Gerardo Milman
Diputado de la Nación
PRO
Período: 10/12/2021 - 09/12/2025
PROYECTO DE LEY
Expediente: 5216-D-2012
Sumario: PRINCIPIO ACTIVO ENDOSULFAN Y PRODUCTOS QUE LO CONTENGAN; PROHIBICION DE LA IMPORTACION, ELABORACION, FORMULACION, COMERCIALIZACION, USO Y APLICACION.
Fecha: 03/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 95
ARTICULO 1.- Prohíbese la
importación, elaboración, formulación, comercialización, uso y aplicación del
principio activo Endosulfán y los productos que lo contengan.
ARTICULO 2.- Las personas
físicas o jurídicas que al momento de entrada en vigencia de la presente ley
tengan existencias remanentes, tanto del Principio Activo Endosulfán como de
sus productos formulados, deberán informarlo al Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agroalimentaria, la que autorizará su exportación o
destrucción.
ARTICULO 3.- Las sanciones al
incumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley y de las reglamentaciones
que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las demás responsabilidades
que pudieran corresponder, serán las siguientes:
a. Apercibimiento.
b. Multa entre TRESCIENTOS
(300) y DIEZ MIL (10.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la
administración pública nacional.
c. Inhabilitación o clausura
d. Suspensión o revocación de
las autorizaciones.
e. Cese definitivo de la actividad.
ARTICULO 4. - Derogase la
resolución 511/2011.
ARTICULO 5.- Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Endosulfán y sus productos
formulados, constituyen una de las familias de insecticidas más peligrosos para
la sanidad del ambiente y de las personas.
El SENASA, producto de un largo
camino de luchas y reclamos de organizaciones sociales y campesinas,
científicos, entidades intermedias y redes de ONGs, nacionales e
internacionales, por Resolución 511/11, estableció un sistema de restricciones
a su importación, elaboración y uso que injustificadamente se extiende hasta
el mes de Julio del año 2013.
Tal como se expresa en los
considerandos de dicha resolución, el Comité de Examen de Contaminantes
Orgánicos Persistentes del Convenio de Estocolmo en su Sexta Reunión
(Ginebra, octubre de 2010), recomendó a la Conferencia de las Partes para su
consideración, la inclusión del Endosulfán en el Anexo A de dicho Convenio,
con exenciones específicas (Decisión POPRC-6/8), dada su peligrosidad.
Así también, por Decreto Nº 21
del 16 de enero de 2009 fue creada la Comisión Nacional de Investigación,
Prevención, Asistencia y Tratamiento en casos de intoxicación o que afecten,
de algún modo, la salud de la población y el ambiente, con productos
agroquímicos en todo el Territorio Nacional, la que recomendó suprimir el uso
del Principio Activo Endosulfán y sus productos formulados.
Dada las circunstancias y el
consenso sobre la nocividad y peligrosidad de dicha sustancia no vemos la
razonabilidad de extender el permiso de uso hasta julio de 2.013 por lo que
proponemos derogar dicha resolución y prohibirlo de manera inmediata.
Ese principio activo ha sido
incluido por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) en
el grupo "1b" (sustancias altamente peligrosas).
El endosulfán afecta al sistema
nervioso central. En adultos expuestos a altos niveles se han observado
hiperactividad, náusea, mareo, dolor de cabeza o convulsiones. La intoxicación
seria puede causar la muerte. Es fácilmente absorbido por el sistema
digestivo, pulmones y piel. La exposición crónica a bajas dosis se relacionó en
animales de laboratorio con daños renales y hepáticos, y en el desarrollo del
feto. También disminuye las defensas ante infecciones.
El uso de este pesticida está
prohibido en la Comunidad Europea, Colombia, Belice, Singapur, y tiene uso
restringido en muchos otros.
Y justamente estamos
planteando esto cuando en Argentina está teniendo lugar el primer juicio por
fumigaciones con pesticidas de la historia (triste) de nuestro país. El proceso
judicial que se inició el 11 de junio pasado es el resultado de un camino de
más de 10 años de reclamos y luchas de las madres y vecinos del Barrio
Ituzaingó, al sureste de la Ciudad de Córdoba, después de haberse producido
la muerte de más de 100 personas.
A fines del año 2001, un grupo
de madres comienzan a preocuparse por la salud del barrio al advertir la
frecuencia inusual de mujeres con pañuelos en la cabeza y niños con barbijo.
Se generaron reclamos a las autoridades solicitando el análisis de las posibles
causas de tantas patologías hasta que se estableció claramente la razón de las
mismas: las fumigaciones agrícolas que tenían lugar alrededor del barrio. En
los campos circundantes, en los tanques de agua, se encontraron restos de
pesticidas como glifosato y endosulfán.
Los efectos de la contaminación
producida por el agronegocio quedaron en evidencia cuando se observó la
distribución de las enfermedades en el plano del barrio, con una altísima
densidad de enfermos de cáncer, trastornos endocrinos, hematológicos y otros
cuanto más cerca se encontraban del límite del barrio donde se siembra y
fumigan las parcelas de soja. Más de 100 vecinos del Barrio Ituzaingó
murieron por cáncer (tasa de muerte por cáncer, 33%; en Argentina, 18%) y
el el 80 % de los niños tienen agrotóxicos en la sangre.
En todo el país, en materia de
fumigaciones se estima que son 12 millones de personas las que se
encuentran expuestas de modo directo, sistemático, repetitivo y generalizado
a los agrotóxicos, cuyas consecuencias en la salud y el ambiente se están
discutiendo por estos días en sede judicial en la ciudad de Córdoba, en el
marco de la denominada "Causa de barrio Ituzaingó Anexo".
En razón de lo expuesto
consideramos que es necesario, como un pequeño avance y parte de una
discusión más profunda que debemos darnos en relación al modelo agrícola,
prohibir la aplicación del pesticida endosulfan de manera inmediata con el fin
de proteger la salud de los argentinos y el ambiente. Por ello solicito a mis
pares apoyen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
PARADA, LILIANA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DUCLOS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CARDELLI (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA DONDA PEREZ (A SUS ANTECEDENTES) |