República Argentina.
El marcado crecimiento de la
demanda de dinero por el efecto inflacionario que este Gobierno promueve
disimular y minimizar, sumado a los constantes inconvenientes en la emisión
monetaria, trajo como consecuencia el faltante de billetes durante el mes de Enero
pasado y la importación de papel moneda desde Brasil.
El otro faltante es el de monedas, que
afecta de manera ostensible la vida cotidiana de los ciudadanos sobre todo en
cuanto a que son el instrumento indispensable para el pago del transporte público
de pasajeros, el cual supera el valor de un peso en sus diversas modalidades
(colectivo, subte, tren)
De hecho su falta es en sí un factor
inflacionario. Recordemos que en Enero último las concesionarias de los
ferrocarriles salieron a reclamar que se realice un reordenamiento tarifario, para
paliar los problemas que se presentan por la escasez de monedas de 5 y 10
centavos. El nuevo cuadro tarifario implicaría una suba promedio de hasta un 25%
Debemos tener presente también,
que en Febrero del año 2009 (hace exactamente dos años) el Gobierno lanzó con
bombos y platillos el Sistema Único de Boleto Electrónico, para paliar en parte el
faltante de monedas y que aún está en proceso.
De acuerdo con los plazos estipulados
por la resolución 162/2010, la instalación de las máquinas expendedoras en las
unidades de transporte y su conexión con el sistema de comunicación central
abarca seis etapas, las que finalizarán recién a fines de diciembre del corriente
año.
La necesidad por tanto es urgente y
evidente. No podemos estar sometidos todos los ciudadanos a los
empecinamientos de algunos funcionarios que pretenden obstinadamente negar la
realidad de la inflación, ni tampoco a los lobbies papeleros que presionan para
evitar la emisión de monedas.
Por estas y por las demás razones
que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, solicito la
aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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