Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8757-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA ERRADICACION Y SANCION DEL TRABAJO ESCLAVO EN NUESTRO PAIS.
Fecha: 11/02/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 202
Dirigirse al Poder Ejecutivo para
que, a través de los organismos que corresponda informe, acerca de los
siguientes puntos:
Medidas implementadas por parte
de las autoridades laborales para prevenir, erradicar y sancionar el trabajo
esclavo en nuestro país. Detallar el grado de ejecución y resultados
alcanzados.
Si se han suscripto Convenios con
las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para implementar
acciones en común. En ese caso, cuál es el grado de ejecución de los
programas y si se han evaluado resultados.
Cantidad de inspecciones llevadas
a cabo por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación y de la Administración
Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por su cuenta o en concurrencia con las
autoridades provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detallando
los resultados obtenidos.
Cantidad de denuncias judiciales
formuladas por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación y de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Detalle contra quiénes y
avance de las mismas.
Cantidad de inspecciones
realizadas respecto de la existencia de trabajo infantil, indicando cuáles han
sido las medidas tomadas por el Ministerio de Trabajo y qué rol desempeña la
CONAETI (Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil) en tal
sentido.
Si el Estado Nacional se ha
presentado como querellante en las causas penales sustanciadas a raíz de las
denuncias interpuestas por particulares, asociaciones y organismos defensores
de los derechos humanos o de la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Medidas implementadas para
asistir a las víctimas, ya sea física, emocional y legalmente, como en su
reincorporación al mercado laboral, detallando también su grado de ejecución y
resultados.
Si se han concertado acciones
comunes o suscripto convenios con sindicatos de trabajadores rurales, la
Defensoría del Pueblo de la Nación y demás asociaciones y/u organizaciones
de la sociedad civil comprometidas con la lucha contra el trabajo esclavo. En
caso afirmativo, informe sobre su contenido, ejecución y resultados.
Si se ha evaluado realizar
campañas de difusión masiva para que los consumidores ejerzan su poder de
compra con responsabilidad, conociendo cuáles son las firmas que certifican a
través del INTI que sus productos están elaborados y comercializados
respetando los derechos laborales vigentes.
Cualquier otra información que
sirva al presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Si bien el trabajo ilegal, esclavo e
insalubre no es una novedad en nuestro país ni en el mundo, los numerosos
casos detectados en las últimas semanas en distintas zonas rurales del país
advierten sobre la urgente necesidad de disponer intervenciones directas sobre
esta situación que violenta sin tapujos normas laborales, así como tratados de
jerarquía constitucional.
La Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) detectó en los últimos meses trabajo ilegal y
condiciones laborales "infrahumanas" en varios establecimientos agrícolas
pertenecientes a grandes firmas nacionales y multinacionales.
El último caso visibilizado
transcurrió en el partido bonaerense de Tornquist, en un establecimiento
perteneciente a la firma "Satus Ager S.A.", durante un operativo de control de
empleo registrado junto al Ministerio de Trabajo bonaerense. El organismo
radicó la denuncia ante la Fiscalía Federal N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del
Doctor Antonio Horacio Castaño.
La AFIP emitió un comunicado
en el que señala que se trata de "otra firma agropecuaria líder en su mercado
que tiene sus empleados en condiciones infrahumanas" y ofreció detalles sobre
cómo eran alojados los trabajadores.
El texto indica que eran 31
personas reclutadas en Santiago del Estero por un "cabecilla", que trabajaban
doce horas diarias y eran alojados encasillas de chapa con capacidad.
"En la explotación trabajaban 31
personas durante doce horas diarias en el desflore de maíz y vivían bajo
condiciones indignas: sin energía eléctrica, ni agua potable, con baños precarios
y durmiendo hacinados en grupos de hasta 18 personas en un mismo trailer de
chapa", agrega el comunicado del organismo.
Según informó la AFIP, del
testimonio de los mismos empleados se desprende que la firma los reclutaba a
través de un "cabecilla" en la provincia de Santiago de Estero y los trasladaban
masivamente al campo ubicado a unos 20 kilómetros de la localidad de Sierra
de la Ventana.
Los directivos de la empresa
Satus Ager S.A. ya tienen una causa abierta en la que próximamente deben
declarar como imputados, por estar sospechados de cometer los delitos de
"trata de personas" y "reducción a la servidumbre" de peones traídos desde la
provincia de Santiago del Estero y Tucumán para el desflore del maíz.
Hace algunas semanas, la AFIP y
la cartera de Trabajo detectaron que esta empresa mantenía unas 274
personas cumpliendo tareas laborales bajo condiciones ilegales en tres campos
de la provincia de Buenos Aires.
De acuerdo con el informe
oficial, las personas encontradas en un campo ubicado cerca de la localidad
bonaerense de Ramallo y que explota la firma Satus Ager SA., "estaban
reducidas a la servidumbre" y vivían "en casillas de chapa a pleno sol, sin
instalaciones eléctricas" ni "elementos de seguridad". En el lugar se constató
que había "comida en mal estado en una jaula para guardar carne, colgada por
encima de recipientes para fumigación". En otro campo, en tanto, se localizaron
tres cuadrillas de trabajadores que aseguraron que no recibían alimentos desde
el día anterior, no tenían asistencia médica alguna y "debían lavar sus
pertenencias en envases de agroquímicos". En el lugar incluso se hallaron
adolescentes de entre 14 y 18 años con permisos adulterados, documentos que
no les correspondían y sin tutores responsables. Se revela así una doble
explotación, en clara violación de la Ley N° 26.364, de Prevención y sanción de
la trata de personas y asistencia a sus víctimas y la Ley Nº 26.390 de
Prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente. La ausencia
de controles estatales garantizan la impunidad de este accionar desde el sector
privado.
La firma Status Ager está
involucrada en otras causas por reducción a la servidumbre, producto de
operativos realizados en Tandil, Miramar, San Pedro y Arrecifes.
De este modo, ya suman cinco
los casos de trabajo esclavo que informó la AFIP en la última semana: dos de la
firma Pioneer -controlada por la multinacional DuPont-, uno en Córdoba, con
más de 140 trabajadores en condiciones infrahumanas, otro en Salto, provincia
de Buenos Aires, y el de una empresa forestal de capitales españoles en Entre
Ríos.
Respecto a las tres últimas,
afrontan una causa en el Juzgado Federal de San Nicolás, a cargo de Carlos
Villafuerte Ruzo, Juez que citó a sus directivos, quienes deberán comparecer en
calidad de imputados los próximos 2, 3 y 4 de marzo.
En la Argentina, según datos de
la Organización Internacional de Migraciones, en 2009 había más de 500 mil
personas en situación de servidumbre, situación que tomó relevancia pública
ese año a partir de lo que ocurría en la industria textil, que explotaba 40.000
personas bajo régimen de esclavitud en 3.000 talleres clandestinos de la ciudad
de Buenos Aires.
Esta repudiable situación que
representa el trabajo esclavo, además de dar por tierra con la dignidad de los
trabajadores al imposibilitar el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales,
favorece la competencia desleal, perjudicando severamente a aquellos
fabricantes y productores agropecuarios que tienen a sus trabajadores en regla
y cumplimentan con la totalidad de sus obligaciones impositivas. En el actual
marco socioeconómico, de no existir una intervención vigorosa por parte del
Estado destinada a erradicar el trabajo esclavo, sólo es esperable que este
flagelo se multiplique.
La misma implica no sólo la
detección de espacios de trabajo ilegales y el rescate de quienes son reducidos
a la servidumbre, sino también la posterior reinserción de estos individuos en el
circuito formal de la economía.
Asimismo, resulta en este
contexto necesario, además de implementar programas de prevención y
asistencia, la profundización de líneas de fiscalización e investigación ante el
fraude laboral y la comisión de delitos que se encuentran íntimamente
relacionados con la trata y esclavitud de personas. En este aspecto resulta
relevante destacar, como señalamos más arriba, la reciente reglamentación de
la Ley N° 26.364, de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a
sus víctimas, que en su artículo 4° define las diferentes formas de explotación,
incluyendo al trabajo esclavo e insalubre.
La existencia del delito de trata
de personas ha sido puesta en evidencia a través de un informe que fuera
elaborado por la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Personas
Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia nacional. El mismo
denuncia las prácticas sistemáticas de las empresas multinacionales que
explotan a los "trabajadores" (las comillas son utilizadas en el informe para
destacar que "en verdad son víctimas del delito de trata de personas" y no se
los puede considerar trabajadores en el verdadero y digno sentido de la
palabra), demostrando cómo son reclutados en su lugar de origen a partir de
engaños y falta de información.
Como dijéramos anteriormente,
es en sus lugares de origen de los "trabajadores" donde comienzan sus
penurias. El informe de la Oficina de Rescate consigna que es en pueblos muy
pobres de la provincia de Santiago del Estero como Río Hondo, Pozuelos,
Ycaña, Añatuya, Herrera, Loreto y Colonia Dora donde los trabajadores son
reclutados.
"Con respecto a la información
recibida por parte del 'contratista', todos comentaron que sabían que iban a
desflorar el maíz, pero indicaron que desconocían las condiciones de trabajo, de
vivienda y el destino o lugar de trabajo, como tampoco fueron informados
acerca de la cantidad de días de trabajo, la extensión de la jornada laboral, la
remuneración final, la modalidad de cobro y otras condiciones", sostiene el
informe.
Una vez en el lugar, los
"trabajadores" se enteran de que no tendrán sábanas ni frazadas para dormir ni
materiales de trabajo, y que deberán comprarlos. Asimismo, los "trabajadores"
contaron que se les asignan 24 o 25 pesos "en crédito por día para alimentos y
elementos de higiene, refirieron que el importe total sería descontado del pago
final, sin recibir el dinero mencionado en mano". Al proveedor, siempre según
el informe, lo elige la empresa y cobra el doble por los productos ofrecidos (un
par de alpargatas a 60 pesos, por ejemplo).
Respecto al caso de que algún
"trabajador" quiera volver a su lugar de origen, el informe destaca que las
víctimas son presionadas para no hacerlo. Según lo recabado a partir de las
declaraciones de los "trabajadores", en la estancia El Algarrobo el capataz les
habría señalado: "El que pase los límites del predio o cruza a campo traviesa
puede recibir un tiro", siendo que en otras estancias les dicen que los vecinos
de otros campos dispararán si traspasan la propiedad. Pero la amenaza más
común es económica: "Ante la solicitud de retirarse, deberían abandonar el
lugar todos los integrantes de la cuadrilla, con el consecuente perjuicio para el
resto de los 'trabajadores'; esta amenaza conlleva enfrentamientos entre
quienes 'trabajan' confiando en que se les pagará lo prometido y quienes
manifiestan sus deseos de retirarse por las malas condiciones. El
enfrentamiento entre las víctimas es una modalidad frecuente en este tipo de
organizaciones delictivas". Asimismo, según declararon varias víctimas, la
empresa Adecco les cobraba la suma de 600 pesos si querían irse antes del
desflore "en concepto de traslado a sus lugares de origen, desconociendo si les
abonarían los días trabajados".
"Se observó en muchos de los
'trabajadores' actitudes de sumisión y de resignación -prosigue el informe-,
como consecuencia del entorno abusivo al que se encuentran expuestos. Se
puede inferir una relación directa entre estos rasgos de personalidad y
determinadas prácticas habituales propias de la explotación de jornaleros
rurales: mala alimentación, hacinamiento, falta de descanso, de higiene, de
privacidad, de esparcimiento, etcétera". Y agrega: "La mayoría no pudo precisar
la ubicación de la estancia, ni la localidad en la que se encontraban. En algunos
casos ni siquiera conocían que estaban en la provincia de Buenos Aires".
"Hay una ausencia total de
autonomía de las personas que se hallaban en las estancias", concluye el
informe. A los pocos que "viajaron" con dinero encima y pudieron guardar
cierta cantidad no les alcanza para volverse. "De este modo, se torna evidente
que la promesa de pago al final de la temporada resulta de vital importancia
para retener a los trabajadores en el lugar", explica el informe. Es por la
captación en el lugar de origen, el engaño en la contratación, el traslado y
explotación posterior que la Oficina de Rescate considera probado el delito de
trata de personas.
En este punto nos vemos
obligados de señalar que la existencia de numerosos casos y formas de trabajo
esclavo tiene como garantía el debilitamiento permanente de los organismos de
control estatales, ya sean nacionales como provinciales, y en particular el
Ministerio de Trabajo de la Nación.
Llama poderosamente la
atención la dificultad de los trabajadores de lograr una verdadera y
transparente representación gremial en este tipo de situaciones. Los sectores
empresarios saben bien cuánto vale impedir la organización sindical en los
lugares de trabajo, así como "negociar" y comprar el silencio de los principales
sindicatos. La historia ha demostrado el valor histórico para el movimiento
sindical de las comisiones internas y de los cuerpos de delegados, así como de
los dirigentes que hacen verdadero honor a la representación que les es
legítimamente conferida, y eso es algo que debemos recordar
permanentemente.
Esta Honorable Cámara no
puede mirar para otro lado cuando se atacan los Derechos Humanos
fundamentales, y es por ello que debemos repudiar con vehemencia y sin
eufemismos la explotación de personas de cualquier tipo. Nuestro país ha
asumido obligaciones activas en derechos humanos al suscribir Pactos y
Convenciones que incorporó además a la propia Constitución Nacional. No sólo
tiene la obligación como Estado de evitar la violación de los mismos, sino que
asume la obligación de ser un activo promotor de derechos para todos los
habitantes de nuestro país, sin discriminación alguna. Estas no son meras
declaraciones para mañana, sino compromisos para hoy, que no pueden
esperar más que su inmediato cumplimiento. Por ello decimos: nuestro país no
puede tolerar la existencia de trabajo esclavo y debe actuar decididamente para
erradicarlo, asistir a las víctimas y sancionar a los responsables.
Por todo lo expuesto
anteriormente, invito a los Sres. Diputados y Sras. Diputadas de la Nación
acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO VIALE (A SUS ANTECEDENTES) |