Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8417-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA MODIFICAR Y/O REEMPLAZAR LOS CARTELES CORRESPONDIENTES AL PLAN NACIONAL DE OBRAS PUBLICAS QUE VIOLAN EL ARTICULO 42 DE LA LEY 25188 DE ETICA EN EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA.
Fecha: 26/11/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
Instar al Poder Ejecutivo Nacional para
que, por medio de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios, modifique y/o reemplace los carteles
correspondientes al Plan Nacional de Obras Públicas en los que se incluyó la imagen
del rostro y/o el nombre completo de la Señora Presidenta de la Nación, en clara
violación del Art. 42 de la Ley 25.188 (Ley de Ética en el Ejercicio de la Función
Pública), que prohíbe específicamente que en la publicidad de los actos, programas,
obras, servicios y campañas de los órganos públicos se incluyan "nombres, símbolos o
imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios
públicos".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 29 de septiembre de 1999 fue
sancionada la Ley 25.188, conocida como Ley de ética en el ejercicio de la función
pública; que fue promulgada el día 26 de octubre del mismo año.
Tal como lo determina el Art. 1, esta ley
"establece un conjunto de deberes, prohibiciones e incompatibilidades aplicables, sin
excepción, a todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos
sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular,
designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose su
aplicación a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Estado".
El Capítulo X establece pautas en lo que
refiere a la "Publicidad y divulgación". En particular, el Artículo 42, además de
determinar que la publicidad de todo accionar de cualquier órgano público (actos,
programas, obras, servicios y campañas) deberá tener carácter educativo, informativo
o de orientación social; estipula claramente que esa información que está siendo
expuesta, no puede tener nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción
personal de las autoridades o funcionarios públicos que ocupan los cargos desde los
que se promulgan dichas acciones.
Es decir que está prohibido por ley que la
promoción de cualquier obra pública, a cualquier nivel jurisdiccional y desde cualquier
organismo estatal, incluya imágenes de rostros de funcionarios públicos.
En línea con este Artículo y con el espíritu
de la Ley en general, el Manual de aplicación para el diseño de los carteles de
publicidad de las obras públicas (remitirse al Anexo), elaborado por la Secretaría de
Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de
la Nación, establece los parámetros en cuanto al esquema técnico que debe utilizarse
para el armado de la estructura de los carteles; las dimensiones de los mismos, la
tipografía y los colores a utilizar y la grilla constructiva.
Sin embargo, por incoherente que parezca,
a lo largo y a lo ancho de todo el país, desde hace algunos meses, pueden verse
carteles en los que se promociona el Plan Nacional de Obras Públicas del ejercicio
2010, en los que encontramos una especie de sello con el rostro y el nombre completo
de la Sra. Presidenta de la Nación, que no solo exceden las especificaciones del
manual de aplicación aprobado por el propio Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública y Servicios de la Nación, sino que también violan la Ley 25.188.
A esta clara infracción a la legislación
vigente, debe sumarse como factor agravante que nos encontramos cerca del
comienzo de las campañas electorales, que definirán en el año venidero las
autoridades nacionales.
Si bien es cierto que el Art. 64 quater del
Código Nacional Electoral, determina que la prohibición en lo que refiere a la
"realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de
planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de
todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio" debe aplicarse
dentro los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las
primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general; también es cierto
que la génesis de los procesos electorales, en lo que a los posicionamientos
mediáticos se refiere, es anterior.
Cualquier consideración extra parece
innecesaria, dada la evidente violación de la ley; no se pueden concebir argumentos
que justifiquen las acciones a cuyo cese inmediato instamos al Poder Ejecutivo
mediante esta iniciativa. Entendemos que en la convivencia democrática el respeto por
la ley y la vigencia de las disposiciones institucionales que tienen por objetivo velar por
la calidad de nuestra vida republicana, son valores que merecen ser defendidos y
protegidos por los poderes del Estado.
En ese sentido, el problema que motiva
esta iniciativa no es una cuestión "menor" o "formal", como a veces se pretende
minimizar desde ciertos voceros del oficialismo. Por el contrario, creemos que al
mismo se le debe añadir la enorme responsabilidad que le cabe a la Presidencia de la
Nación en los ejemplos públicos, no sólo respecto de los estilos austeros, una cuestión
que puede ser legítima pero opinable, sino en cuanto a la sujeción estricta a la ley, que
no es opinable ni opcional, sino exigible de manera férrea e inexcusable, dado que en
democracia, como no nos cansamos de reiterar, "las formas son el fondo".
¿Qué autoridad moral puede tener luego el
Poder Ejecutivo Nacional, si incumple de manera ostensible y evidente, la legislación
que obliga a todos por igual, pero que indudablemente carga de mayor obligación a
quién más responsabilidades tiene a su cuidado y a quien reviste la mayor jerarquía
institucional de una democracia?
Por todo lo expuesto anteriormente, es que
solicito a las Diputadas y Diputados que me acompañen en la aprobación del presente
Proyecto.-
ANEXO
ANEXOFirmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
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