Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8441-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DE LA "AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION - AFSCA -".
Fecha: 05/12/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
Solicitar al PODER EJECUTIVO
NACIONAL para que a través de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN brinde respuestas al siguiente pedido de informes:
Cuáles han sido los motivos en el
retardo en la protocolización de la Reunión de Directorio celebrada el día 22 de
noviembre del 2012 y que figurase como registrada el día 29 de noviembre del
2012, de conformidad al detalle que surge en la página oficial
www.afsca.gov.ar;
Cuáles son los motivos en el retardo
en la publicación de las resoluciones en el Boletín Oficial de los Expedientes Nros.
1952-Afsca/12 y 1953-Afsca/12, que fueran protocolizadas su aprobación por
unanimidad - sin la integración del Director de la Segunda Minoría Parlamentaria y
del representante del Consejo Federal Gobernador Jorge Milton Capitanich - bajo
Resoluciones Nros. 2205 y 2206-AFSCA/12;
Cuáles han sido los motivos de la no
publicación de la Resolución en el Expediente 1919-AFSCA/12, a la fecha, y en tal
caso si fue aceptado ello a cambio de la adecuación del proceso de desinversión
del Grupo Ick, y en particular sobre la base de lo normado en la Disposición III del
Decreto Nro. 1225/10;
Cuál ha sido la actitud asumida por el
Señor Presidente del AFSCA sobre la Dra. Cecilia Nelida Bermudez, a cargo de la
Dirección de Despacho y Mesa de Entradas en cuanto al retardo en la
protocolización de las reuniones de Directorio en especial en el caso de la
registrada con fecha 22 de noviembre y protocolizada el día 29 de noviembre de
2012;
Cuál es la responsabilidad entendida
por el Señor Presidente del AFSCA, le corresponde a la Dirección de Asuntos
Jurídicos, del organismo a su cargo, con relación a los vicios en cuanto al retardo
de la protocolización;
Remita copia certificada de las
notificaciones fehacientes que se realizaron a los Directores del AFSCA, para la
reunión de Directorio que fue celebrada el día 22 de noviembre de 2012 y
protocolizada el 29 de noviembre del mismo año, cuyas resoluciones fueron
publicadas en el Boletín Oficial el día 4 de diciembre 2012 bajo Resoluciones Nros.
2205/2206-AFSCA/12;
Cuáles han sido los dictámenes
jurídicos previos a dichas Resoluciones mencionadas en los puntos anteriores,
respecto de las cuales se habría aconsejado su dictamen y la modificación de las
reglas del organismo encontrándose en marcha los procedimientos establecidos
con anticipación por el mismo organismo;
Qué valoración se ha hecho respecto
de las condiciones modificadas y los derechos de particulares que pudieren ser
afectados con las nuevas normas, y si ello no importa para el organismo riesgo
respecto de su cuestionamiento en el ámbito judicial.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hemos podido constatar de la página
oficial del AFSCA del dominio www.afsca.gob.ar, que, a dos días del vencimiento
del plazo de la vigencia de los reglamentos de alcance general que implementan la
puesta en marcha de los procedimientos y trámites correspondientes al
cumplimiento del artículo 161 de la Ley Nro. 26.522, y en cuanto a su
reglamentación que regulaban las Resoluciones Nros. 297-AFSCA/10 y 901-
AFSCA/12, se han producido modificaciones estructurales respecto de la normativa
para que los particulares adecuen sus licencias a las limitaciones y condiciones de
la mencionada ley vigente.
El cambio de reglas preestablecidas
podría importar la violación de derechos individuales, y por lo menos deja expuesta
la vulnerabilidad institucional y la falta de previsibilidad que debe ser la garantía
ofrecida por el Estado, sus organismos y funcionarios.
Entendemos además que la forma y
el tiempo en que la nueva conducción de la autoridad de aplicación, evidencia
indicios graves de una modificación a través de actos que podrían quedar incursos
en la comisión de delitos de acción pública, especialmente por la falta de
transparencia respecto de los tiempos, formas y protagonistas que han llevado a
cabo estas reformas y su falta de publicidad oportuna y en forma.
Este Congreso, a quien la propia ley
le ha fijado un rol activo en supervisión de la aplicación de la Ley y el cumplimiento
de los roles de sus funcionarios, no puede permanecer ausente frente a la
flagrancia. Y los fines de poder evaluar la actitud a seguir con relación con dichos
hechos por los miembros del Directorio y de los funcionarios cuyas misiones y
funciones son de su competencia sobre la presunta comisión de conductas
antijurídicas, es que se requiere el presente la aprobación y envío del presente
pedido de informes para contar con los necesarios elementos de análisis.
Por otra parte, las dificultades y
mecanismos de obstrucción que como Tercera Minoría Parlamentaria hemos
encontrado para la designación y asunción del Director que por ley nos
corresponde y nos debería representar en el AFSCA, y que fuera ilegítimamente
impugnado, nos obliga a tomar el camino del presente pedido, al que solicitamos
se otorgue el curso correspondiente desde esta H.Cámara.
Firmante | Distrito | Bloque |
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STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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