Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6196-D-2009
Sumario: INTERPELACION AL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS, LICENCIADO AMADO BOUDOU, CONFORME ARTICULO 71 DE LA CONSTITUCION NACIONAL SOBRE LA CREACION Y ARTICULACION DEL "FONDO DEL BICENTENARIO PARA EL DESENDEUDAMIENTO Y LA ESTABILIDAD".
Fecha: 04/02/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 180
Convocar al Señor Ministro de
Economía y Finanzas Públicas, Licenciado Amado Boudou, a efectos de que,
conforme lo dispone el artículo 71 de la Constitución Nacional, concurra al pleno
de esta Cámara con el fin de informar sobre los aspectos de la creación y
articulación del Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad,
y las cuestiones relacionadas al mismo:
a) El contexto que motivo la decisión
de adoptar tal medida y recurriendo, además, a un decreto de necesidad y
urgencia. Efectos positivos y negativos de la decisión adoptada y de la repercusión
posterior (a nivel nacional e internacional).
b) Política de renegociación de Activos
y Pasivos del Sector Público Nacional. Estimaciones sobre el cumplimiento en el
calendario de pagos de la deuda y posibles canjes de deuda. Las condiciones en
las cuales se encuentra nuestro país frente a los distintos tenedores de deuda
pública (organismos internacionales y tenedores privados).
c) Presupuesto Nacional: diferencias
de estimaciones, nivel de recaudación, financiamiento del endeudamiento y
ejecución del gasto, vinculado al punto a)
d) Políticas para reducir la inflación.
Sistema Estadístico Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Argentina ha tenido en los últimos
dos años un decrecimiento de su producto nacional en parte: por la crisis
financiera internacional; por las políticas implementadas por el gobierno nacional
(en materia de política económica, en materia de mantenimiento de reglas de
juego y del respeto al sistema institucional); por carecer de información fidedigna y
confiable que permita trazar las metas básicas de la política económica y por
ende, la política presupuestaria.
El actual Ministro de Economía y
Finanzas Públicas de la Nacion, Lic. Amado Boudou, asumió la cartera económica
estableciendo las prioridades de: recuperación de la confianza interna de los
mercados y la recuperación del crédito internacional, como un elemento de
disminución de una de las herramientas centrales de cualquier sistema de créditos
para el crecimiento económico, la tasa de interés. Esta última, tiene un fuerte
componente vinculado al riesgo país, el cual dada nuestra situación internacional,
se ha agravado en los últimos meses.
Sobre ambos puntos, el plano interno y
externo, creemos imprescindible la presencia del ministro en el recinto del
parlamento nacional, ya que existen fuertes evidencias que en ambos casos, se
cometieron graves errores, no se han avanzado en corregirlos y mucho peor, se
utilizan los instrumentos procedimentales equivocados para intentar llevar
adelante un uso de recursos, los cuales, necesitan un fuerte consenso con todas
las fuerzas democrática para su utilización.
En el plano externo, nuestros
principales interrogantes están vinculados a la violación de mecanismos
constitucionales para respaldar el uso de reservas del Banco Central de la
República Argentina (BCRA), la violación de la Carta Orgánica del BCRA y
especialmente la carencia de necesidad y urgencia, motivos esenciales de los
instrumentos utilizados
El 15 de diciembre se publica en el
boletín oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 2010/09, con el cual
se crea el Fondo del Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad.
Observando los
considerandos del DNU, podemos indicar que se hace mención al proceso de
desendeudamiento iniciado en 2003 y, a la vez, la obligación de diseñar políticas
de estado "necesarias" y de "previsión de pronta concreción". Ambos conceptos se
argumentan como puntos coincidentes para dictar un DNU, pero en franca
contradicción en sus fundamentos. Además, destacan que ello permite un mayor y
mejor acceso al financiamiento tanto para el sector público, como para el sector
privado.
En su oportunidad se aprobó el
presupuesto 2010, en el cual se indica el nivel de deuda para tal año (analizado
previamente por el Poder Ejecutivo), pero es el propio DNU el que nos revela que
tal nivel no sería cierto o suficiente.
Ahora bien, el DNU, en
su parte pertinente indica que para el desendeudamiento la utilización de los
recursos necesarios, "tienen que surgir de un uso más eficiente de las reservas del
Banco Central de la República Argentina, buscando obtener de ellas no sólo el
respaldo a la moneda, sino también la obtención de un mayor provecho para que
coadyuven al mayor desarrollo económico interno."
Precisamente, el párrafo citado
precedentemente, nos pone en una seria contradicción con la Carta Orgánica del
BCRA, independientemente de nuestra posición del rol del BCRA en la Política
Económica y su misión dentro de un Estado Nacional, ya que cabe preguntarse:
¿En que parte de la Carta Orgánica se indica que las reservas deben tener tal
utilización? ¿Dónde se establece que el PEN puede disponer libremente de esas
reservas? ¿Y cuál es el uso más eficiente y por qué?
Recordemos qué dice la Carta
Orgánica de nuestro Banco Central:
- Que es una entidad autárquica del
Estado nacional.
- Que es misión primaria y fundamental
preservar el valor de la moneda. Las atribuciones del Banco para estos efectos,
serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el
dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la
legislación vigente.
- Que deberá dar a publicidad, antes
del inicio de cada ejercicio anual, su programa monetario para el ejercicio
siguiente, informando sobre la meta de inflación y la variación total de dinero
proyectadas.
- Que en la formulación y ejecución de
la política monetaria y financiera el Banco no estará sujeto a órdenes, indicaciones
o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional.
- Que el Banco no podrá asumir
obligaciones de cualquier naturaleza que impliquen condicionar, restringir o
delegar sin autorización expresa del Honorable Congreso de la Nación, el ejercicio
de sus facultades legales.
- Que el Banco debe vigilar el buen
funcionamiento del mercado financiero.
- Concentrar y administrar, sus
reservas de oro, divisas y otros activos externos.
Por lo que, entre el DNU y la Carta
Orgánica del BCRA encontramos una cantidad de contradicciones que
necesariamente el Ministro de Economía debe explicar.
Pero además, debe explayarse sobre
las siguientes situaciones:
1. De la lectura y
análisis de los considerandos del DNU; el Presupuesto Nacional para el año 2010
y la Carta Orgánica, se desprenden interrogantes, fundamentalmente cuando se
expresa que la Argentina estaría sacrificando crecimiento al mantener esos activos
en el exterior con mínimo rédito, sin aprovechamiento alguno en el ámbito interno.
Pero a la vez se indica: "Que, en suma, la estrategia precautoria -el seguro para
reducir la posibilidad de incurrir en una crisis financiera- se estableció en los
lineamientos de incrementar, tanto como se pudiese, la liquidez a través de la
acumulación de reservas internacionales." O sea la acumulación de reservas
evitaría incurrir en una crisis financiera, pero -a la vez- se considera necesario
darle un verdadero aprovechamiento interno (a la vez recordemos la función
"respaldo" de la reservas frente a la base monetaria y otros pasivos de la
Institución). Nos preguntamos, ¿no es el Congreso Nacional el ámbito para
consensuar cual es el límite de reservas necesaria para respaldar la base
monetaria y generar confianza y previsibilidad en los mercados, y garantizar un
permanente resguardo de las reservas de todos los argentinos?
2. "Aportes de
Otras Fuentes": Para el Poder Ejecutivo Nacional, es muy claro (según lo escrito
en el DNU) "que para apuntalar la política de desendeudamiento, además de los
esfuerzos domésticos para generar superávit primarios persistentes, son
necesarios aportes sustantivos de otras fuentes, como el exceso de reservas
internacionales, para procurar reducir el stock de deuda, mejorar el perfil de
vencimientos, y abaratar el costo financiero cuando corresponda."En otro párrafo
se vuelve hacer mención a ello cuando se dice: "Que si bien la acumulación de
reservas internacionales contribuye al crecimiento a través de la estabilidad
financiera, es decir, reduciendo la incidencia del ciclo ataques especulativos-crisis
financieras, tal acumulación puede resultar demasiado onerosa si se lleva
adelante muy por encima de niveles óptimos, al -como se dijo- sub utilizar
recursos." Estos párrafos creemos son un grueso error para generar confianza, ya
que los decisores de inversiones, ante la expresión "aportes de otras fuentes", y
con la historia de este gobierno, tiende a hacer analogías, entendiéndose como
utilizar recursos de distintas cajas (letras entre organismos públicos como AFIP,
PAMI, Banco Nación, etc. y el nuevo sistema provisional). Mañana a que se hará
alusión cuando se hable de "son necesarios aportes sustantivos de otras fuentes".
Esta es una fuerte señal negativa para la confianza que necesita recobrar la
Argentina, y especialmente el sostenimiento de reglas claras de funcionamiento
institucional.
Es cierto, lo que expresa
los fundamentos del DNU cuando indica que: "Que las reservas internacionales se
quintuplicaron entre comienzos de 2003 y diciembre de 2009, pasando de US$
8.245 millones a US$ 47.539 millones; aun a pesar de haber pagado con ellas
US$ 9.530 millones al Fondo Monetario Internacional a principios de 2006. Como
porcentaje del producto bruto interno, las reservas pasaron de 9.5% a alrededor
de 16.4% en el mismo período." Este argumento, tampoco puede soslayar un
debate parlamentario sobre que % del producto bruto interno es aceptable como
cantidad de reservas, generando un consenso sobre la misma e impedir que
arbitrariamente cada ministro, cada gobierno se crea en condiciones para cambiar,
alternar o interpretar los niveles de reservas/PBI que le parezca mas conveniente
para la coyuntura y nada mas.
Creemos Sr. Presidente
que la confianza se genera cuando se establecen consensos transparentes e
institucionales en el corto, mediano y largo plazo y no justamente, "tomando" un
supuesto excedente para resolver problemas financiero del año corriente que se
actúa.
Finalmente, no sólo
resulta complejo comprender los fundamentos del DNU, sino que algunas
expresiones indicarían que no se trata de una medida positiva. Como ejemplo se
puede transcribir lo siguiente: "Que en las condiciones actuales el uso acotado de
reservas no tendrá mayor impacto sobre la política monetaria...", esta afirmación
es cierta solamente en el caso en que se cancele a tenedores no residentes. Otro
ejemplo sería: "Que si estas acciones no se llevaran a cabo se podrían constituir
en un factor crucial que dificultaría el crecimiento de importantes sectores
económicos en el mediano y largo plazo."
Recordemos que el
primer párrafo recuerda las luchas de independencia, y lo curioso es el nombre
real de este fondo "FONDO DEL BICENTENARIO PARA EL
DESENDEUDAMIENTO Y LA ESTABILIDAD", teniendo como objetivo llevar
adelante los pagos de la deuda pública del Tesoro Nacional con vencimiento en el
año 2010. Poco o nada tiene que ver aludir a las históricas luchas por la
independencia de nuestro País, cuando por imposición del Ejecutivo (y para
algunos especialistas en clara contradicción al marco legal) se obliga a un
"organismo autárquico" hacer algo no permitido y poner en pie de igualdad la
independencia de un País - la deuda pública - la estabilidad - la imposición sin
fundamento real.
El Poder Legislativo, debe estar
claramente informado sobre el contexto y desarrollo de tal medida. Medida que
numerosos legisladores entendemos que se debía articular a través de un
Proyecto de ley (o incluir en el Proyecto de Presupuesto Nacional).
Recordemos que nuestra Constitución
Nacional indica en su artículo 75 que corresponde al Congreso:
- Contraer empréstitos sobre el crédito
de la Nación.
- Arreglar el pago de la deuda interior y
exterior de la Nación.
- Fijar anualmente, el presupuesto
general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al
programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas.
En estas semanas, distintos
funcionarios públicos y especialistas realizaron diversas expresiones o
argumentaciones frente a importantes interrogantes que la medida produjo.
Interpretaciones que, lejos de aclarar, generaron mayor incertidumbre.
Algunas incertidumbres surgen en
consideración a la vía optada por el Poder Ejecutivo para la creación y articulación
del Fondo. Otras si lo decretado no contradice el artículo 19 de la Carta Orgánica
del Banco Central. Ello por encontrarse prohibido:
- conceder préstamos al gobierno
nacional, a los bancos, provincias y municipalidades (con la excepción del artículo
20);
- colocar sus disponibilidades en
moneda nacional o extranjera en instrumentos que no gocen sustancialmente de
inmediata liquidez;
Debemos indicar que la excepción del
art. 20, se refiere a que el Banco podrá hacer adelantos transitorios al Gobierno
Nacional hasta una cantidad equivalente al 12% de la base monetaria.
Claramente, se puede interpretar que
en el marco normativo actual, se determina un camino por el cual se puede dar
uso a una cierta parte de las reservas, para su utilización responsable.
Asimismo, el Poder Ejecutivo tiene la
posibilidad de remitir al Poder Legislativo un proyecto de ley a través del cual se
disponga la creación de un fondo o la utilización de cierto porcentaje de las
reservas con fundamentos técnico-políticos razonables.
Señor Presidente, el Presupuesto
Nacional, vuelve a entrar en una discusión sobre su fuentes de financiamiento,
para los gastos estimados, pero esencialmente para el apartado respecto del nivel
de deuda del mismo, y nada indica que la estimación de la recaudación optimista
del gobierno, se pueda concretar y por tanto, cabe reflexionar si toda esta
situación generada por el uso de las reservas, no está vinculada a garantizar las
fuentes de financiamiento para hacer mínimamente consistente el programa
financiero y el programa de gastos del Estado Nacional. Pero, también, es de
público conocimiento en versiones periodísticas que existe la intención de
redireccionar el uso de las reservas hacia las provincias y los municipios, con el
objetivo de lograr la aprobación del DNU en cuestión. Somos concientes de la
crisis financieras de la mayoría de las provincias argentinas, del nivel de
estrangulamiento que desde el Estado Nacional se las somete, ya que la mayoría
de los recursos que incrementaron su recaudación son escasamente
coparticipables o no coparticipables. Por lo que, el Ministro de Economía, debe
explicar a los legisladores realmente como se prevé garantizar el sistema federal,
desde el punto de vista financiero y esencialmente como ese presupuesto, que
creemos inconsistentes por los elementos planteados, puede hacer frente a la
pobreza y la desocupación en todo el territorio nacional.
Por último, Sr. Presidente, decíamos
al inicio de los fundamentos que la confianza, es el eje central de las políticas que
quiere recrear el Gobierno Nacional, a través, del Ministerio de Economía, y es de
público conocimiento que el actual ministro se puso al frente de revertir la pésima
imagen del INDEC, esencialmente para recuperar el sistemas de medición y
estadística nacional, entre otras cosas, porque arroja un dato sumamente
relevante para la planeación de la política económica: la tasa de inflación. Pero
también, revela los niveles de pobreza, desocupación, ocupación informal y otros
que afectan seriamente a las decisiones de política económica, y tiene
consecuencias muy severas en las políticas presupuestarias.
Por estas razones, es
que solicitamos se ponga en funcionamiento el mecanismo previsto en la
Constitución nacional que, en su artículo 71, establece que "cada una de las
cámaras puede hacer venir a su sala a los ministros del Poder Ejecutivo para
recibir las explicaciones e informes que estime convenientes." En este marco, es
que decidimos convocar a esta Cámara al Señor Ministro Boudou para que brinde
las explicaciones que corresponden a la medida adoptada de clara consonancia
para la economía y finanzas de nuestro país.
Por los motivos expuestos solicitamos
a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ALONSO, GUMERSINDO FEDERICO | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
FINANZAS |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |