Diputados
Foto Diputado de la Nación Gerardo Milman

Gerardo Milman

Diputado de la Nación

PRO

Período: 10/12/2021 - 09/12/2025

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6853-D-2010

Sumario: OBLIGACION DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS DE INSTALAR CIRCUITO CERRADO DE TELEVISION DIGITAL DE SEGURIDAD MONITOREADO.

Fecha: 17/09/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136

Proyecto
Artículo 1º - Las entidades financieras enumeradas en los artículos 1°, 2° y 3° de la ley 21.526, modificatorias y complementarias deberán preveer, entre las medidas mínimas de seguridad de carácter obligatorio, la instalación de circuito cerrado de televisión digital de seguridad monitoreado por personal calificado en tiempo real.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Durante el último bimestre las cuestiones referidas a la seguridad ciudadana han sido saludablemente retomadas por el Congreso de la Nación.
Así fue como a expensas de la labor de diputados y senadores pertenecientes a distintos bloques políticos se presentaron, trataron y aprobaron diversos proyectos destinados a mejorar las condiciones de seguridad que las entidades bancarias brindan a sus usuarios y clientes. Estos proyectos estuvieron centralmente enfocados en tratar de disminuir el delito denominado "salidera" cuyos niveles de incremento y brutalidad se habían acentuado de manera demencial.
A las "medidas mínimas de seguridad bancaria" dispuestas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mayormente destinadas a asegurar el tesoro y el numerario de los bancos, se fueron agregado otras orientadas a proteger tanto la vida como la propiedad de los usuarios y clientes.
Medidas elementales como la instalación de barreras visuales que impidan que terceros tomen conocimiento de la relación entablada entre el cajero y el primer cliente de la fila; o la inhibición de la señal de los celulares al interior de las sucursales, deben agregarse otras para extremar al máximo las condiciones de seguridad y coadyuvar de manera activa a prevenir delitos.
En la sesión de la Honorable Cámara de Diputados del miércoles 8 de septiembre al hacer uso de la palabra manifesté que en criminología existe la teoría situacional del delito, que consiste en comprender que concurren tres situaciones para prevenir un delito focalizado: primero, que exista una víctima u objetivo preciso; segundo, que haya un delincuente motivado para cometer el delito; y tercero, que haya un espacio físico donde comenzar a urdir el hecho para luego cometerlo.
Los delitos que se originan en los bancos cumplen con estos tres requisitos y es por ello que resulta inexcusable no poder disminuirlos ya que los mismos se encuentran focalizados.
Este proyecto pretende, entonces, contribuir a desarticular este tipo de delitos focalizados mediante la aplicación de una nueva medida mínima de seguridad, en la búsqueda del agiornamiento a los nuevos tipos delictivos de una legislación que los bancos vienen aplicando de manera obsoleta e inadecuada en el interior de algunas de sus sucursales.
En efecto: gran cantidad de entidades financieras poseen cámaras analógicas que registran y graban imágenes de manera constante; pero estas grabaciones sólo son utilizadas por requerimiento judicial a posteriori de consumado un delito. Se trata de verdaderas películas mudas que nos muestran lo que ocurrió cuando, en realidad, deberían ser útiles para evitar los hechos delictivos que, cotidianamente, cobran víctimas potenciando la sensación de inseguridad.
En mi concepto, la denominada "videovigilancia" debe ser de naturaleza activa, dinámica y preventiva.
Los anticuados sistemas analógicos de registro de imágenes deben ser rápidamente reemplazados por tecnologías más modernas, por cámaras IP o digitales que funcionen en red sujeta a un centro de mando. Allí, expertos en seguridad bancaria deberían controlar las imágenes en tiempo real para detectar actitudes sospechosas y desbaratar todo conato delictivo.
El sistema que aquí proponemos es implementado por la mayoría de los casinos del país para evitar estafas por parte de los jugadores así que es dable pensar que los bancos puedan implementarlos, máxime cuando lo que está en juego ya no es su propio dinero sino la seguridad de sus usuarios y clientes que -por otra parte- debe ser garantizada tal como lo establece el artículo 42 de la Constitución Nacional.
En un clima de inseguridad bancaria como el que lamentablemente nos toca vivir, toda mejora tiene que redundar en directo beneficio no sólo para los usuarios y clientes sino también para los mismos bancos.
Y esto es así porque no hay mejor campaña de imagen para una entidad financiera que la que se construya alrededor del concepto de confianza y seguridad como prerrequisito de cualquier acción o producto que se ofrezca.
Quede en claro que la medida que aquí se propone implementar por ley es necesaria pero no suficiente para terminar con la inseguridad bancaria y contribuir, así, a un aspecto de la seguridad ciudadana. Pero se trata de un aporte que no debe demorar más ya que la tecnología lo ofrece al costo infinitamente más accesible que el de arriesgar vidas cotidianamente.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares su voto afirmativo para la aprobación de esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0599-D-12